LA DEONTOLOGIA FORENSE Y ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA
RA PMDocumentos de Investigación19 de Agosto de 2016
3.075 Palabras (13 Páginas)2.818 Visitas
[pic 2]
TEMA:
LA DEONTOLOGIA FORENSE Y ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA
CURSO:
Deontologia Forense
DOCENTE:
Salomón Idrogo Segundo Alzamora
CICLO:
VII
INTEGRANTES:
- Paredes Moran, Ricardo Antonio
- Rodriguez Roman, Aracelly
- Calero Ayn Jose Ricardo
- Valdez Gallo, Santos.
- Noblecilla Velasquez, Marcela
Tumbes – Perù
2016[pic 3]
DEDICATORIA
[pic 4]
AGRADECIMIENTO
A la UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE, a la FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS, Agradecemos a cuantas personas han hecho posible la realización de la siguiente monografía y en especial a todos los docentes por la tolerancia de su tiempo, apoyo, paciencia y comprensión, ya que han sido los motores de nuestro constante esfuerzo y superación.
Acerca del trabajo monográfico y bibliográfico del curso de Deontologia Forense , en el tema planteado.
Los estudiantes.
INTRODUCCIÒN
Juez debe poseer las más altas calidades morales, de modo que a los “jueces indignos, son rechazados por la sociedad. “Los buenos jueces pueden aplicar bien las leyes defectuosas; las leyes más perfectas son instrumentos de iniquidad en manos de malos jueces”. Ya que el juez al poder tener las mas altas cualidades morales , las leyes , las condiciones pueden mantener el equilibrio no exacto ya que la personalidad de la persona es cambiante pero si el equilibrio para mantener la paz en la sociedad y en el derecho
LA DEONTOLOGIA FORENSE Y ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA
EL JUEZ Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
“Administrar justicia es administrar la vida, garantizar la libertad, la propiedad, el trabajo, la familia y nuestra noble existencia” (Filiberto Villacorta Peralta).
CONDICIONES GENERALES PARA SER JUEZ.
La palabra Juez, deriva de las voces latinas: JUS y DAX. Este último es una contracción de VINDEX, lo que significa que el Juez es un VINDICADOR del Derecho, el que rectifica la injusticia, el que señala lo que es justo.
El Juez es un servidor del Estado y su función es Administrar Justicia, aplicando el Derecho. Aristóteles en su obra la “Ética Nicomaquea”, dijo que: “Todas las veces que los hombres disputan entre si, recurren al Juez. Ir al Juez, agrega, es ir a la justicia, pues el Juez es, por así decirlo: LA JUSTICIA ANIMADA”.
En la Ley 1, Título IV, de la partida 3, se prescribe: “Los juzgadores, han nombre de jueces, que quiere decir tanto decir, como homes bonos que son puestos para mandar et facer derecho”.
De lo anterior podemos decir que las calidades esenciales del Juez, son las siguientes:
- Virtud de la justicia.
- Rectitud de la conciencia.
- Bondad del alma.
Osorio y Gallardo, respecto al Juez ha dicho: “Los pueblos pueden vivir sin riquezas, sin bellezas y hasta sin salud. Vivirán mal, pero vivirán. Y sin justicia no podrán vivir. Si yo no tengo seguridad de que no moriré asesinado impunemente, si no puedo conservar los vienes que he ganado con mi trabajo, si no puedo defender a mi esposa contra la calumnia, si no puedo guiar la formación de mis hijos, si no puedo ejercer libremente mis derechos de ciudadano, la vida no merecerá la pena ser vivida. Existencia sin justicia es inferior a la animalidad”.
Puede afirmarse, entonces, que el juez realiza la tarea más noble y su tarea es impartir la justicia para alcanzar la paz perturbada por la violación del derecho. El Juez debe poseer las más altas calidades morales, de modo que a los “jueces indignos, son rechazados por la sociedad. “Los buenos jueces pueden aplicar bien las leyes defectuosas; las leyes más perfectas son instrumentos de iniquidad en manos de malos jueces”.
“La formación profesional del Juez, debe destacarse por su amplitud y solidez. El Juzgador, expresa el mismo Saber, no es una simple máquina de subsunciones lógicas, sino que debe ser un profundo conocedor del derecho, esto es, del espíritu de la ley, que exige preparación filosófica, cultura sociológica y económica, visión histórica y experiencia, aparte de lucidez y agilidad de mente” (Mario Alzamora Valdez).
El Juez debe ser justo, es decir, aplicar la justicia, que es la más preclara de las virtudes. Pero, además, debe ser PRUDENTE. Es el jurisprudente, hábito moral que se traduce en: Ponderación y equilibrio, para apreciar los hechos y crear el derecho al margen de la influencia y la pasión.
“No puede desempeñar la judicatura “el que fuere sin sentido, porque no tiene entendimiento; el que fuese mudo, porque no podría preguntar a las partes, ni responder a éstas; el que fuere sordo, porque no oiría las razones ni los alegatos; el ciego, porque no vería a los hombres; el que tuviese una enfermedad continuada, porque no podría asistir a los juicios: el que tuviese mala fama o hubiese hecho cosa por la que valiese menos, porque ese no tiene derecho de juzgar a otros …” (Hugo Alsina, citando la Ley XLII, del Título XXXII del Ordenamiento de Alcalá).
LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA Y EL ROL DEL JUEZ.
Quienes no pueden ser jueces.
El poder de administrar justicia, no se puede encomendar al hombre común, sino al selecto y preparado … Ya no puede ni debe ser juez el que posee un espíritu rudo y vulgar, sino el que lleva en el, el eje escondido en que reposan los derechos del ciudadano y del Estado, y la salvaguarda de la moralidad social”.
Ya no pueden ser jueces, como los que condenaron a Arístides, a Sócrates y a Jesús, en cuyas decisiones solo reino la ignorancia de la multitud.
“…la justicia cuando es tardía deja de ser justicia y los trámites innecesarios y hasta maliciosos que se dan a los procesos, por la falta de voluntad para resolverlos por la apatía e indiferencia del mal juez, es la polilla impía que la estrangula y la asfixia…”.
A quien no puede llamársele Juez.
No puede llamarse juez al inescrupuloso que deslustra la moralidad de la institución, al que delega, con frecuencia, en otros el desempeño de sus funciones, amparando como legal lo que jamás ha ejecutado y poniendo en peligro en esta forma la seguridad de la convivencia y de la justicia social, al que ha perdido la vergüenza y tiene la costumbre de pedir favores, amparado en el cargo que desempeña, al que no permanece en su sitio, como verdadero soldado de la justicia y distrae su precioso tiempo en charlas inútiles con litigantes y amigos, menoscabando su prestigio y respetabilidad, al timorato que no tiene el valor suficiente para hacer justicia con toda imparcialidad, y al que hace del Derecho y de la Ley jirones despedazándolo por su propia inmoralidad e ignorancia.
Quienes pueden ser jueces.
“Hoy sólo puede ser juez el que ha iniciado su carrera siguiendo la trayectoria del tipo más humano que existió en la antigüedad, y fue Israel, el que sin armas, es el defensor de la sociedad, el que sin poder material concurre a orientar los destinos de esta: el que sin ser Maestro, con su conducta y sus decisiones, influye en el carácter y las costumbres, y el que sin gobernar, sobre todo, en los días azarosos para la moral pública, dependen de su entereza el orden y el honor de la sociedad”.
“… el Juez que se levanta por encima del tiempo y que a través de los años su nombre se pronuncia con respeto, es porque ha sido un valor trascendente, una fuerza sustantiva, una entidad superior con relieve altísimo en la aplicación de la ciencia del Derecho …” (El Peruano del 04.08.95).
Los retos que se imponen al Juez.
“Antes de terminar mi discurso, quiero hacerles una solemne invocación: apliquen la ley con probidad y técnica jurídica sin escatimar tiempo ni energías, con la entereza de carácter para mantener la independencia de la función que nos permitan liberarnos de toda clase de influencias extralegales negativas. No olvidemos que se nos ha concedido el privilegio de ejercer la excelsa función de discernir la justicia y, por ello, ocupamos una posición prevalerte para contribuir al logro de la paz, la justicia y el engrandecimiento de nuestra patria. Que, el sumo hacedor nos de la sapiencia y la energía para lograr esos nobles objetivos” (Nicanor Castillo La Rosa Sánchez, apertura del año judicial de 1994).
...