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Hatos libres de brucelosis en colombia


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2016  •  Informes  •  3.134 Palabras (13 Páginas)  •  283 Visitas

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Trabajo de Microbiología Industrial I

Investigación sobre el programa nacional para hatos libres de brucelosis y tuberculosis bovina

Maria Carolina Meza

Elking Navarro

Ninoska Peña

Katherin Riaños

Universidad Del Atlántico

Faculta de Ingeniería

Barranquilla

Septiembre 2014

PROGRAMAS NACIONES, HATOS LIBRES DE BRUCELOSIS Y TUBERCULOSIS”

Con el fin de mantener y mejorar el estatus sanitario, la producción pecuaria y contribuir con la seguridad alimentaria, en Colombia se han diseñado y ejecutado programas oficiales para el control y erradicación de las enfermedades endémicas de prioridad nacional que comprometan las especies animales económicamente         explotables. Así mismo, se diseñan estrategias para declarar y mantener zonas libres de estas enfermedades y planes de contingencia para las enfermedades endémicas de control oficial.

El objetivo principal de los Programas de Prevención, Control y Erradicación de la Brucelosis y Tuberculosis Bovina en Colombia, es reducir la prevalencia de la enfermedad a niveles que permitan la erradicación del territorio nacional.


Las acciones que respaldan estos Programas, están fundamentadas en la Resolución ICA 1332 de 2013, por medio de la cual se actualizan las medidas sanitarias para la prevención, control y erradicación de la brucelosis y tuberculosis en las especies bovina y bufalina en Colombia y por la Resolución ICA 1385 de marzo de 2013 “por medio de la cual se establece el plazo para que los predios que proveen a comercializadores de leche cruda para consumo humano directo, se certifiquen como predios libres de brucelosis y tuberculosis bovina”.


Aunque anualmente se registran los resultados diagnósticos seropositivos, las medidas preventivas solo se realizan en la especie bovina y bufalina, mediante el programa de vacunación, ejecutado por
FEDEGÁN-FNG. En Colombia la prevalencia para tuberculosis bovina es inferior al 1%. A través de los últimos años, se ha evidenciado la disminución de casos en forma general en el país, a excepción del departamento de Cundinamarca y Boyacá.  Así mismo, hay departamentos en los cuales nunca se han identificado casos, viabilizando al país para tener las primeras zonas reconocidas oficialmente como libres.

ENFERMEDADES CONTRA LAS CUALES SE REALIZA VACUNACIÓN A LOS HATOS EN COLOMBIA

No sólo la brucelosis bovina y la tuberculosis bovina afectan los hatos en Colombia. La fiebre aftosa, también la encefalopatía, la estomatitis vesicular son enfermedades de amplia distribución en Colombia, donde los bovinos afectados disminuyen la producción de leche y carne.

Todos estos, males que se diseminan rápidamente entre los animales y tienen consecuencias económicas graves para los ganaderos.

Para cada una de estas enfermedades el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), la Federación Nacional de Ganaderos (Fedegán), las diferentes asociaciones de raza y las alcaldías municipales trabajan en la adopción de mecanismos que buscan la prevención, la erradicación o el control, de acuerdo con los planes trazados por el ICA para las diferentes zonas del país:

  • La Encefalopatía Espongiforme Bovina: también conocida como la enfermedad de la vaca loca, es una enfermedad neurológica, degenerativa, progresiva, transmisible y mortal del ganado bovino adulto, que tiene un largo periodo de incubación (estimado entre 4 a 6 años).   La EEB, por su condición de transmisibilidad y las alteraciones microscópicas ha sido incluida en el grupo de enfermedades denominadas Encefalopatías Espongiformes Transmisibles (EETs)

  • La Estomatitis vesicular (EV): Es una enfermedad de origen viral que afecta las especies bovina, equina, porcina, ovina, caprina, algunas especies silvestres y potencialmente al hombre. Es producida por un Rhabdovirus.

    En la especie bovina los síntomas corresponden a fiebre, aftas, vesículas y erosiones en la cavidad oral, pezones y patas, salivación intensa y disminución de la producción. En Colombia el diagnóstico de la estomatitis vesicular  en la especie bovina constituye el mayor porcentaje de las enfermedades vesiculares, siendo los departamentos más afectados Antioquia, Santander, Meta, Cundinamarca, Casanare, Huila, Tolima y Valle.
  • La glosopeda o fiebre aftosa: es una enfermedad epizóotica de causa viral, altamente contagiosa, de los ganados bovino, ovino, porcino y caprino, que se manifiesta por fiebre alta y por el desarrollo de úlceras pequeñas en la boca, llamadas aftas y erosiones originadas de vesículas y flictenas en las pezuñas y la ubre. En mayo de 2009, Colombia recibió de la Organización Mundial de Sanidad Animal, la certificación de país libre con vacunación.
  • Brucelosis bovina: después de la aftosa es otro de los males que más daño le ocasionan a la ganadería colombiana. El mal se caracteriza por abortos, retenciones de placenta e infertilidad de las hembras, por lo que deben vacunarse todas las terneras (bovinas y bufalinas) entre los tres y los ocho meses de edad. En Colombia existen antecedentes de la enfermedad en 25 de los 32 departamentos del país.
  • Tuberculosis bovina: producida por la bacteria Mycobacterium Boris es una enfermedad de amplia distribución en la mayoría de los países del mundo, incluyendo Colombia, donde los bovinos afectados disminuyen la producción de leche y carne.  En Colombia la prevalencia para tuberculosis bovina es inferior al 1%. A través de los últimos años, se ha evidenciado la disminución de casos en forma general en el país, a excepción del departamento de Cundinamarca y Boyacá. Así mismo, hay departamentos en los cuales nunca se han identificado casos, viabilizando al país para tener las primeras zonas reconocidas oficialmente como libres.

TIEMPO DE APLICACIÓN VACUNA CONTRA BRUCELOSIS Y TUBERCULOSIS

VACUNACIÓN BRUCELSOIS BOVINA

El programa ha establecido la vacunación obligatoria de las terneras entre 3 y 8 meses de edad, con vacuna Cepa 19 o Cepa RB 51, en dos ciclos de vacunación anual, la cual se realiza en las mismas fechas fijadas para la vacunación contra la fiebre aftosa.

 Está prohibida la vacunación de hembras mayores de 8 meses de edad con vacuna Cepa 19. En hembras mayores de 8 meses de edad, la vacunación se realiza con la autorización del ICA, exclusivamente con la cepa RB51. Ninguna de estas vacunas pueden ser empleadas para la vacunación de machos a cualquier edad.

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