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El Jurista Y El Simulador Del Derecho


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2013  •  2.426 Palabras (10 Páginas)  •  237 Visitas

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EL JURISTA Y EL SIMULADOR DEL DERECHO

NECESIDAD DEL DERECHO COMO ORDEN NORMATIVO DE LA SOCIEDAD Y DEL ESTADO.

En este primer capítulo el autor habla sobre lo más básico del derecho y como es que una sociedad necesita ser regularizada por ciertas leyes para la mejor convivencia y supervivencia de dicha sociedad.

Nos habla de cómo es que la normatividad jurídica es para toda colectividad humana, y como es que sus elementos son imprescindibles para la vida.

“La trascendencia del derecho se corrobora si se toma en cuenta que de él surge el Estado como persona moral suprema y omnicomprensiva, y en la cual se estructura toda sociedad humana.”

SEMBLANZA DEL JURISTA

El libro se plantea la idea de que el jurista debe poseer diversas características para considerarse como tal.

El jurista se caracteriza por varias situaciones y entre ellas está que es un garante que debe procurar que en la sociedad dominen la justicia y la seguridad, nos menciona la noble misión que como jurista se tiene que es simultáneamente científica, artística, moral y cívica, atributos que dice el autor que concurre en la integración de la cultura jurídica como expresión separada.

Un punto importante que toca en este segundo capítulo es que el menciona que no puede haber Estado, sociedades, países, naciones, pueblos sin deberes ni obligaciones, sin derechos, claramente establecidos.

“Para cumplir su insigne y excelso cometido social, el jurista, principalmente como abogado, debe ser libre. La libertad en este sentido significa que no debe estar vinculado permanentemente a ningún sector público, privado o social, ni patrocinar solamente los intereses que este represente.”

Puesto que lo mencionado anteriormente entraña la merma o el menoscabo de la libertad del abogado para seleccionar los asuntos jurídicos que estime justos, honrados, rectos y respaldados por el Derecho.

Nos dice que además de ser libres nosotros como juristas debemos de ser auténticos, y que esto se revela en un comportamiento acorde con lo que se piensa y se siente. Sin la autenticidad no podría concebirse la idea ética del hombre de Derecho en ninguno de sus diversos tipos funcionales.

La veracidad es otro atributo que como abogados debemos de tener y no es que debamos poseer la verdad como valor absoluto sino que debemos tener rectitud de pensamiento, no certeza trascendente en lo que se piensa.

El valor civil a mi punto de vista el más importante, No es concebible un jurista apocado y asustadizo que no tenga carácter ni fortaleza y que sea cómplice encubierto de la sujeción esclavizante con que suele aherrojarse a un pueblo.

Una de las imprescindibles cualidades morales del jurista es la honestidad que en su sentido amplio equivale a no ser corrupto.

La corrupción entraña: Deshonestidad; Ineficacia dolosa; Ineptitud e incompetencia perseverantes; Engaño o falacia; Desvío doloso de conducta; Adulación y servilismo; Complicidad y encubrimiento; Indiferencia y apatía.

Nosotros como juristas debemos tener un profundo sentido de justicia no solo en lo que tradicionalmente se considera como justicia (concepto de justicia de Ulpiano “constans et perpetua voluntas suum cuique tribuere”) sino, en lo que debe entenderse como justicia social, nosotros como escultores de derecho no solo tenemos que atender a la problemática individual, sino abocarnos a las cuestiones sociales, ya que somos servidores de la sociedad.

La justicia social consiste en una síntesis armónica y de respetabilidad recíproca entre los intereses sociales .Y los intereses particulares del individuo.

El camino y vida del jurista siempre estará lleno de tentaciones, es en esos momentos cuando debe imperar su voluntad de hombre recto y no anteponer sus intereses personales a los de su defendido, ya que es este último el que deposita toda su confianza en su defensor, por lo que es preciso que el abogado goce de un carácter y fortaleza envidiables junto a una actitud de mando y no de sometimiento a ninguna causa injusta, así tiene y debe ser un hombre honesto.

Es la luz viva sin la cual el hombre jurista deja de serlo para sepultarse en el pesimismo, la indiferencia y hasta la abyección.

El jurista debe ser abogado de las causas justas ya que tiene la sapiencia y el conocimiento del Derecho, que son para los juristas las armas necesarias para hacer que impere la justicia y la seguridad pero no solo de forma individualizada.

El ser libre va más allá de lo que plantea el autor del libro puesto que se puede disfrutar de ella a pesar de que se esté al servicio de dependencias o cualquier otro tipo de patrón, pues más bien ahí reside el demostrar la capacidad como abogado.

La ética, los valores y el amor a la justicia de cada persona, proyectando asimismo las demás características que todo jurista debe poseer, esto es la autenticidad, la veracidad, el valor civil, la honestidad y el espíritu de justicia; pues puede un abogado no estar al servicio de nadie y a pesar de ello puede ser deshonesto, falso, indiferente, apático, vanidoso y atado a sí mismo.

LA CULTURA JURÍDICA

En este capítulo el autor nos habla sobre la cultura jurídica que comprende un vasto de la cultura en general y consiste, evidentemente, en el conocimiento, cada vez más extenso y profundo, del Derecho en todas sus ramas y manifestaciones, en su ejercicio y aplicación y en su perfeccionamiento.

La cultura jurídica contiene una ciencia y un arte, lo que se puede definir mejor en un saber y un actuar, por lo que el jurista es al mismo tiempo un científico y un artista.

La ciencia del Derecho no estriba meramente en conocer casos concretos, sino en saber los principios jurídicos conforme a los cuales se deben analizar y resolver.

“Ortolán afirmaba: "Todo historiador debería ser jurisconsulto y todo jurisconsulto debería ser historiador" agregando que "No se puede conocer a fondo una legislación sin conocer su historia".”

El principio de dar a cada quien lo suyo (suum cuique tribu ere) reafirma a la Justicia como fin del Derecho dentro de su dimensión ético-axiológica. La Justicia, según la definición clásica, es, la voluntad constante y perpetua de efectuar esa dación (constans et perpetua voluntas suum cuique tribuere), quedando; sin embargo, en el mundo nebuloso de la imprecisión que es lo suyo de cada quién.

Menciona que la jurisprudencia se revela como una ciencia, como, conjunto de conocimientos

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