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El objetivo de la ley orgánica de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes


Enviado por   •  28 de Julio de 2014  •  Trabajos  •  3.724 Palabras (15 Páginas)  •  332 Visitas

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INTRODUCCION

El carácter de una persona, de un sujeto social de derechos, hace que la niñez y la adolescencia tengan, como todo ser humano, comportamientos, actitudes e ideas positivas y otras inadecuadas. Existen circunstancias donde tendrán la razón; otras donde estarán equivocados; otras donde tengamos puntos de vista diferentes y otras donde deben ser orientados, tomando en cuenta su edad y etapa de desarrollo.

Es común comprobar como a los niños y niñas se les niega la razón, aunque la tengan, porque son niños. Se dice: "Los niños suelen decir mentiras, viven en un mundo de fantasía, por lo tanto hay que dudar de sus argumentos". De hecho ante un problema se escucha a los adultos involucrados y se toma una decisión sin que se considere la opinión de los niños, niñas y adolescentes.

Por otra parte, se sabe que la extralimitación de normas o el uso abusivo del poder y autoridad puede generar personas violentas, agresivas o, por el contrario, dependientes, sumisas e inseguras.

La necesidad de contar con normas y límites para el buen funcionamiento de cualquier grupo humano no puede cuestionarse. Las reglas deben estar perfectamente definidas para el logro de cualquier iniciativa humana.

La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, es una nueva ley donde se establecen derechos, deberes y responsabilidades para niños niñas y adolescentes.

Se tiene como finalidad en el presente, de establecer ciertas condiciones que aplican en dicha ley, para así dar cumplimiento a todos y cada uno de los artículos plasmados en ella.

Por lo tanto es necesario hacer una evaluación y destacar aspectos importantes y aplicarlo a una sociedad donde los "derechos y deberes" han quedado en abandono.

LOPNNA

Objeto de la ley

Esta ley tiene por objeto velar por el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, es decir, el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías a través de la protección integral que el estado en conjunto con la sociedad y las familias deben brindarles desde el momento de su concepción. Esto esta establecido en el articulo numero 1 de esta misma ley.

Definición de niño, niña y adolescente.

Un niño es toda persona con menos de 12 años de edad , un adolescente es toda persona de 12 años o mas y menos de 18 años de edad. Establecido en el articulo numero 2 de la presente ley.

Principio de igualdad y no discriminación.

Las disposiciones establecidas en esta ley se deben aplicar a todos los niños, niñas y adolescentes por igual sin discriminación de ningún tipo, respetando su raza, color, sexo, edad, idioma, pensamiento, conciencia, religión, creencias, cultura, opinión política o cualquier otra condición de los niños, niñas o adolescentes, su padre, madre, representantes, familiares o responsables. Establecido en el articulo numero 3 de esta misma ley.

Obligaciones generales del estado.

Estas están establecidas en su articulo numero 4; menciona la obligación que tiene el estado de tomar todas las medidas necesarias y apropiadas para que los niños, niñas y adolescentes puedan disfrutar plena y efectivamente sus derechos y garantías; estas medidas pueden ser administrativas, legislativas, judiciales y de cualquier otra índole.

Principio de corresponsabilidad.

Este principio esta inmerso en toda la ley y menciona la relación que tiene el estado, las familias, y la sociedad en la defensa y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, asegurando con prioridad absoluta, su protección integral, tomando en cuenta su interés superior en todas las decisiones y acciones que le conciernan.

Obligaciones generales de la familia e igualdad de género en la crianza de los niños, niñas y adolescentes.

En la sociedad la familia es la asociación natural y el espacio fundamental para el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes. Las relaciones en las familias se deben fundamentar en la igualdad de derechos y deberes, solidaridad, esfuerzo común, comprensión mutua y el respeto reciproco entre sus integrantes . El padre y la madre tienen deberes, responsabilidades y derechos compartidos, iguales e irrenunciables de criar, formar, educar, custodiar, mantener y asistir en todos los aspectos a sus hijos e hijas; para que esto sea posible y la familia pueda asumir adecuadamente estas responsabilidades el estado debe crear y asegurar políticas, programas y asistencia apropiadas. Articulo numero 5 de esta misma ley.

Interés superior de los niños, niñas y adolescentes.

Es un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, establecido en el articulo numero 8, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños, niñas y adolescentes. Está dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías.

Principio de gratuidad de las actuaciones.

Las actuaciones relativas a los asuntos a que se refiere esta ley, como solicitudes, pedimentos, demandas, así como las copias certificadas que se expida de las mismas se harán en papel común y sin estampillas; los funcionarios y funcionarias administrativos y judiciales así como cualquier autoridad publica que intervenga en tales asuntos, los despacharan con toda preferencia y no podrán recibir remuneración alguna.

En los artículos numero 10, 11 y 12 de dicha ley Se menciona que los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derecho, es decir, que gozan de todos los derechos y garantías consagrados en favor de las personas en el ordenamiento jurídico; también que los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes consagrados en esta ley son de carácter enunciativo; los derechos y garantías reconocidos y consagrados en esta ley, son inherentes a la persona humana, en consecuencia son: de orden publico, intransigibles, irrenunciables, interdependientes entre si, indivisibles.

Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a conocer a su padre, madre y a ser cuidados por ellos, tienen derecho a ser criados en el seno de su familia de origen y en los casos en que ello

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