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Legislacion

redsadow115 de Octubre de 2014

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LAS NORMAS JURÍDICAS, MORALES, RELIGIOSAS Y DEL TRATO SOCIAL

Las normas morales, religiosas y sociales tienen características similares.

Normas Morales: Depende de la formación del individuo, de la educación familiar y del grupo en el que se desenvuelve. Ej. Valores, principios. Esta norma no tiene sanción por orden del estado.

Normas Religiosas: Libertad de creencias, todo individuo está en libertad de tener creencias religiosas de cualquier índole.

Normas Sociales: Son las normas de urbanidad, de etiqueta, y si no se cumplen la persona queda aislada de la sociedad.

Normas Jurídicas: Tienen sanción por orden del Estado.

SUS CARACTERÍSTICAS SON:

1. Bilaterales: Tienen obligaciones y derechos.

2. Heterónomas: Nos sujetamos a un querer ajeno.

3. Coercibles: Son obligatorias

4. Exteriores: Regulan la conducta externa de la persona.

DERECHO AGRARIO

El derecho (del latín directum) está formado por los postulados de justicia que constituyen el orden normativo e institucional de una sociedad. Se trata del conjunto de normas que permiten resolver los conflictos sociales. Lo agrario, por otra parte, está vinculado a la agricultura (los trabajos relacionados con el tratamiento del suelo, la plantación de vegetales y la transformación del medio ambiente para la satisfacción de las necesidades del ser humano).

Por tanto este concepto hace referencia a las cuestiones de leyes, reglamentos y disposiciones legales en torno a la propiedad rústica o las explotaciones rurales.

El derecho agrarioes el conjunto de las normas, los reglamentos, las leyes y las disposiciones que regulan la propiedad y organización territorial rústica y las explotaciones agrícolas.

En otras palabras, el derecho agrario es una rama del derecho que incluye las normas reguladoras de las relaciones jurídicas relacionadas a la agricultura. Esto supone que, en sus formas más básicas, los orígenes del derecho agrario se remontan mucho tiempo atrás. Hay que tener en cuenta, por ejemplo, que la explotación agrícola hizo que los hombres se vuelvan sedentarios y comiencen a considerar la propiedad privada sobre bienes inmuebles.

De todas maneras, el avance de la industria y de la tecnología aplicada a la agricultura ha hecho, que en las últimas décadas, el derecho agrario cobre mayor importancia. Las explotaciones agrícolas suponen un movimiento de millones de dólares, lo que implica que cada parte involucrada en el proceso quiera defender sus intereses.

Los profesionales del derecho que quieran incurrir en esta disciplina deben especializarse en las cuestiones agrarias . Por supuesto, las temáticas tratadas son específicas y no alcanza con los conocimientos meramente jurídicos.

Cabe mencionar que se conoce como reforma agraria son cambios que se llevan a cabo en una sociedad para mejorar las condiciones políticas o económicas con las que es tratado el sector agrario. Las mismas son encaminadas por esa porción del pueblo afectada a través de levantamientos sociales, huelgas o peticiones al Estado.

Estatutos que representan al sector agrario

Derecho agrarioDentro de este Derecho existe una parte dedicada especialmente a la forma en la que en el Estado se regulará la distribución de las aguas y tierras del mismo, donde se establecen los bienes de tipo comunal o privado.

A partir del siglo XVIII tuvo lugar en el mundo una ola indiscriminada de desarrollo lo cual contribuyó fuertemente con el progreso de la Humanidad desde dicha época hasta ahora hemos pasado por numerosos cambios, uno bastante fundamental es la forma en la que los gobiernos regulan sus propiedades y hacen regir la justicia.

En el campo también se vieron bruscas transformaciones que fueron modificando lentamente la forma de explotación, pasando de una época en la que quien realizaba todo el trabajo era el hombre, ayudado a animales o rústicas herramientas hasta la actualidad en el que la máquina ha reemplazado casi absolutamente al hombre. Debido a estos diferentes cambios fue necesario también amoldar la regulación jurídica que debía mantener un equilibrio en este espacio.

Los estatutos donde se ponen en palabra los Derechos Agrarios son imprescindibles cuando un Estado no cumple los tratados que ha firmado con la comunidad que se encarga de explotar el territorio rústico, porque es entonces cuando las entidades que representan las necesidades y derechos del sector agrario pueden existir a los gobiernos un cambio en su accionar o presionarlo, mediante una denuncia al incumplimiento de lo pautado en el código legislativo, para proporcionar una seguridad y estabilidad al sector campesino.

DERECHO LABORAL

La rama del derecho que se encarga de regular las relaciones que se establecen a raíz del trabajo humano se conoce como derecho laboral. Se trata del conjunto de reglas jurídicas que garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes que intervienen en una relación de trabajo.

El derecho laboral entiende al trabajo como aquella actividad que un individuo desarrolla con el objetivo de transformar el mundo exterior, y mediante la cual obtiene los medios materiales o bienes económicos para su subsistencia.

Es importante determinar que varias son las fuentes de las que bebe el citado derecho laboral para desarrollarse y establecer la justicia que se estima pertinente. En concreto, se establece que entre aquellas destacan la Constitución, los contratos de trabajo, los tratados internacionales existentes, la ley o los reglamentos.

Como hecho social, el trabajo contempla el establecimiento de relaciones que no son simétricas. El empleador (es decir, quien contrata a un trabajador) cuenta con una mayor fuerza y responsabilidad que el empleado. Por eso, el derecho laboral tiende a limitar la libertad de cada compañía a fin de proteger al involucrado más débil de esta estructura.

Esto supone que el derecho laboral se basa en un principio protector, a diferencia del derecho privado que se sustenta en un principio de igualdad jurídica. El derecho laboral, por lo tanto, debe aplicar, frente a la multiplicidad de normas, las reglas que resulten más beneficiosas para cada trabajador.

Este principio protector es uno de los más importantes que existen dentro de este citado ámbito, sin embargo, no podemos pasar por alto el hecho de que el derecho laboral también se basa en otros tales como es el caso del principio de razonabilidad. Este es aplicable tanto al propio empleador como al trabajador y viene a establecer que ambas figuras desarrollan sus derechos y sus deberes sin caer en conductas abusivas, lo harán en base al sentido común.

De igual manera también es importante subrayar el valor del principio de irrenunciabilidad de derechos. Esta máxima deja claro que ningún trabajador puede llevar a cabo la renuncia de los derechos que se le establecen como tal por parte de la legislación laboral. Eso supone, por ejemplo, que no pueda ni trabajar más horas de las que están establecidas ni que tampoco renuncie a cobrar menos de los que está estipulado.

Cabe resaltar que las relaciones laborales están regidas por una ley de contrato de trabajo y diversas normas complementarias. De todas formas, cada sector productivo cuenta con sus propias normas para regular las relaciones o ciertos aspectos de ellas, sin que estas normas impliquen una violación a la mencionada ley de contrato de trabajo.

Por otra parte, existen convenios colectivos de trabajo que se aplican a distintos grupos profesionales. Estos convenios colectivos son acuerdos que se negocian entre los empleadores y los empleados y que deben ser aprobados por el Estado.

Convenios estos que se deben caracterizar porque tienen que respetar en todo momento la legislación laboral existente. En concreto, se pueden establecer dos tipos: los convenios de empresa, en los que ejercen de interlocutores los delegados sindicales o los comités de empresa, y los convenios de rango superior donde son los sindicatos los encargados de tener la representatividad.

DERECHO PENAL

Con origen en el vocablo latino directum, el derecho se refiere a los postulados de justicia que conforman el orden normativo de una sociedad. Basándose en las relaciones sociales, el derecho es el conjunto de normas que ayudan a resolver los conflictos derivados de la conducta humana.

El derecho penal es la rama del derecho que establece y regula el castigo de los crímenes o delitos, a través de la imposición de ciertas penas (como la reclusión en prisión, por ejemplo).

Es posible distinguir entre derecho penal objetivo (ius poenale), que se refiere a las normas jurídicas penales en sí, y derecho penal subjetivo (ius puniendi), que contempla la aplicación de una sanción a aquellos que actualizan las hipótesis previstas por el derecho penal objetivo.

Sabemos que el derecho se encarga de regular las actividades de los hombres que viven en sociedad y que mantienen relaciones con el resto de los hombres. De esta forma, el derecho busca proteger la paz social con normas que son impuestas por la autoridad, quien, a su vez, tiene el monopolio del uso de la fuerza.

El principal objetivo del derecho penal es promover el respeto a los bienes jurídicos (todo bien vital de la comunidad o del individuo). Para esto, prohíbe las conductas que están dirigidas a lesionar o poner en peligro un bien jurídico. Lo que no puede hacer el derecho penal es evitar que sucedan ciertos efectos.

El Estado dispone de dos herramientas para reaccionar frente al delito: las medidas de seguridad (que buscan la prevención)

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