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La Eutanasia y el Derecho a la vida


Enviado por   •  17 de Abril de 2016  •  Ensayos  •  3.459 Palabras (14 Páginas)  •  274 Visitas

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LA EUTANASIA Y EL DERECHO A LA VIDA.

No cabe duda que desde que los seres humanos aparecieron en la tierra, ellos fueron dotados de ciertos derechos inamovibles y es el derecho a la vida uno de los más relevantes, ya que gracias a él se establecieron todos los otros derechos humanos debido a que sin vida pierde validez cualquier otro derecho de un ser humano. Pero cuando se ve afectado por unas condiciones de salud lamentables, que llevan a quien las padece a verse en una situación en la cual se ve recluido en una unidad de cuidados intensivos, de la cual no se sabe si saldrá, donde su existencia está en la cuerda floja, donde puede existir una salida irreversible, donde la existencia dependerá en el futuro de medios extraordinarios, conectado a máquinas como el respirador artificial, cabe preguntarse si se está cuidando la vida o prolongando la agonía que puede llevar a la muerte. Sin duda este es un tema controvertido, un tema sobre el que todo el mundo puede tener una opinión basada en principios morales, éticos, legales o religiosos. Pero para poder tratar esta polémica, primero habría que definirse las dos nociones: Eutanasia y Derecho a la vida. Principalmente la eutanasia es la acción u omisión que acelera la muerte de un paciente desahuciado con la intención de evitar sufrimientos. El concepto está asociado a la muerte sin sufrimiento físico. La palabra eutanasia deriva de dos voces griegas eu y tanatos cuyos significados son respectivamente “buena muerte”;  en los romanos esta práctica se entiende como la muerte sin dolor por miedo a afrontar conscientemente el sufrimiento y la propia destrucción y por el lado de los Estoicos, la eutanasia está vista como “la preferencia a quitarse la vida, a tener una vida sin sentido y con sufrimiento”, y también ven a la muerte como “una afirmación de la libre voluntad.” Ahora bien, el derecho a la vida es el derecho que se reconoce a cualquier ser humano que le protege de ser privado de la vida por terceros, el derecho usualmente se reconoce por el simple hecho de estar vivo. Entre los derechos del hombre, sin duda el más importante es el derecho a la vida, pues es la razón de ser de los demás, ya que no tendría sentido garantizar la propiedad, la religión o la cultura, si el sujeto al que se los concede está muerto. El derecho a la vida está plasmado en el artículo 3° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona", y al mismo tiempo se encuentra en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 43 el cual dicta que: “El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma.”  

La eutanasia es un tema tratado hoy en día muy frecuentemente en los ámbitos: político, médico, religioso y hasta jurídico. Desde los puntos de vista político y jurídico se puede considerar a la eutanasia como una práctica, en casos puntuales como un acto ilegal y que va en contra de la ley de un estado, a veces considerándola hasta como homicidio, mientras que en otros casos se la puede tener en cuenta como una acto legal y que es defendida por algunos países; por lo que no es recomendable analizar a la eutanasia como buena o mala ya que es en el sentido estrictamente legal del término. Si se trata desde el punto de vista médico se puede afirmar que la práctica de la eutanasia va en contra de lo que representa la medicina ya que la medicina tiene como fin curar a los enfermos y darles la oportunidad de seguir con vida; mientras que la eutanasia sería privar a alguien de su vida y eso no cumple con los deberes de los médicos. La eutanasia se vuelve en contra del médico que la practique debido a que puede resultar fácil que el médico se deslice hacia una habitualidad en la práctica de la eutanasia una vez admitida la gravedad de la enfermedad o el caso crítico que se presente; y por otro lado, la eutanasia acaba con la base del acto médico; así como con la confianza del paciente en el médico. Al analizarlo desde el punto de vista religioso podemos decir que la eutanasia atenta contra el derecho exclusivo de Dios sobre la vida del hombre y que además atenta contra el amor hacia uno mismo. Actualmente sigue latente el poderío de la Iglesia, la influencia de ésta en la sociedad, el impacto y las consecuencias que sus declaraciones tienen sobre las personas. El tema de la eutanasia no está exento: la Carta Encíclica del fallecido Papa Juan Pablo II, de la cual se extraen un par de fragmentos, establece: “[...] De acuerdo con el Magisterio de mis Predecesores y en comunión con los Obispos de la Iglesia Católica, confirmo que la eutanasia es una grave violación de la Ley de Dios, en cuanto eliminación deliberada y moralmente inaceptable de una persona humana. Esta doctrina se fundamenta en la ley natural y en la Palabra de Dios escrita; es transmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal.” “Vivir para el Señor significa también reconocer que el sufrimiento, aun siendo en sí mismo un mal y una prueba, puede siempre llegar a ser fuente de bien. Llega a serlo si se vive con amor y por amor, participando, por don gratuito de Dios y por libre decisión personal, en el sufrimiento mismo de Cristo crucificado. De este modo, quien vive su sufrimiento en el Señor se configura más plenamente a Él (cf. Flp 3, 10; 1 P 2, 21) y se asocia más íntimamente a su obra redentora en favor de la Iglesia y de la humanidad. ” De este subrayado se observa que la Iglesia es partidaria de la posición extrema del don sagrado de la vida. Ahora bien, siendo la eutanasia un tema de modo médico y científico, hay que destacar los tipos que existen actualmente. Se debe distinguir entre dos tipos de eutanasia; la activa y la pasiva. La eutanasia activa consiste en cualquier acción directa por parte de un tercero (normalmente médicos) que tenga como finalidad y consecuencia acabar con la vida de la persona sobre la que se ejerce la acción. Con acción directa se entiende una conducta activa, como puede ser la administración de algún tipo de sustancia o fármaco, o la aplicación de alguna técnica que produzca la muerte del paciente. Este tipo de eutanasia, la activa, es absolutamente incompatible con el contenido del derecho a la vida, ya que es un tercero el que interviene de forma directa y activa en el cuerpo de la persona a la que provoca la muerte. La eutanasia activa significa que el médico administra personalmente una droga letal. La muerte se busca para finalizar una vida que ha llegado a ser intolerable por el sufrimiento a causa de que el paciente no quiere continuar viviendo o porque la vida ha adquirido tal condición mínima que no merece ser considerada digna. En los últimos años ha habido un considerable debate acerca de lo ético que sería el permitir la eutanasia activa voluntaria y el suicidio asistido para enfermos terminales. El suicidio asistido significa que el médico provee los medios necesarios para que el paciente finalice su vida. El considerable avance de la Medicina en los últimos años ha llevado a evaluar si es obligatorio usar todos los medios posibles para mantener a una persona viva o si se ha de usar toda la terapia disponible, aun cuando hay pocas posibilidades de obtener algún progreso. Se discute la cuestión del derecho a morir con dignidad. Para algunos, morir con dignidad significa morir sin dolor por intervención médica directa o suicidio asistido. Cualquier muerte que sea acompañada por el sufrimiento es considerada como indigna en la mentalidad de la sociedad de hoy. Enfocando un poco más el ámbito médico, La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la eutanasia como aquella "acción del médico que provoca deliberadamente la muerte del paciente." En caso de la eutanasia en Venezuela, los médicos venezolanos se rigen por el Código de Deontología Médica que enseña que se debe indicar a los pacientes terminales (aquellos cuya enfermedad hace que no duren más de tres meses con vida) que pueden sobrellevar la enfermedad con los tratamientos requeridos en un ambiente de cuidado familiar y con la guía espiritual que su fe así lo requiera.
Y en este mismo código se plasma todo lo referido a los enfermos terminales y la actuación médica. El artículo 77 expresa
: El moribundo tiene derecho a exigir se le permita morir sin la aplicación indiscriminada de medidas extraordinarias de mantenimiento artificial de la vida, respetándose también su decisión de que no le sean aplicadas medidas de reanimación. El desatender este deseo puede considerarse como una violación a los derechos del enfermo de morir en paz. La interrupción de las medidas extraordinarias no exonera al médico de su obligación de asistir al moribundo y suministrarle la ayuda necesaria para mitigar la fase final de su enfermedad.” Y de forma más explícita, para entender la ilegalidad de ésta práctica en el país, el artículo 80 establece que: “Es obligación fundamental del médico el alivio del sufrimiento humano. No puede, en ninguna circunstancia, provocar deliberadamente la muerte del enfermo aún cuando éste o sus familiares lo soliciten.” Por otro lado, El abogado Román Reyes Vásquez defiende la práctica de la eutanasia alegando que hay, desde el 2003, luego de una ponencia del Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia venezolano, Angulo Fontiveros Paolini (que está considerado en el Proyecto de Reforma del Código Penal Venezolano, incluyéndolo en el artículo 217, que despenaliza el Homicidio por Piedad o Eutanasia), condiciones para la práctica de la eutanasia en Venezuela, al crear dos contextos de validación de este tipo de accionar: la primera, se exima de responsabilidad penal, siempre que concurran la última voluntad expresa del paciente; y la segunda, a tipo de atenuante de la pena de homicidio intencional, cuando dicho requisito no exista. Lo cierto es que en dicho artículo se distinguen tres tipos de acciones distintas: hacer cesar el tratamiento médico; administrar calmantes en dosis masivas; y/o causar la muerte por piedad y de modo directo. En todo caso, se requerirá indefectiblemente el consentimiento del paciente y dado de un modo consciente, expreso e inequívoco, lo que se conoce como Testamento Vital. El testamento vital es un documento con indicaciones anticipadas que realiza una persona en situación de lucidez mental para que sea tenido en cuenta cuando, a causa de una enfermedad o de otro evento, y con una condición física o mental incurable o irreversible y sin expectativas de curación, ya no le sea posible expresar su voluntad. Esta última opinión expuesta indica claramente que existe una tendencia por parte de muchos expertos a nivel mundial sobre el hecho de aceptar la moralidad de la eutanasia en un esfuerzo por conquistar el consenso público y así legalizar esta práctica que con el pasar del tiempo ha generado mucha polémica en todos los ámbitos de la sociedad. Pero los argumentos no sobran para intentar emitir un juicio ético sobre si existe el derecho a cometer suicidio o de pedir una acción eutanásica para enfermos terminales. El primer argumento a tratar es sobre la pobre calidad de vida, ya que algunos alegan que muchas veces vivir puede ser peor que morir; esto debido a que el dolor y el sufrimiento causado por una enfermedad terminal pueden hacer la vida tan agonizante y difícil de llevar que la muerte puede parecer un acto humanitario y se considera racional que el médico ayude al suicidio como una forma de morir con dignidad. Pero en forma crítica a este argumento, puede decirse que muchos confunden la salud con la vida como tal, ya que a pesar del dolor y sufrimiento físico, también existen muestras de cariño y contacto humano que no se cambian ni con la muerte. Como segundo argumento se tiene el respeto a la autonomía del enfermo; considerando que cada persona tiene derecho a decidir sobre cómo vivir su vida, así mismo de cómo acabar con ella, logrando así evitar el sufrimiento por medio de su propia muerte. Aunque la crítica que existe con respecto a esto, es que el enfermo o paciente en estado terminal se encuentra en un estado muy vulnerable debido a la enfermedad; demostrando depresión, ansiedad, miedo, rechazo o culpabilidad, y por estos síntomas se pueden tomar decisiones sin una conciencia clara, o también escuchar opiniones externas que atenten contra su vida. El tercer argumento es el tener compasión por el que sufre; sobre lo cual no hay mucho que se pueda explicar, solo que este tipo de beneficencia la realiza el médico para aliviar de manera más rápida el dolor y sufrimiento del paciente, contando también de que el suicidio asistido sea parte de esta compasión. Como crítica a este argumento, cabe destacar que si existe beneficencia por parte del médico debe ser dirigida a calmar el dolor y sufrimiento minimizando en lo posible los mismos por medios legales y no dando muerte al paciente de forma deliberada, ya que se pierde la relación entre ambos y se genera una desconfianza hacia el médico que realice esta práctica. Un cuarto argumento es que el suicidio no sea considerado como culpabilidad; ya que en muchas jurisdicciones no se penaliza el suicidio, debido a que la persona que comete este acto generalmente es por depresión o algún sentimiento semejante, así mismo el enfermo terminal que desee aplicar suicidio es para aliviar sufrimiento propio y esto hace surgir el concepto de un suicidio racional. Pero tomando esta opinión de manera crítica, el suicidio sigue considerado un mal en la sociedad y cuando alguien intenta suicidarse se buscan maneras para evitar que suceda, y si es algún problema psicológico se busca de alguna forma u otra ayuda profesional para no llegar a este punto tan crítico y la persona considere su vida como lo más valioso que puede tener. Como último argumento se expresa el deber de no imponer cargas pesadas a los parientes y seres queridos, ya que muchas veces los tratamientos pueden resultar muy costosos para que al final solo se alargue un corto período de tiempo la vida del paciente; es por eso que muchos deciden poner fin a su vida para evitar que los seres más cercanos pasen apuros y les recaiga todo el peso económico que amerita el tratamiento de una enfermedad terminal. Así mismo existe un acto ético ya que puede considerarse que el enfermo terminal, pudiendo evitar la muerte, done su vida por el bien de los demás. Como vista crítica a este argumento, a pesar de lo costoso que sea el tratar a un enfermo terminal, las personas más allegadas deben intentar en lo posible mantenerlo con vida, ya que es suficiente con el sufrimiento físico, para que también lo abandonen en un momento tan delicado de su vida, así mismo cuando el paciente intenta convencer de que no quiere seguir viviendo por el hecho de evitarle contratiempos a sus allegados, hay que guiarlo y aconsejarlo para que cambie su postura y se dé cuenta que más que una carga, el recibir ayuda es un gesto de que muchas personas lo quieren ver viviendo. Para finalizar con la idea de estos argumentos, muchos practicantes de la medicina y el derecho alegan que esta acción sobre el enfermo, con intención de quitarle la vida, se llamaba, se llama y debería seguir llamándose homicidio. La información y conocimiento del paciente sobre su enfermedad y su demanda libre y voluntaria de poner fin a su vida, el llamado suicidio asistido, no modifica que sea un homicidio, ya que lo que se propone entra en grave conflicto con los principios rectores del Derecho y de la Medicina en estos últimos tiempos.

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