El jurista y el simulador del Derecho.
alexkndyflyTesis6 de Noviembre de 2013
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8 de agosto del 2010
Análisis y crítica de la obra:
El jurista y el simulador del Derecho
Sin lugar a dudas es deber de todo profesionista evidenciar a todo aquel que se
ostente, actúe y funja como tal y que esté muy distante de serlo; ya sea por su
comportamiento poco ético, o por su poca o nula preparación académica. El profesionista
que solape a un supuesto licenciado en el ejercicio de cualquier actividad profesional,
incurre en el detrimento de la actividad misma y obstaculiza, a su vez, el desarrollo del
conocimiento humano.
Ha sido precisamente ese deber ético del auténtico profesionista, que siente la
necesidad de salvaguardar su actividad profesional y con ello proteger el desarrollo del
conocimiento, el que llevó a Ignacio Burgoa Orihuela a publicar su obra El jurista y el
simulador del Derecho.
En dicha obra Burgoa Orihuela expone una serie de comportamientos propios del
simulador para su rápida identificación. Además, advierte los peligros que puede sufrir la
sociedad a casusa del simulador, y, los problemas de facto que ocasiona en el desarrollo de
la Ciencia del Derecho.
Siendo El jurista y el simulador del Derecho una obra que pretende proteger, de los
vicios del supuesto profesionista, la actividad del abogado y la correcta aplicación del
derecho, es de esperarse que Burgoa Orihuela presente en sus letras un bosquejo del ideal
del abogado. El verdadero abogado resulta ser un individuo libre, auténtico, veraz, con
valor civil, honesto, con un profundo sentido de justicia y conocedor del derecho.
La libertad en términos del ejercicio de la actividad jurídica del abogado, debe ser
entendida como la posibilidad de determinar a qué clientes representará ante los órganos de
justicia. El abogado que esté sujeto a un sector público o privado se verá obligado a
defender los intereses del sector con quien trabaje. En tal situación, el abogado deja de serlo
porque no tiene la libertad de elegir si patrocina o no al cliente. Se convierte entonces en un
asalariado que no tiene más remedio que manipular al propio derecho, deformando la
esencia misma de la ciencia, en beneficio de su patrón:
Para cumplir su insigne y excelso cometido social, el jurista,
principalmente como abogado, debe ser libre. La libertad en
este sentido significa que no debe estar vinculado
permanentemente a ningún sector público, privado o social, ni
patrocinar solamente los intereses que este sector represente.
Tal vinculación entraña la merma o el menoscabo de su
libertad para seleccionar los asuntos jurídicos que estime
justos, honrados, rectos y respaldados por el Derecho.1
El verdadero abogado es también un profesionista auténtico, es decir, fiel a sus
ideas. Nunca podrá llamarse abogado aquel que ejerza el derecho de manera contraria a lo
que piensa. Ser auténtico implica entonces que las acciones sean congruentes con los
pensamientos y, de ninguna manera, opuestos a los mismos. “Además de ser libre, el jurista
debe ser auténtico. La autenticidad se revela en un comportamiento acorde con lo que se
piensa y se siente.”2
La veracidad, otra de las características del abogado ideal propuesto por Burgoa
Orihuela, es consecuencia directa del ser auténtico. En otras palabras, el ser auténtico
implica la no realización de acciones contrarias al propio pensamiento, la veracidad en
cambio, es llevar a la realización del pensamiento que se tiene por correcto. El abogado que
cree firmemente en el pensamiento jurídico como una verdad de justicia, intenta darle vida
a ese pensamiento, por lo tanto, es digno portador de la virtud de la veracidad.
Otra característica del abogado autentico es el valor civil. Entiéndase por valor civil
la disposición constante de lucha contra la injusticia. El abogado real es, por consiguiente,
un individuo que lucha constante e incansablemente en contra de la injusticia. Si carece de
valor civil, por mucho conocimiento que tenga en la disciplina, no pasará de un cobarde
erudito; pero nunca por abogado:
[…] De nada serviría a la sociedad la sapiencia sin la
conciencia de seguridad y firmeza en lo que se cree y sin el
propósito de combatir por un ideal, que en el jurista está
encarnado en la justicia y en la observancia del derecho. […]
Quien sea apático e indiferente a lo injusto y a lo antijurídico es
en gran medida un cobarde aunque sea erudito.
Es evidente que la corrupción es uno de los vicios que le es propio al simulador y no
al abogado. La corrupción en el simulador es fuente que influye directamente sus actividades
cotidianas, en el abogado auténtico, la corrupción no tiene cabida. El abogado auténtico debe
poseer la virtud de la honestidad y ser ésta la que motive su accionar.
Como complementación de las virtudes propias del abogado, y no así del simulador,
se encuentra el profundo sentido de justicia. Quien ejerce el derecho consciente de la
responsabilidad que eso implica, debe verse a sí mismo no sólo como un sujeto que defiende
los intereses de un particular, sino como un individuo que contribuye al correcto dinamismo
de la sociedad. Por consiguiente, es muy pertinente la observación de Ignacio Burgoa
1
Ignacio Burgoa Orihuela, El jurista y el simulador del Derecho, Porrúa, México, 2002, p. 18.
2
Ignacio Burgoa Orihuela, op. cit., p. 20.
Orihuela al afirmar que, “El cultor del Derecho no sólo tiene que atender a la problemática
individual, sino abocarse a las cuestiones sociales, ya que es un servidor de la sociedad.”3
Quién podría negar que el individuo que no posee la libertad, la autenticidad, la
veracidad, el valor civil y la honestidad, no merece la distinción de abogado; sino más bien
la deshonra del calificativo de simulador. Sin embargo, existe una última característica y no
por ello menos importante; el conocimiento y constante estudio de la Ciencia del Derecho.
Quien no posee los conocimientos suficientes y pertinentes del Derecho no podrá ejercer, de
manera responsable y con un alto sentido ético, la profesión de abogado. Luego entonces,
resulta más que evidente que el simulado es un tipo inmerso en su ego y en su profunda
ignorancia, tanto del Derecho como de cualquier otra disciplina. El Licenciado en derecho
que desempeñe la profesión de abogado deberá tener por lo tanto la vocación para ello, que
es equivalente al atesoramiento de las virtudes de libertad, autenticidad, valor civil,
honestidad, veracidad, profundo sentido de justicia y la plena y absoluta disposición al
estudio del Derecho de manera permanente.
Cabe hacer mención que el Derecho puede ejercerse no sólo en la actividad del
abogado, sino también en la calidad de juez y docente. El poder ser juez o docente son dos
nichos profesionales que permite ejercer el Derecho. Sin embargo, no se ven inmunes a la
intervención de la virulenta peste del simulador. Es, en mi opinión, en estos nichos
profesionales donde el simulador es un peligro, puesto que impide el desarrollo epistémico
de la ciencia jurídica y daña gravemente la seguridad social que emana de la correcta y
pulcra aplicación del Derecho.
A menudo el simulador del Derecho en calidad de juez es un tipo con un ego
elevado. Se cree capaz de resolver las controversias de ante mano, es decir, no se toma la
molestia de leer con detenimiento las pretensiones, los fundamentos y mucho menos los
alegatos y conclusiones de los abogados; el simulador piensa que ya lo tiene todo resulto
desde el principio. Por su muy basta ignorancia jurídica, puesto que el estudio del Derecho
no es uno de sus logros o aspiraciones, el simulador en calidad de juez resulta ser un tipo
cobarde que no contradice al gobierno en ningún sentido; puesto que le otorga dádivas.
Además, constantemente recibe sobornos puesto que su verdadero interés no es el ideal de
justicia sino el enriquecimiento personal; por consiguiente:
Si permanece en el cargo que ocupa es por causa de
conveniencia económica en atención al
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