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Libertad De Expresion

lym199229 de Enero de 2013

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Libertad de Expresión

Uno de los derechos humanos más importantes, si se los puede jerarquizar, es el de la libertad de expresión entendida como la facultad que, por el solo hecho de pensar y tener un criterio respecto de algo, tenemos todos para expresar libremente ese pensamiento sin que por ella debamos ser reprimidos, censurados o recibir calificativos poco encomiables.

Es por esta razón que este es uno de los derechos más amenazados, especialmente por parte de gobiernos, sectores políticos y económicos, incluso dentro de los mismos medios de información, que quisieran tapar la boca de quienes protestan, les reclaman y exigen cuentas por sus actos.

Si bien este derecho es inherente al ser humano, como persona natural, los medios de información se han arrogado la potestad de ser los intermediarios de la opinión de la gente y, con esta premisa, dicen, informan y comentan los hechos sociales pero desde su muy particular óptica. Los medios han hecho de la libertad de expresión su patrimonio, restando con frecuencia a la sociedad este derecho y reduciéndola al rol de simple receptora de sus mensajes.

Este día, de la libertad de expresión, nos debe llevar a analizar este enfoque en el sentido de que la libertad de expresión debe vérsela indefectiblemente en una doble dimensión: como derecho, de todos, pero también como obligación, la de asumir ese derecho con responsabilidad social, lo cual establece sus relaciones indisolubles con otros dos derechos: el derecho a la información y el derecho a la comunicación, de los cuales esa libertad es inherente.

Perder el derecho a la libre expresión será para el ser humano someterse a la opresión, dar por verdades indiscutibles lo que dicen los medios, los gobernantes y los poderes económicos y políticos.

De ahí que la lucha por la libertad de expresión debe ser tarea y compromiso de todos, porque representa la manifestación de nuestro propio individualismo, de nuestra visión del mundo y de nuestra forma de pensar, de protestar y de decir lo que pensamos, sin perder de vista el respeto a la libertad de los demás también a expresar y manifestarse, aunque no estemos de acuerdo con su palabra, pues actuar así es respetar nuestra propia libertad de expresión ¿Cuánto se respeta la libertad de expresión en cada uno de los espacios en los que nos desenvolvemos cotidianamente?, ¿cuánto la respetamos en cada uno de ellos? Para contribuir a la reflexión y al debate, invitamos a leer dos textos que están en nuestros archivos y que tiene actualmente plena vigencia

Libertad de Expresión en Ecuador

A propósito de la concesión de asilo político a Julián Assange, por parte del gobierno de Correa, creo que vale la pena analizar el real estado de la libertad de expresión en el Ecuador. Más allá de la propaganda oficial, oportunista a más no poder, resulta una paradoja que uno de los gobiernos más intolerantes, uno de los que más ha perseguido a periodistas, defienda el caso de Assange. A continuación, comparto mi ponencia sobre el derecho a esta libertad fundamental de los seres humanos, leída en el marco del Primer Congreso de Estudiantes de Derecho del Ecuador, llevado a cabo el 23 de agosto, en el paraninfo de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí:

La historia de la Libertad de Expresión en el Ecuador tiene sus orígenes en los oscuros días de la colonia así como la historia del periodismo. En esa época, Eugenio Espejo, ya había creído que la utilización de la escritura y la difusión del pensamiento por medio de hojas de papel constituía una herramienta para perseguir, alcanzar y consolidar las libertades fundamentales de los ciudadanos. Ya en la época republicana, fue Juan Montalvo, otro de los grandes pensadores ecuatorianos, quién asumió la tarea de utilizar la difusión de su pensamiento como mecanismo, primero de vigilancia, y luego de confrontación al poder. No es nueva entonces la tensión entre los poderes constituidos y el ejercicio de la libertad de expresión, por ejemplo, por medio del periodismo.

Desde el retorno a la democracia, en 1979, casi todos los presidentes han protagonizado polémicas, algunas infantiles, otras ciertamente autoritarias, con la finalidad de coartar el derecho a la libertad de expresión en el Ecuador. León Febres Cordero, furioso por la línea editorial crítica de Diario Hoy, llegó incluso a acusar a sus directivos de pertenecer a la agrupación subversiva Alfaro Vive Carajo, además de emprender todo tipo de ataques en contra de Radio Democracia. Su contradictor político e ideológico, el Dr. Rodrigo Borja Cevallos, tampoco está exento de cuestionamientos pues durante su gobierno se cerró Radio Sucre y el presidente Borja llegó proclamar la necesidad de sobresaltar el respeto al honor del Presidente de la República, sin imaginar que 20 años después un nuevo mandatario utilizaría de la forma más oportunista el derecho penal para reivindicar ese mismo principio.

Cabe, sin embargo, y con motivo de este encuentro de estudiantes de derecho, profundizar en el tema de la libertad de expresión cómo algo que va más allá de la referencia histórica. Lo que nos convoca el día de hoy, a todas luces, es el derecho a la libertad de expresión, sus alcances, los peligros que corre. La constitución de la República, aprobada muy cerca de este recinto, en Montecristi, reconoce y garantiza, en su artículo 66, numeral 6, “el derecho a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones.” Del mismo modo, el artículo 384, sobre la comunicación social, asegura que “el Estado formulará la política pública de comunicación, con respeto irrestricto de la libertad de expresión y de los derechos de la comunicación consagrados en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos”.

Esto nos lleva a un tema muy interesante dentro de esta discusión que es el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, al cual haré referencia, entre otros motivos, porque su cumplimiento constituye obligación internacional para el Estado, a pesar de que precisamente el tema de la libertad de expresión ha resultado en profundos cuestionamientos al Sistema Interamericano de Derechos Humanos por parte de gobiernos latinoamericanos cuya conducta han sido abusivas con respecto al derecho que hoy estamos analizando. Según este artículo 13 de la Convención los elementos que configuran el derecho a la libertad de expresión son: la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

Lo de fondo, es que no solo la carta política garantiza jurídicamente el derecho a la libertad de expresión y pensamiento, sino instrumentos internacionales ratificados por el Ecuador. Hemos citado ejemplos de libertad de pensamiento en la historia, así como ejemplos de gobiernos a quienes la libertad de expresión incomoda, pero vale la pena analizar la situación actual de la libertad de expresión en el país con el fin de corroborar o negar la posible e inédita existencia de una política de Estado que pretenda sistemáticamente limitar el ejercicio de la libertad de expresión en el país.

En el marco de la última Asamblea General de la Organización de Estados Americanos en Bolivia, a la cual el Presidente Correa asistió con el único fin de proponer la reforma del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, en una de sus intervenciones afirmó que cuando los países del continente en los cuales existe la pena de muerte, la deroguen, los Estados que mantienen los delitos de injurias en su legislación penal podrán derogar estos delitos a su vez. Sin embargo, al parecer el discurso oficial no responde, de ningún modo, a la falta de conocimiento del principio de proporcionalidad en materia penal (pues es absurdo ponderar la sanción de la pena capital con los delitos de injurias), sino de una política de debilitamiento a los medios de comunicación.

En ese sentido citaré brevemente los casos más emblemáticos (de muchos otros que existen) detrás de los cuales podríamos pensar que en Ecuador existe, desde el Estado, una política de intolerancia al ejercicio de la libertad de expresión y pensamiento:

El día 19 de agosto del 2010, en Quito, los señores Juan Carlos Calderón y Christian Zurita, realizaron el lanzamiento de su libro titulado “El Gran Hermano”, el cual no es más que una investigación sobre los contratos entre el Estado y Fabricio Correa, el hermano del presidente. En este libro, dentro del contexto de una entrevista a Fabricio Correa, se afirma que el Presidente de la República tenía conocimiento de los contratos de su hermano con el Estado. Esto motivó una demanda por daño moral a los autores del libro, en la cual el Presidente Correa solicitaba, además de las rectificaciones que contempla la ley, una indemnización de 10 millones de dólares.

La jueza María Mercedes Portilla, en este caso, falló declarando que hubo daño moral en perjuicio del presidente Correa, después de una dudosa valoración de la prueba pues jurídicamente el mandatario jamás logró probar que hubo daño moral en su perjuicio, no hubo facturas de medicinas o psicólogos que verifiquen el deterioro de su estado de ánimo, afectaciones a su salud o a la de su familia, menos se logró probar el animus injuriandi de Calderón y Zurita. Al respecto, en la su sentencia, la jueza Portilla, denigrando el derecho procesal escribe que: “debe tenerse en cuenta que la prueba de la lesión a bienes, derechos o intereses extrapatrimoniales, incluidos los personalísimos, es por su naturaleza innecesaria, otras veces

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