La determinación de la ley
josealfreTutorial25 de Febrero de 2014
2.572 Palabras (11 Páginas)272 Visitas
SISTEMAS DUROS
Los sistemas duros se identifican como aquellos en que interactúan hombres y máquinas. En los que se les da mayor importancia a la parte tecnológica en contraste con la parte social. El componente social de estos sistemas se considera como si la actuación o comportamiento del individuo o del grupo social sólo fuera generador de estadísticas. En los sistemas duros se cree y actúa como si los problemas consistieran sólo en escoger el mejor medio, el óptimo, para reducir la diferencia entre un estado que se desea alcanzar y el estado actual de la situación. Esta diferencia define la necesidad a satisfacer el objetivo, eliminándola o reduciéndola, Se cree que ese fin es claro y fácilmente definible y que los problemas tienen una estructura fácilmente identificable
SISTEMAS BLANDOS
Un sistema blando es aquel que está conformado por actividades humanas, tiene un fin perdurable en el tiempo y presenta problemáticas inestructuradas o blandas; es decir aquellas problemáticas de difícil definición y carentes de estructura, en las que los fines, metas, propósitos, son problemáticos en sí.
derecho
La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.
A la hora de hablar de derecho es fundamental que establezcamos cuales son sus fuentes, es decir, las ideas y los fundamentos en los que se basa aquel para poder desarrollarse y establecer sus principios básicos. En este sentido, tenemos que subrayar que sus citadas fuentes pueden determinarse, de manera general, en tres grandes categorías:
Las reales, que son las que vienen a establecer lo que es el contenido de una ley en cuestión.
Las históricas, que son todos aquellos documentos antiguos que se emplean para referirse a los que tienen el contenido de una ley.
Las formales, que son las que se definen como todas aquellas acciones realizadas por distintos entes (individuos, Estado, organismos…) para proceder a crear lo que es la ley. Dentro de dicha categoría nos encontramos a su vez con la jurisprudencia, los tratados internacionales, la costumbre
Lee todo en: Definición de derecho - Qué es, Significado y Concepto http://definicion.de/derecho/#ixzz2roa2TEXe
Tipos de Derecho por su conceptualizacion
El Derecho por su conceptualizacion se puede dividir en dos grandes grupos : Objetivo y Sujetivo
Se puede definir como las normas que rigen el actuar del hombre dentro de la sociedad, y a ella misma; a su vez se divide en dos grupos: Publico y Privado . A su vez tienen mucha vinculacion con otras ciencias o profesiones del ser humano.
Es el que se refiere a la organización de las cosas publicas, o sea que regula las relaciones del Estado con : los demas Estados, Organizaciones Publicas, Los Individuos, y a su vez el que regula las relaciones de los Individuos con la Sociedad a la que pertenece y las relaciones de la misma entre si. Se puede dividir en varias clasificaciones basadas en su relacion con otras ciencias y por su objetividad : Derecho Penal, Derecho Constitucional, Derecho Electoral, Derecho Administrativo, Derecho Fiscal, Derecho Tributario, Derecho Agrario, Militar, etc. (* Vease Capitulo II : " Division del Derecho por su Relacion con otras Ciencias").
Es el que se refiere a la organización de las cosas publica nacionales de un pais.
Derecho Publico Nacional :
Derecho Publico Internacional :
Es el que se refiere a la organización de las cosas publicas nacionales y internacionales y su relacion con el Estado, con los demas Estados, y la sociedad en si, de un pais determinado .
Derecho Publico :
Es el que se refiere o actua al interes de los sujetos entre si y concierne a las relaciones del individuo con sus semejante para satisfacer sus necesidades personales . Se puede dividir en varias clasificaciones basadas en su relacion con otras ciencias y por su objetividad: Derecho Civil, Comercial, Maritimo, Intrnacional, Derecho de Trabajo, Etc. (* Vease Capitulo II : " Division del Derecho por su Relacion con otras Ciencias").
Es el que se refiere o actua al interes de los sujetos entre si y concierne a las relaciones del individuo con sus semejante para satisfacer sus necesidades personales en un pais determinado
Derecho Privado Nacional :
Derecho Privado Internacional :
Derecho Privado :
Es el que se refiere o actua al interes de los sujetos entre si y concierne a las relaciones del individuo con sus semejante para satisfacer sus necesidades personales de manera internacional .
Derecho Objetivo :
Derecho Sujetivo :
Se puede definir como el conjunto de facultades, beneficios, privilegios, ventajas, inmunidades, libertades, que nos pertenecen y de las cuales disfrutamos de origen y de esencia . Se puede dividir en varios grupos partiendo desde diferentes puntos de vista:
1.3.2.1. Según la Conducta :
1.3.2.1.1. Derecho Sujetivo a la Conducta Propia :
Cuando el Derecho faculta a la conducta propia de hacer algo, o sea la facultad de hacer.
1.3.2.1.2. Derecho Sujetivo a la Conducta Ajena :
Cuando el Derecho faculta la conducta propia a exigir algo.
1.3.2.2. Según su dependencia con otro Derecho :
1.3.2.2.1. Derecho Sujetivo Dependiente :
Es el que se fundamenta en en otro Derecho o en un deber juridico del titular.
1.3.2.2.1. Derecho Sujetivo Independiente:
Es el que se fundamenta en un deber o en un derecho del mismo sujeto.
1.3.2.3.Según las facultades frente al poder publico o frente a un sujeto particular:
1.3.2.3.1. Derecho Sujetivo Publico:
Es la facultad que posee el particular o sujeto frente al poder publico, representado por las limitaciones que el Estado se impone a si mismo.
1.3.2.3.2. Derecho Sujetivo Privado :
Es el conjunto de facultades juridicas exigibles frente al titular de un derecho.
Es el Derecho que puede apreciarse en dinero o valor moneda.
Derecho Patrimonial :
Derecho Extrapatrimonial :
Es el Derecho que no es suceptible a apreciarse por medio del valor monetario.
Según su valor economico :
Es aquel que ejercitamos de forma inmediata sobre una cosa o derecho.
Es el Derecho que tiene su utilidad en sí mismo, permitiendo a la persona titular de este Derecho, a ejercer su poder sobre un bien determinado.
Derecho Real Principal :
Derecho Real Accesorio o Secundario:
Es el Derecho que tiene por objeto permitir a su titular disponer de una cosa, a traves de una garantia para la ejecucion de un Derecho Personal o de Credito. O sea es aquel otorgado a un acreedor sobre una cosa con el objeto de garantizar el pago de un credito.
Derecho Real :
Es el Derecho que otorga a su titular o a quien lo posee, el poder de exigir de otra persona una prestacion que puede consistir en dar, hacer o no hacer una cosa . O sea un acreedor puede exigir al deudor un hecho, una renuncia o la entrega de la cosa adeudada.
Derecho Personal o De Credito:
Es el Derecho que se exige sobre un objeto inmaterial, y muy particularmente sobre una obra del alma.
Es el Derecho moral del Autor sobe su obra, el cual no tiene un valor pecunario o economico.
Derecho Intelectual de Autor:
Derecho Intelectual de Explotacion:
Derecho Intelectual :
Es el Derecho que tiene el Autor de Explotar su obra, de Dar Derecho a Explotarla y de no dar Derecho alguno, así como también del Derecho que tiene de exigir que nadie aproveche la misma, de manera lucrativa.
Según los que recaen sobre una cosa, persona o actividad intelectual:
Es el Derecho que recae sobre un objeto material.
Derecho Corporal :
Derecho Incorporal :
Es el Derecho que tienen por objeto una cosa inmaterial .
Según los que tienen por objeto una cosa material :
Es el Derecho que recae sobre los muebles .
Derecho Mobiliario :
Derecho Inmobiliario :
Es el Derecho que recae sobre los inmuebles.
Según la naturaleza de la cosa :
Es el Derecho que puede ser opuesto a todo el mundo sin distincion, siempre y cuando no intervenga con el orden publico y social.
Derecho Absoluto :
Derecho Relativo:
Es el Derecho que se fundamenta cuando la obligacion corresponde o importa solo a varios
...