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LA NUEVA DEFINICIÓN E IMPORTANCIA DEL EVENTO A VIGILAR


Enviado por   •  5 de Agosto de 2017  •  Documentos de Investigación  •  3.534 Palabras (15 Páginas)  •  171 Visitas

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SISTEMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA

PROTOCOLO DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA

PRESENTANDO POR:

DIDIER FERNANDO NINCO SALAS

361155

NOVENO SEMESTRE

CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS

NEIVA

TABLA DE CONTENIDO

PROTOCOLO DE VIGILANCIA PARA  CAIDAS  DE UN MISMO NIVEL        3

1.        INTRODUCCION        3

2. MARCO LEGAL        3

3.        DEFINICIÓN E IMPORTANCIA DEL EVENTO A VIGILAR        4

4.        OBJETIVOS        5

4.1.        General        5

4.2.        Específicos        5

4.3.        Metas y Estrategias        5

4.4.        Utilidad        6

5.        METODOLOGIA        6

5.1.        Población a Estudiar        6

5.1.1.        Población Objeto        6

5.2.        Instrumentos        6

5.3.        Factor de Riesgo.        6

5.3.1.        Identificación del Riesgo con Relación al Hospital “San Antonio”        7

5.4.        Condiciones del Lugar de Trabajo        8

5.5.        Efectos en la Salud        8

5.        ANALISIS DE LOS DATOS        8

6.1.        Indicadores del Trabajador Expuesto en el Área de Urgencias.        8

6.1.1.        Tasa de Incidencia de las caídas a un mismo nivel.        9

6.1.2.        Tasa de Prevalencia de las caídas a un mismo nivel.        9

6.2.        Indicador de  Cobertura en la Aplicación de Medidas Preventivas.        9

7.        MEDIDAS PREVENTIVAS        10

7.1.        En el Medio y la Fuente        10

7.2.        En el Individuo:        11

8.        CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIONES        11

9.        REFERENCIA BIBLIOGRAFICA        12

PROTOCOLO DE VIGILANCIA PARA  CAIDAS  DE UN MISMO NIVEL

  1. INTRODUCCION

La Ley 1562 de 2012 en su artículo 3, define a un accidente de trabajo como todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.  

En cualquier entorno laboral, se pueden producir accidentes provocados por ciertos factores de riesgo, en este caso por una simple caída. Hay tres clases de accidentes producidos por caídas: aquellos donde la persona se cae desde una altura, aquellos en los que la persona resulta alcanzada por un objeto y por ultimo las caídas al mismo nivel como tropiezos o resbalones. Las caídas al mismo nivel son aquellas que tienen lugar en el lugar de paso, en una superficie de trabajo y las caídas sobre o contra objetos. 

TROPIESO: Golpe involuntario dado con el pie contra un obstáculo o contra el suelo al ir   caminando o corriendo y que provoca una pérdida del equilibrio.

RESBALON: Movimiento rápido y brusco al deslizarse por una superficie.

Un accidente por caída o golpe rara vez es el resultado de una sola causa, generalmente es debido a la consecuencia de varios factores o circunstancias. La caída de una persona no informa por si misma sobre la causa del accidente, es tan solo una indicación de la manera en que sucedió el hecho.  

La implementación de este sistema de vigilancia para las caídas a un mismo nivel en los médicos y enfermeras que trabajan en el Hospital San Antonio, conducirá al reconocimiento de los efectos negativos para la salud que implican estas caídas, constituyendo una herramienta para la protección de la salud de los trabajadores. Presenta información sobre como evaluar las aplicaciones, procedimientos, diseños de las instalaciones y demás elementos relacionados con la exposición del trabajador al factor de riesgo.

2. MARCO LEGAL

  • Resolución 2400 de 1979, por la cual el Ministerio de Trabajo y Seguridad establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.

Artículo 5-16, por el cual las edificaciones de los lugares de trabajo permanente o transitorio, sus instalaciones y vías de tránsito, deberán estar construidos y conservados de manera que garanticen la seguridad y salud del trabajador. Todo local o lugar de trabajo debe contar con buena iluminación, acorde con las tareas que se realicen. La superficie de pavimento del trabajador no será menor de dos metros cuadrados, será homogéneo, de material antirresbaladizo y fácil de lavar. Los corredores que sirvan de unión entre locales o pasillos que conduzcan a las puertas de salida, deberán tener la anchura precisa teniendo en cuenta el número de trabajadores que circularan por ellos, la anchura mínima es de 1,20 metros. Los locales de trabajo contaran con un número suficiente de puertas de salida, libres de todo obstáculo, amplias, bien ubicadas en buenas condiciones de funcionamiento, para facilitar el tránsito en caso de emergencia.

Artículo 31, el piso de las salas de trabajo se mantendrá limpio y seco… todo trabajadores que labore en sitios húmedos estará provisto de botas especiales, para su protección.

Artículo 32, se refiere a que los pisos de las salas de trabajo y los corredores deben mantenerse libres de desperdicios y sustancias que causen daño al trabajador, como aceites, grasas, agua encharcada entre otros que hagan el pavimento resbaladizo.

Artículo 175, se prohibirá a las mujeres el uso de calzado de tacones altos en los pisos de los establecimientos…para evitar accidentes por tropezones, resbalones, etc.  

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