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Fuentes Del Dercho


Enviado por   •  29 de Abril de 2014  •  2.373 Palabras (10 Páginas)  •  182 Visitas

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Fuentes del Derecho Civil

Fuente Del Derecho designa todo lo que contribuye o ha contribuido a crear el conjunto de reglas jurídicas aplicables dentro de un Estado en un momento dado (derecho positivo). En los países con derecho escrito, las principales fuentes del derecho son textos como tratados internacionales, constituciones, leyes, reglamentos. Sin embargo, otras fuentes son a veces admitidas según la materia, tales como la costumbre, los principios generales del derecho consagrados por la jurisprudencia (a veces inspirados por la doctrina de juristas especializados, profesores, abogados, magistrados) o la debatida existencia de unos principios de derecho natural universales, es básicamente estatal y es este otro factor que proporciona coherencia a las disposiciones normativas vigentes

Las fuentes del derecho son un criterio de determinación del sistema jurídico de un país considerado según tenga antecedentes de:

 El derecho escrito, por ejemplo el derecho romano, las constituciones de las polis griegas o los estados europeos.

 El Derecho Anglo sajón, basado en la jurisprudencia o conjunto de sentencias precedentes (Common law)

 El derecho natural o iusnaturalismo, que se distingue del derecho positivo, en boga a finales del siglo XIX que defiende la existencia de unas reglas universales o derechos del hombre inalienables e innatos desde su misma existencia.

Aplicando el orden jurídico, tenemos que la expresión ¨ Fuente de Derecho¨

1° Modo de Producción de las normas jurídicas, se designa el origen de la misma, esto es, su autor o autores y también los medios de expresión, por medio de los cuales las normas se manifiestan a exterior (mediante una ley ó mediante la costumbre por ejemplo) una y otra idea se encuentran interrelacionadas, aunque no son necesariamente idénticas. Puede pensarse que a una determinada fuente de producción de normas corresponden una determinada forma exteriorización de las mismas, así, el parlamento produce Derecho en formas de leyes y el Gobierno en forma de Decretos.

2° Instancia de legitimación o causa de justificación de ordenamiento jurídico. Las fuentes serian la causa última del Derecho y de todo lo jurídico, en ese sentido se dice, por ejemplo que el Derecho Positivo tiene su fuente en el Derecho Natural.

3° Medio del conocimiento del material normativo o como instrumento del cual nos podemos servir para conocer un determinado Derecho positivo,

Clasificación De Las Fuentes

1) Criterios de la clasificación de las Fuentes del Derecho

Siendo las fuentes múltiples y variadas, para su mejor compresión se requiere agruparlas, clasificarlas, pudiendo utilizarse diversos criterios.

a) Una doctrina tradicional, de origen Frances, clasifica las fuentes del Derecho, en Fuentes Directos y Fuentes Indirectas. Las fuentes directas son aquellas que contienen o encierran en si una norma jurídica; las segunda son las que ayudan a la producción del Derecho y a la compresión de las reglas jurídicas, pero sin duda existen por si misma.

Fracois Geny escribe:

Falta de estos dos primeros medios (ley y costumbres) tendiente a descubrir directamente, con mayor o menos seguridad a idea dominante de la ley, se deberá echar sobre los medios indirectos. Se consultara la equidad, no en si y como fuente inmediata de interpretación, pero con vista de reconocer las consideraciones de justicia y de utilidad, que han debido dirigir a los redactores de la ley. Es desde el mismo punto de vista, que se hace llamada, fuera de la equidad propiamente dicha, a los que se llaman a los principios generales del derecho.

Como fuentes indirectas se señalan la jurisprudencia, el Derecho Natural, el Derecho científico o Doctrina, las leyes históricas, derogadas, la analogía, la equidad y otras.

b) También se clasifican las fuentes del Derecho en fuentes internas y fuentes externas. Las primeras son aquellas que se encuentran insitas de la ley, connaturales con ella y como nacidas por ella por ser el origen de la ley, y por ello de fácil de acceso, la segunda son unos principios ideales autónomos no inscritos en la ley, extrayendo en todo caso en todo caso en una fuerza extraña y de mayor altura

c) Una tercera clasificación, hoy en día mas usual, es la que señala que las fuentes del Derecho son o bien fuentes Formales o bien fuentes Materiales.

Fuentes formales vienen a coincidir, por lo general con las fuentes externas y directas y son los actos o hechos pasados de los que deriva la creación, modificación o extinción de normas jurídicas. A veces, también, se entiende por tales a los órganos de los cuales emanan las leyes que componen el ordenamiento jurídico (conocidos como órganos normativos o con facultades normativas), y a los factores históricos que inciden en la creación del derecho.

Así como también se define las formales que pueden ser definidas desde doble punto de vista, pues cabe conceptuarlas como actos u órganos de creación de normas o como los modos o de formas de esa creación. Como lo indica el artículo 4 del Código Civil venezolano es la Ley.

Artículo 4°: "A la Ley debe atribuírsele el sentido que aparece evidente del significado propio de las palabras, según la conexión de ellas entre sí y la intención del legislador. Cuando no hubiere disposición precisa de la Ley, se tendrán en consideración las disposiciones que regulan casos semejantes o materias análogas; y, si hubiere todavía dudas, se aplicarán los principios generales del derecho".

De lo anterior se desprenden, respectivamente, las nociones de fuentes del derecho en sentido material (fuentes materiales) alude a lugar donde brota el derecho, donde lo recogemos; tradicionalmente se señala: la ley, la jurisprudencia y en menor nivel la doctrina y comprende el estudio de los sistemas que tienen o han tenido vigencia y suelen guardar correspondencia con las internas e indirectas. Las fuentes formales indirectas del Derecho Civil son:

Fuentes indirectas:

La costumbre y la equidad no crean la norma, sino que sólo ayudan a precisar su contenido o lo que ésta ordena, que caracteriza a las fuentes formales indirectas, lo que también se corresponde con la Doctrina y Jurisprudencia, que también deben ser consideradas como fuentes formales indirectas.

El Derecho Civil es Derecho Sustantivo que pertenece al Derecho Privado, que

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