FORMATO DEMANDA JUICIO MERCANTIL
coferco18 de Octubre de 2013
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LÓPEZ NAVA MARCIAL EMILIANO
VS
ROGELIO BASURTO GONZÁLEZ
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL
C. JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DE IXTLAHUACA, MÉXICO.
PRESENTE:
MARCIAL EMILIANO LÓPEZ NAVA, por mi derecho señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones en la Calle Morelos, No. 102, en el Centro de Ixtlahuaca, México, autorizando para tal efecto al LIC. LUIS FERNANDO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, así como al pasante en derecho PABLO ALBERTO LUCAS TREJO, quienes podrán compadecer indistintamente ante usted con el debido respeto.
En la vía oral, en ejercicio de la acción cambiaria directa, vengo a demandar del señor ROGELIO BASURTO GONZÁLEZ, quien tiene su domicilio; en la Calle Nicolás Bravo, No. 74, en el Centro de Ixtlahuaca, México, el pago de las siguientes:
P R E S T A C I O N E S
a) El pago de la suma de $ 350,000.00 (trecientos cincuenta mil pesos m/n), como suerte principal.
b) El pago de intereses del 10% mensual, desde su constitución en mora, hasta la total solución del adeudo.
c) El pago de gastos y costas, que con motivo de este juicio se ocasionen, para el caso de oposición infundada. Para lo anterior me baso en los siguientes:
H E C H O S
1.- Con fecha 13/01/13 el señor ROGELIO BASURTO GONZÁLEZ, suscribió un título de crédito denominado pagare, a favor del suscrito, por la suma de $ 350,000 (trescientos cincuenta mil pesos), habiendo pactado un interés del 10% mensual.
2.- Es el caso que el título de crédito que nos ocupa se fijó como fecha de vencimiento el día 13 de Marzo del presente año, sin que el deudor de muestras de buena fe para su pago.
3.- en la especie, de manera extrajudicial he requerido al hoy demandado del pago de la cantidad que nos ocupa, ante su negativa es razón suficiente para recurrir a esta vía.
D E R E C H O
En cuanto al fondo son aplicables los artículos 1, 2, 5, 15, 170, 172, y de más relativos de LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO.
En cuanto al procedimiento son aplicables los artículos 1, 3, 4, 5, 1063, 1064, 1065, 1066, 1067, 1068, 1069, 1070, 1082, 1090, 1391 al 1396, del CÓDIGO DE COMERCIO.
Por lo expuesto y fundado a Usted C. JUEZ atentamente pido.
PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos de este escrito, acompañando el pagare al que arriba me refiero, copias simples de ley, demandando del señor ROGELIO BASURTO GONZÁLEZ, el pago de las prestaciones a que arriba me refiero, solicitando se admita la demanda.
SEGUNDO.- Ordenar se dicte auto de embargo, en bienes propiedad del demandado suficientes a garantizar el adeudo.
TERCERO.- Una vez trabado el embargo ordenar se emplace al demandado para que conteste la demanda o en su caso haga pago de lo reclamado.
CUARTO.- En su oportunidad dictar sentencia definitiva en la que se declare procedente la acción intentada, condenando al demandado al pago de las pretensiones reclamadas, en su caso se ordene rematar los bienes embargados para que con su producto se haga pago al actor.
PROTESTO LO NECESARIO
IXTLAHUACA, MÉXICO, OCTUBRE 16 DE 20013
MARCIAL EMILIANO LÓPEZ NAVA
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