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Informe De Practica


Enviado por   •  12 de Junio de 2013  •  335 Palabras (2 Páginas)  •  357 Visitas

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Las teorías contractualistas: un intento de sistematización

1.- Contractualismo y teorías contractualistas: el problema de la definición.

En términos generales, podría decirse que las teorías contractualistas son aquellas que ofrecen un modelo convencionalista de fundamentación de los vínculos normativos. Sin em-bargo, esta caracterización demasiado gruesa. Una vez formulada es inevitable preguntarse qué significa “fundamentación”, y cuál es el alcance de la expresión “convencionalista”: ¿para los contractualistas todos los vínculos normativos tienen un carácter convencional o solo algunos? Puesto que cada autor contractualista puede dar una respuesta diferente para cada una de estas preguntas, la dificultad de ofrecer una definición comprehensiva “contractualismo” se vuelve casi irremontable. Hay diversas teorías contractualistas y cada una defiende concepcio-nes morales y políticas diferentes, muchas veces incompatibles o incluso contradictorias entre sí. Por ello, el rótulo “contractualista” es empleado de forma aproximada para referirnos a un conjunto de teorías que, de diferentes modos, colocan en un contrato o convención la fuente de la obligatoriedad de los mandatos jurídicos, políticos y, en algunos casos, morales. Pero esta primera e indiferenciada aproximación puede ser mejorada por medio de varias clasificaciones que iluminan diversos aspectos de las teorías contractualistas. Aquí procederemos a ofrecer diferentes criterios de clasificación de las teorías contractualistas con vistas a la formulación de una caracterización más precisa de las mismas. Dichos criterios son concurrentes, de suerte que empleados combinadamente permiten identificar la existencia de tres grandes “familias” de teorías contractualistas . Dado que las divergencias entre estas familias son muy grandes, sostendremos que el término “contractualismo” sólo puede ser empleado de modo equívoco y que cualquier pretensión de emplearlo en un sentido unívoco obligaría a dejar fuera de las teorías contractualistas algunas teorías consideradas comúnmente como tales. Por ello, como se espera demostrar, todo intento de sistematización de las teorías contractualistas debe ser lo suficientemente flexible como para incluir las diversas familias de teorías contractualistas pero, al mismo tiempo, lo suficientemente preciso como para no desfondar el calificativo de “contractualista” al punto de hacerlo aplicable a prácticamente cualquier teoría moral o política.

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