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LIBERTAD DE EXPRESION


Enviado por   •  4 de Febrero de 2013  •  2.022 Palabras (9 Páginas)  •  457 Visitas

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RESUMEN DE TRABAJO

¿QUÉ ES EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN?

Es un medio para la libre difusión de las ideas, el derecho a la libre expresión es uno de los más fundamentales, ya que es esencial a la lucha para el respeto y promoción de todos los derechos humanos. Sin la libertad de opinar libremente, de denunciar injusticias y clamar cambios - el hombre está condenado a la opresión.

TRES límites a los que deben sujetarse las mencionadas libertades de comunicación. Ellos son,

1. el respeto al honor,

2. a la intimidad y

3. a la imagen

ANTECEDENTES Y MARCO LEGAL

1.- Desde el año 1.789 en la Declaración del Hombre y del Ciudadano se consagró que nadie debía ser molestado por sus opiniones, aunque sean religiosas, con tal de que su manifestación no perturbe el orden público establecido por la ley.

También se acordó que la libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los más preciosos derechos del hombre, por lo tanto, todo ciudadano puede hablar, escribir e imprimir libremente, salvo la responsabilidad por el abuso de esta libertad, en los casos determinados por la ley.

Esa primera declaración marcó el inicio de lo que en la actualidad sigue siendo una garantía.

2.- Declaración Universal de Derechos Humanos (1.948) se reafirma este principio

“..Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión..”

Y ha sido incluido en la mayoría de tratados

3.- Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (1.948).

4.- Convenio Europeo para la Salvaguarda de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales dejó establecido (1.950).

5.- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1.966).

6.- En la Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto San José de Costa Rica” (1.969).

7.- Convención sobre los Derechos del Niño (1.959).

8.- Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

9.- Carta Africana sobre los Derechos Humanos y del Pueblo.

LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

En la Legislación Internacional.

1. Declaración Universal de Derechos Humanos (1.948)

ART.19 Y 29

2. Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (1.948).

Artículo IV

3. Convenio Europeo para la Salvaguarda de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales dejó establecido (1.950).

4. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1.966).

ART. 19, Y 20

5. En la Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto San José de Costa Rica” (1.969).

Artículo 13

Artículo 14. Derecho de Rectificación o Respuesta

6. Convención sobre los Derechos del Niño (1.959).

ART. Artículo 13

7. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

ART. 4

8. Carta Africana sobre los Derechos Humanos y del Pueblo.

Artículo 9

LIMITACIONES A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Limitar la expresión, ha sido el resultado de la imposición de los intereses dominantes en un momento determinado, en este sentido a sido la prensa y sus periodistas los que an jugado un papel muy importante en la defensa de este derecho humano, de tal forma que el poder se han querido mediatizar las opiniones e informaciones.

El ejecutivo mediante decretos.

El legislativo mediante leyes

El poder Judicial mediante sentencias (castigan o impiden el ejercicio de ese derechoa los ciudadanos)

limitaciones a la Libertad de Expresión y éstas, también se encuentran en los propios tratados internacionales que la garantizan, ejemplo de esa limitante la constituye la norma establecida en el artículo 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, al establecer en su ordinal primero ”toda propaganda a favor de la guerra estará prohibida por la ley”.

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS SOBRE LIBERTAD DE EXPRESIÓN

1. La libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas.

2. Toda persona tiene el derecho a buscar, recibir y difundir información y opiniones libremente

3. Toda persona tiene el derecho a acceder a la información (gratuita y no onerosa)

4. Acceso a la información en poder del Estado.

5. La censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión.

6. Toda persona tiene derecho a comunicar sus opiniones por cualquier medio y forma.

8. Todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales.

9. La utilización del poder del Estado y los recursos de la hacienda pública (atenta contra la libertad de expresión)

LA LIBERTAD DE EXPRESION Y SUS ALCANCES CON OTROS DERECHOS.

1.- DERECHO AL HONOR.- El honor es aquel derecho que tiene toda persona a su buena imagen, nombre y reputación, de tal forma que todos tenemos derecho a que se nos respete, dentro de nuestra esfera personal cualquiera que sea nuestra trayectoria vital, siendo un derecho único e irrenunciable propio de todo ser humano.

- Doble perspectiva.

1.- Perspectiva social (los demás tiene por nosotros)

2.- Perspectiva personal del honor (auto estima)

Los derechos al honor y a la intimidad personal también se encuentran regulados en instrumentos internacionales, tales como el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 11 de la CADH.

PERU.-Este derecho está contemplado el la constitución política del Perú en el capitulo I – Artículo 2 – Numeral 7; que a la letra dice "Toda persona tiene derecho al honor y a la buena reputación.

2.- DERECHO A LA INTIMIDAD.- La intimidad es la esfera personal de cada uno, en donde residen los valores humanos y personales, siendo un derecho fundamental para el desarrollo de la persona y de la familia.

3.- LIBERTAD DE PRENSA.- Es la existencia de garantías con las que los ciudadanos tengan el derecho de organizarse para la edición de medios de comunicación cuyos contenidos no estén controlados por los poderes del Estado y sobre todo que la información que se difunda sea veraz.

DERECHO A LA RECTIFICACIÓN

1) segundo párrafo del art. 2.7 de la Constitución, al señalar que: “Toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviada en cualquier medio de comunicación social tiene derecho a que éste se rectifique en forma gratuita, inmediata y proporcional, con perjuicio de las responsabilidades de ley.”

2) Convención Americana sobre Derechos Humanos precisa en su artículo 14.1 que: “Toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general, tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley”

3) LA LIBERTAD EXPRESION EN LO PAISES ANDINOS.

1.- VENEZUELA.-

Art. 57, 58, y 61 de su Constitución.

Art. 3 Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión.

Sin embargo y a pesar de contar con dicha fundamentación legal, el gobierno viene desarrollando en Venezuela un proceso para suprimir la libertad de expresión e información, en el cual se registran acciones, amenazas e incidencias cada vez más graves y desafiante.

En este sentido la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) y los organismos internacionales defensores de los derechos humanos se han pronunciado y condenado los asesinatos, enjuiciamientos y persecuciones de periodistas, así como las amenazas, demandas judiciales, hostigamiento y agresiones contra los periodistas y medios de comunicación.

CASOS DE AGRESION A LALIBERTAD DE EXPRESION EN VENEZUELA

1. Al canal Radio Caracas Televisión.-no le renovó la licencia, lo cerro y lo multo mediante un proceso contencioso administrativo (esta para pronunciamiento de la Corte Interamericana de DD.HH).

2. Otra televisora “Globo visión”

3. el Gobierno utiliza sus tres televisoras oficiales y la internacional “Telesur”, más sus circuitos de emisoras radiales en todo el país y las llamadas “comunitarias”, para difundir una programación dedicada casi en su totalidad al adoctrinamiento ideológico y propaganda gubernamental. Recientemente fue oficialmente anunciado un plan de lo que identifican como “medios alternativos”. Este plan se esta desarrollando mediante un convenio con Cuba y ya han instalado 26 nuevos “medios comunitarios” de un total programado de 128, integrados por 100 emisoras FM y 28 televisoras más.

2.- COLOMBIA.

Art.19 y 20 de su Const.

La libertad de expresión en Colombia ha sido atacada durante décadas mediante asesinatos, amenazas y secuestros contra periodistas y comunicadores sociales. El conflicto armado, el narcotráfico y la corrupción política y económica conjuntamente han restringido la labor de los medios de comunicación y así limitado el derecho a la información de la población.

sí lo ha reconocido el Vicepresidente de la República, Francisco Santos Calderón, quien ha indicado que el periodismo en Colombia “es víctima de las violencias de todos los orígenes: de la guerrilla, de las autodefensas, de la delincuencia común. Y también de presiones de todas las fuentes de poder: el económico, el político y el militar.

CASOS DE AGRESION A LA LIBERTAD DE EXPRESION EN COLOMBIA

3.- ECUADOR.

Art. 16,17 y 18 de su cost.

Preocupaciones de grupos de derechos humanos sobre el deterioro de las condiciones de libertad de prensa bajo la administración del Presidente Rafael Correa, 17 estados miembros de las Naciones Unidas presentaron recomendaciones a Ecuador sobre temas de libertad de expresión ante el Consejo de Derechos Humanos esta semana.

CASOS DE AGRESION A LALIBERTAD DE EXPRESION EN ECUADOR

1.- La publicación de la fotografía de los hijos de los asambleístas Abdalá Bucaram Pulley y Gabriela Pazmiño (ambos del PRE) con el presidente de la República, Rafael Correa, derivó en una sanción para este Diario, que deberá pagar una multa de $ 500.

4.- BOLIVIA.

Artículo 21, Artículo 106. De su Const.

La libertad de expresión en Bolivia hoy en día está siendo vulnerada por los poderes políticos, de tal forma que las organizaciones bolivianas de prensa más representativas denunciaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el estado de la libertad de expresión. Durante esa exposición se apuntó que el gobierno del Presidente Evo Morales Ayma, a través de la promulgación de diversos instrumentos jurídicos, estaba logrando cercar la libertad de expresión y, con ello, vulnerado la misma Constitución Política del Estado boliviano y contraviniendo la normativa supranacional en materia de Derechos Humanos.

CASOS DE AGRESION A LALIBERTAD DE EXPRESION EN BOLIVIA.

- El Presidente Evo Morales calificó de “racistas” a los ciudadanos que respaldaron con su firma a los periodistas que buscan con la Iniciativa Legislativa Ciudadana, la derogación de los artículos 16 y 23 de la Ley 045. Por su parte, el Vicepresidente del Estado, Álvaro García Linera, descartó la activación de la Iniciativa Legislativa Ciudadana para ese fin.

5.- PERU.

II. LA LIBERTAD DE EXPRESION EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO PERUANO

1. Un repaso a las constituciones peruanas

Ello no ha sido suficiente para impedir su precaria vigencia debido a las frecuentes rupturas de los regímenes constitucionales, o a conductas autoritarias de los gobiernos o en general de las autoridades.

Un sintético análisis de las constituciones históricas peruanas, permite arribar a las siguientes conclusiones:

 Las Constituciones del siglo XIX hasta la de 1920 se refieren a la “libertad de imprenta”, circunscribiendo la libertad de expresión a una de las modalidades a través de las cuales se manifiesta. los medios impresos. Posteriormente.

 la Constitución de 1933 deja de lado dicha denominación y opta por la de “libertad de prensa”.

 Por último, son los textos constitucionales de 1979 y de 1993 los que denotan un avance conceptual al referirse a las “libertades de expresión e información”.

 Durante el Gobierno de Bustamante y Rivero, se aprobó la Ley de Imprenta, Ley Nº 10309, reflejaba un avance a las anteriores, pero los delitos de prensa la pena se duplicaba se cerró el diario la tribuna.

el gobierno del general Manuel A. Odría, se promulgó la Ley de Seguridad Interior (1949), cuya aplicación causó graves afectaciones a la libertad de expresión.

 Fue durante el Gobierno Revolucionario de las Fuerzas Armadas (1968-1980) donde se produjeron las más evidentes limitaciones a la libertad de expresión; en 1969 fue detenido y deportado Enrique Zileri, Director de la revista “Caretas” ”; por su parte el periodista de “Expreso” Manuel D’Ornellas no sólo fue deportado sino a la vez fue declarado traidor a la patria y privado de su nacionalidad.

 La vocación por un amplio reconocimiento normativo de la libertad de expresión fue ratificada por el constituyente de 1993, que se basó para ello en el texto constitucional anterior.

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