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La exportación de bienes o servicios


Enviado por   •  23 de Abril de 2015  •  Informes  •  1.543 Palabras (7 Páginas)  •  361 Visitas

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EXPORTACION:

La exportación también es el conjunto de las mercancías o géneros que se exportan.

Puede decirse, por lo tanto, que una exportación es un bien o servicio que es enviado a otra parte del mundo con fines comerciales. El envío puede concretarse por distintas vías de transporte, ya sea terrestre, marítimo o aéreo. Incluso puede tratarse de una exportación de servicios que no implique el envío de algo físico. Ese es el caso de quienes ofrecen su trabajo a través de Internet y lo envían en formato digital (documentos de texto, imágenes, etc.).

MODALIDADES DE EXPORTACIÓN:

1. Exportación definitiva: Consiste en la salida de mercancías del territorio nacional para permanecer en el extranjero de forma indefinida para su libre disposición

2. Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo: Es la modalidad de exportación que regula la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para ser sometidas a transformación, elaboración, o reparación en el exterior o en una Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios, debiendo ser reimportadas dentro del plazo que la Aduana autorice para cada caso antes de su exportación.

3. Exportación temporal para reimportación en el mismo estado. Es la modalidad de exportación que regula la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para atender una finalidad específica en el exterior, en un plazo determinado, durante el cual deberán ser reimportadas sin haber experimentado modificación alguna

4. Reexportación. La reexportación es la modalidad de exportación que regula la salida definitiva del territorio aduanero nacional de mercancías que estuvieran sometidas a una modalidad de importación temporal o a la modalidad de transformación y ensamble

5. Reembarque. Es la modalidad de exportación que regula la salida del territorio aduanero nacional de mercancías procedentes del exterior que se encuentren en almacenamiento y respecto de las cuales no haya operado el abandono legal ni hayan sido sometidas a ninguna modalidad de

6. Exportación de muestra sin valor comercial. Para efectos del régimen de exportación se consideran muestras sin valor comercial aquellas mercancías declaradas como tales, cuyo valor FOB total no sobrepase el monto que señale la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución.

La importación lo que hace es trasladar de manera formal y legal productos que se producen en otro país y que son demandados para el consumo y el uso del país al que se llevan. Las importaciones, es decir, los productos que se importan, ingresan al país de recepción a través de las fronteras y normalmente están sujetos al pago de cánones que establece el país en cuestión. Asimismo, existen otras tantas condiciones que se imponen para regular esta actividad comercial.

El objetivo primordial que se persigue con la importación es el de poder adquirir, disponer, productos, bienes, que no se producen en un país y sí en otro, o que se consiguen más baratos en otra nación, o son de mejor calidad

MPORTACION ORDINARIA

Es la introduccion de mercancias de procedencia extranjera al territorio aduanero nacional con el fin de permanecer en el de manera indefinida en libre disposicion con el pago de tributos aduaneros siguiendo con lo establecido por la DIAN para un proceso de importacion.

IMPORTACION CON FRANQUICIA

žAquella que en virtud de tratado convenio o ley goza de exención total o parcial de tributos Aduaneros y con base en la cual la mercancía queda en disposición restringida salvo lo dispuesto en la norma que consagra el beneficio

REIMPORTACION POR PERFECCIONAMIENTO PASIVO

žLa reimportación de mercancía exportada temporalmente para elaboración reparación o transformación causará tributos aduaneros sobre el valor agregado en el exterior incluidos gastos complementarios a dichas operaciones para la cual se aplicara tarifas correspondientes a ala sub-partida arancelaria del producto terminado que se importa. La mercancía así importada quedara en libre disposición

REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO

žPodrá importar sin el pago de tributos aduaneros la mercancía exportada temporal o definitivamente que esta en libre disposición siempre que no haya sufrido modificación en el extranjero y se establezca plenamente que la mercancía que se reimporta es la misma que fue exportada y se haya cancelado los impuestos internos exonerados y reintegrado los beneficios obtenidos con la exportación así quedará en libre disposición

IMPORTACION EN CUMPLIMIENTO DE GARANTIA

žSe podrá importar sin el pago de tributos aduaneros la mercancía que en cumplimiento de garantía del fabricante o proveedor se haya reparado en el exterior o reemplace otra previamente exportada al estar averiada o defectuosa o impropia para el fin con la que fue importada

IMPORTACION TEMPORAL PARA REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADO

žEs la importación al TANC con suspensión de tributos de determinadas mercancías destinadas a ser reexportadas en un plazo señalado sin haber sido modificados, con excepción de la depreciación normal originada en el uso que se les haga bajo esta modalidad no se importaron fungibles ni las que podrán ser importadas totalmente

IMPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO

a) Importacion Temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital:

Es la modalidad que permite la importacio de bienes de capital o sus partes y repuestos con suspension de tributos aduaneros destinados a ser exportados despues de haber sido sometidos a reparacion o acondicionamiento, en un plazo no superior a seis meses.

b) Importacion Temporal en desarrollo de sistemas especiales de Importacion y Exportacion

La modalidad que permite recibir dentro del territorio aduanero nacional mercancia con suspension total o parcial de tributos aduaneros , mercancias especificas destinadas a ser exportadas total o parcialmente en un plazo determinado, despues de haber sufrido transformacion, reparacion o elaboracion, asi como los insumos necesarios para estas operaciones.

c) Importacion Temporal para Procesamiento Industrial:

Es la modalidad donde se importan temporalmente materias primas o insumos a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura por parte de usuarios altamente exportadores y autorizados por la autoridad aduanera quedando en disposición restringida.

IMPORTACION PARA TRANSFORMACION O ENSAMBLE

Es la modalidad bajo la cual se importa mercancías que van a ser sometidas a proceso de transformación o ensamble por parte de industrias reconocidas como tales por la autoridad competente y autorizadas quedando en disposición restringida el autorizado deberá presentar declaración de importación indicando la modalidad sin el pago de tributos, la DIAN dará instrucciones y habilitara el deposito donde se almacenará la mercancía que será sometida a transformación o ensamble

MENAJE DOMESTICO

Los residentes en el exterior que ingresen al TANC para fijar su residencia tendrán derecho a introducir los efectos personales y menaje domestico correspondiente a su unidad familiar sin que requiera registro a licencia de importación para efectos de la importación la DIAN establecerá los artículos y cantidades que podrán someterse a esta modalidad de importación

VIAJEROS

Esta modalidad solo es aplicable a mercancías que no constituyan expedición comercial o sean introducidas por viajeros en terminos consistentes exclusivamente en bienes de uso personal o familiar , bienes destinados a ser objeto de regalo sin que por su naturaleza o su cantidad reflejen intencion alguna de caracter comercial.

El mercado de divisas o mercado de cambios es donde se establece el valor de las monedas en que se van a realizar las transacciones internacionales.

Como sucede en la mayor parte de los mercados de carácter financiero, no tiene sede física concreta, por lo que existirá mercado de divisas siempre que oferentes y demandantes se pongan de acuerdo para efectuar una transacción a un determinado precio. Sin embargo, el precio no tiene aquí el mismo sentido que en el resto de mercados, puesto que se trata de una relación de intercambio, denominándose tipo de cambio, en definitiva, al número de unidades de una moneda en función de otra u otras monedas, determinándose por la confluencia de la oferta y la demanda de divisas.

La demanda de divisas viene determinada por las importaciones (pesetas a cambio de divisas para el pago de las importaciones) y las salidas de capital (préstamo al exterior, etc.), que dependen de los siguientes factores:

• - Nivel de renta doméstica o nacional.

• - Precios relativos de los bienes.

• - Nivel de inversión doméstico.

• - Diferencial de intereses.

• - Saldo de la balanza de pagos.

La oferta de divisas viene determinada por las exportaciones y las entradas de capital, que dependen de los siguientes factores:

• - Renta mundial o actividad económica internacional.

• - Precios relativos.

• - Diferencial de intereses.

• - Calidad o competitividad de la producción doméstica.

MERCADO LIBRE

Mercado en el que compradores y vendedores tienen plena libertad para comerciar y no hay restricciones de precios ni de cantidades. Free market. mercado monetario

(En inglés: free market )

Mercado que se caracteriza por que los precios se forman por medio de la ley de la oferta y la demanda, sin la intervención gubernamental. Esto se traduce teóricamente en un mercado transparente, en el que los precios reflejan toda la información existente y de libre competencia.

Mercado donde el volumen intercambiado y los precios son determinados por la oferta y la demanda.

Importaciones y exportaciones de bienes; - Operaciones de endeudamiento celebradas por residentes en el país, así como los costos financieros inherentes a las mismas; - Inversiones de capital del exterior en el país, así como los rendimientos asociados a las mismas; - Inversiones de capital colombiano en el exterior, así como los rendimientos asociados a las mismas; - Inversiones financieras en títulos emitidos o en activos radicados en el exterior, así como los rendimientos asociados a las mismas, salvo cuando las inversiones se efectúen con divisas provenientes de operaciones que no deban canalizarse a través del mercado cambiario; - Avales y garantías en moneda extranjera; - Operaciones de derivados y operaciones peso-divisas

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