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MARTIN LOPEZ CASTRO


Enviado por   •  24 de Junio de 2013  •  Biografías  •  837 Palabras (4 Páginas)  •  446 Visitas

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Esp. No 61/13 .

MARTIN LOPEZ CASTRO

VS

MANUEL OSUNA QUEZADA

EJECUTIVO MERCANTIL

C.JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL

DEL EL FUERTE, SINALOA

PRESENTE:

MARTIN LOPEZ CASTRO mexicano, mayor de edad, casado, con domicilio para oír y recibir notificaciones en calle san miguel colonia infonavit #45, El Fuerte, Sinaloa, ante usted con el debido respeto, comparezco y expongo:

En mi carácter de Endosatario en Procuración de ADRIANA LIZETH MUNDO FELIX y en ejercicio de la acción cambiaría directa, ocurro con el presente escrito a promover JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL en contra del C. MANUEL OSUNA QUEZADA con domicilio en calle Belisario Domínguez Colonia El Centro, El Fuerte, Sinaloa, reclamando en su contra el pago de las siguientes prestaciones:

PRESTACIONES:

A)- El pago de la cantidad de $35,000.00 (treinta y cinco mil pesos 00/100 m.n.), como suerte principal

B)- El pago de los intereses moratorios a razón del 6% mensual pactados en el documento base de la acción desde su vencimiento hasta su total liquidación.

C)- El pago de gastos y costos que origine el presente juicio.

Fundándome para ello en los siguientes hechos:

HECHOS:

1.- En fecha veintiséis de enero del año dos mil ocho el hoy demandado suscribió un pagare a favor de mi endosante por la cantidad de $35,000.00 (treinta y cinco mil pesos 00/100m.n.), cuya fecha de vencimiento era el día veintiséis de marzo del año dos mil ocho.

2.- Al llegar el vencimiento del citado título de crédito mi endosante se presentó en el domicilio del hoy demandado con la finalidad de que le pagara el adeudo de referencia pero este se negó rotundamente ya cubrir el adeudo de referencia.

3.- En virtud de lo manifestado en el hecho que antecede, el Sr. MANUEL OSUNA QUEZADA se vio en la necesidad de endosar el documento base de la acción a favor del suscrito con la finalidad de llevar acabo su cobro por la vía y forma en que lo hago:

Con apoyo en lo dispuesto en el artículo 1401 del Código De Comercio ofrezco los siguientes:

MEDIOS DE PRUEBA:

1.- LA CONFESIONAL EXPRESA.- Derivada de la diligencia de embargo, probanza que ha de perfeccionarse en el momento en que se ponga a la vista del ahora demandado el documento base de la acción, para el reconocimiento de adeudo y firma cuya impresión aparece en los mismos.

Esta probanza se relaciona con todos y cada uno de los hechos de la presente

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