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La importancia de los intérpretes de las pruebas en el sistema acusatorio de contradicción


Enviado por   •  4 de Agosto de 2014  •  Tesinas  •  6.313 Palabras (26 Páginas)  •  253 Visitas

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE TLAXCALA

CENTRO DE INVESTIGACIONES JURÍDICO-POLITICAS

DR: ELIAS POLANCO BRAGA

MATERIA: PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO, JUEZ DE CONTROL Y JUEZ DE SENTENCIA.

TEMA: ETAPA INTERMEDIA ESCRITA

LIC: GERARDO HERNANDEZ VAZQUEZ

TLAXCALA DE XICOHENCATL, A 14 DE MARZO DE 2014.

INDICE

INTRODUCCION 3

DELIMITACION DEL PROBLEMA 4

MARCO TEORICO 4

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 9

MARCO JURIDICO 12

INDICE HIPOTETICO 17

REDACCION FINAL 19

BIBLIOGRAFIA 21

Introducción

El establecimiento de los juicios orales en México surge como una necesidad de reformar sustancialmente a los sistemas de justicia penal en el país, con el consiguiente derecho al inculpado de ser juzgado en audiencia pública, con la presencia del juez que ha de dictar su sentencia en el momento mismo de la audiencia y a la vista de todo aquel que quiera ser testigo de una renovada forma de impartir justicia

El nuevo sistema penal de juicios orales implica una modificación de los diferentes componentes que integran el sistema de justicia penal, en virtud de la sustitución del modelo penal mixto por uno predominantemente acusatorio y oral, regido por los principios procesales de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.

Estableciendo que un juicio oral es un procedimiento acusatorio que consta de la investigación, una etapa intermedia y la etapa del juicio oral, éste consiste en una audiencia que se lleva a cabo para decidir de forma definitiva sobre la culpabilidad o inocencia del imputado, también contiene información específica sobre sus tres fases.

En este trabajo se pretende dar información sobre la etapa intermedia escrita de los juicios orales, la cual nos dice que: Es el conjunto de actos procesales que median desde la presentación de la acusación hasta la resolución que decide la posible apertura de la causa a juicio oral.

Cuya finalidad es Depurar, supervisar y controlar los presupuestos o bases de la imputación y de la acusación, primero por el propio órgano investigador y luego por el órgano judicial.

DELIMITACION DEL PROBLEMA

La investigación se realizará tomando en consideración aspectos como territorio, materia, tiempo; por lo que respecta al ámbito territorial se tomará en consideración el espacio geográfico que comprende el Estado de Tlaxcala, en razón de tener la posibilidad de estar en contado directo con el problema planteado, en razón de ser la Entidad Federativa en estudio.

De la misma forma la investigación se analizará, desde la perspectiva del Derecho Penal el cual determina la verdadera importancia de la etapa intermedia escrita de los juicios orales.

Por cuanto se refiere al ámbito temporal, se tomará en consideración a partir del día quince de marzo del año dos mil catorce al quince de marzo del año dos mil quince.

MARCO TEORICO

Recordemos que el juicio oral tiene raíces griegas en el Tribunal de los Heliastas, el cual tomaba su nombre de la helia, parte del ágora o plaza pública donde se constituía y sesionaba como una especie de jurado popular. El encausado comparecía ante el tribunal y de viva voz exponía su caso, como explica Platón en su Apología de Sócrates

También tiene raíces en la República romana, en la cual los procedimientos penales se realizaban con la sola intervención de los magistrados, cuyas decisiones se basaban generalmente en la costumbre. La publicidad se exigía al dictar el fallo. Se permitía la autodefensa. La sentencia y su ejecución dependían del arbitrio no de la arbitrariedad del magistrado. Cuando la pena impuesta era la de muerte o se trataba de una patrimonial superior a un mínimo determinado, se requería la confirmación de los Comicios ciudadanos, que eran asambleas del pueblo romano, reunidas para elegir a sus magistrados, como también para tratar de los negocios públicos.

Después de la República, llegó la época del Principado o del Imperio romano, en el cual se mantuvo la forma oral de la questio o accusatio consistente en el ejercicio de la acción ante el magistrado (nomen referre), quien tenía el deber de recibirla (nomen recipere) e instaurar el iudicium publicum. Una vez que el actor hacía la denuncia y escribía el nombre del demandado en el protocolo judicial, se iniciaba el proceso.

El procedimiento probatorio era oral y comenzaba con una breve exposición de los cargos por parte del actor, cargos que eran rechazados por el inculpado. Acto seguido se ofrecían pruebas, particularmente las testimoniales, e intervenían los abogados o jurisdicentes quienes realizaban una exposición del caso y llamaban a declarar a los testigos, empezando por los del actor y continuando con los del demandado. Desahogadas las pruebas, el jurado procedía a evaluarlas para dictar sentencia, ya fuera ésta absolutoria o condenatoria.

Por cuanto hace a la evolución histórica de los juicios en México, estos eran practicados por los aztecas; la justicia se administraba sin mayores formalidades; los encargados de impartir justicia

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