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La medicina forense en España

mayteramiresalbaEnsayo12 de Septiembre de 2012

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La medicina forense en EspañaEn España, los médicos forenses son funcionarios pertenecientes al Cuerpo Nacional de Médicos Forenses, dependencia del Ministerio de Justicia, para lo que deben aprobar una oposición o prueba de ingreso y después pasar un período de formación.

En España, la medicina legal se desarrolla en dos ámbitos:

La medicina forense propiamente dicha, cuyo ejercicio depende y se desarrolla directamente en la administración de justicia.

Otros ámbitos, que incluyen las cátedras universitarias de medicina legal y el ejercicio privado (principalmente como profesional autónomo o para una compañía de seguros).

La medicina forense propiamente dicha es ejercida por los miembros del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses, médicos que dependían orgánicamente del Ministerio de Justicia hasta que, entre marzo de 1996 (a Cataluña y País Vasco) y diciembre de 2008 (a Asturias) se han transferido a las Comunidades Autónomas las competencias del personal al servicio de la Administración de Justicia (incluidos los médicos forenses), restando todavía algunas que no han recibido dicha transferencia (Baleares, Cantabria, Castilla La Mancha, Castilla y León, Murcia y La Rioja), en las que los médicos forenses siguen dependiendo del Ministerio de Justicia.

Los médicos forenses se rigen actualmente por el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses, de 1996.

En la mayor parte de los casos ejercen sus funciones a través de los Institutos de Medicina Legal, de los que debería existir al menos uno en cada Comunidad Autónoma. El trabajo en estos institutos ha de permitir un mayor acceso a medios técnicos, así como una mejor organización y coordinación entre los médicos forenses de un territorio determinado, dejando así de trabajar de un modo radicalmente aislado, como ocurría cuando la adscripción era exclusiva al juzgado. No obstante, los Institutos de Medicina Legal están todavía comenzando su rodaje e incluso hasta la fecha resta uno, el de Madrid, que está creado sobre el papel pero sin entrar en funcionamiento.

El trabajo concreto de los médicos forenses se desarrolla en los juzgados (de hecho, hasta la creación de los Institutos de Medicina Legal trabajaban formalmente a las órdenes directas del juez correspondiente) fiscalías (de menores) y en alguna de las sedes del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, así como excepcionalmente en algún puesto específico de la Administración de Justicia.

La figura de los médicos forenses es la de peritos, expertos en medicina que trabajan directamente para la Administración de Justicia como funcionarios públicos. En su trabajo, emiten los informes que les son requeridos sobre cualquier materia médica que pueda ser de interés para jueces y/o fiscales. De forma más concreta, sus dictámenes incluyen las siguientes materias:

Determinación de las causas y circunstancias de la muerte en casos de muerte violenta o sospechosa de criminalidad, mediante la práctica de la autopsia judicial (que abarca tanto el examen del lugar de los hechos durante la diligencia de levantamiento del cadáver -a la que en los últimos años suelen acudir comisionados por el juez, sin la directa presencia de éste, que no obstante acudirá si lo considera oportuno- como el examen externo e interno del cadáver). Y todo ello tanto en casos de muertes recientes como en muertes antiguas (en este caso mediante el estudio de restos cadavéricos y/o restos óseos).

Emisión de dictámenes de defunción en casos de muertes naturales, actuando en tal caso como médicos del Registro Civil (cuerpo extinguido en 1992, en que fue integrado en el de médicos forenses).

Valoración del daño corporal para casos de lesiones físicas o psíquicas en agresión, maltrato habitual, accidentes de tráfico,

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