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MINUTA POR DEVOLUCION DE PATRIMONIO


Enviado por   •  13 de Enero de 2019  •  Documentos de Investigación  •  1.286 Palabras (6 Páginas)  •  126 Visitas

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NUMERO _____ (__). DEVOLUCION DE PATRIMONIO FIDEICOMETIDO. En la ciudad de Guatemala, el de ________de dos mil catorce, ante mí: , Notario, comparecen: Por una parte, el Licenciado CARLOS ALFREDO ROSALES CAMPO, quien manifiesta ser de cincuenta y un años, casado, guatemalteco, Economista, de este domicilio, se identifica con el Documento Personal de Identificación –DPI- con el Código Único de Identificación –CUI- numero dos mil quinientos noventa y seis, cincuenta y nueve mil ciento cincuenta, cero ciento uno (2596 59150 0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, quien actúa en su calidad de Mandatario Especial con Representación Legal de la entidad FINANCIERA G&T CONTINENTAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, personería que acredita con el Testimonio de la Escritura pública número dieciséis (16), autorizada en esta ciudad, el veintiuno de marzo de dos mil cinco, ante los oficios del Notario Estuardo Mario Gamalero Cordero, documento que se encuentra debidamente inscrito en el Registro de Poderes del Archivo General de Protocolos al número dieciséis mil ochocientos cincuenta y nueve guión E (16859-E) y en el Registro Mercantil General de la República al número cuarenta y cuatro mil novecientos setenta y nueve (44979), folio setecientos setenta y dos (772) del libro treinta y seis (36) de Mandatos. La entidad FINANCIERA G&T CONTINENTAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, comparece en este instrumento, a través de su representante legal, en su calidad de Fiduciario del “FIDEICOMISO DE MECANISMO DE PAGO TU PLAN EXPRESS”, lo cual se acredita con el Primer testimonio de la escritura pública Cuarenta y cinco (45), autorizada en esta ciudad, el diecisiete de marzo de dos mil cuatro, por el Notario Luis Enrique Secaira de León; y, por la otra parte, comparece el señor, quien manifiesta ser de y años, soltero, comerciante, guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica con la Cedula de Vecindad con nmero de Orden A guin uno  y registro ochocientos cuarenta y ocho mil treinta y nueve ( 848039)[a] extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, Departamento de Guatemala, a quien en el transcurso del presente instrumento se le podrá denominar como “El FIDEICOMITENTE ADHERENTE”. Yo, el Notario doy fe: a) De haber tenido a la vista los documentos de identificación personal y de representación antes indicados; b) Que la representación que se ejercita es suficiente de conformidad con la ley y a mi juicio para el presente acto; y, c) Que los comparecientes me aseguran encontrarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y ser de los datos de identificación anteriormente relacionados y que por el presente acto y en las calidades con que actúan otorgan DEVOLUCIÓN DE BIEN INMUEBLE FIDEICOMETIDO, contenida en las cláusulas siguientes. PRIMERA: ANTECEDENTES DE LA FUSIÓN DE FINANCIERA GUATEMALTECA, SOCIEDAD ANÓNIMA CON FINANCIERA G&T CONTINENTAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. Manifiesta el Licenciado Carlos Alfredo Rosales Campo, en la calidad con que actúa, que: a) FINANCIERA GUATEMALTECA, SOCIEDAD ANÓNIMA, se fusionó por absorción con FINANCIERA G&T CONTINENTAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de conformidad con lo que para el efecto establece la escritura pública número tres (3), autorizada en esta ciudad, el treinta de septiembre de dos mil once, ante los oficios del Notario Sergio Eduardo Romano Monzón, la cual quedó debidamente inscrita en el Registro Mercantil General de la República bajo el número sesenta y un mil trescientos noventa y ocho, folio cuarenta y cuatro, del libro ciento cincuenta y cinco de Sociedades Mercantiles; y, b) Como consecuencia de dicha fusión por absorción, Financiera G&T Continental, Sociedad Anónima, adquirió la totalidad de los derechos, obligaciones, activos y pasivos de la entidad FINANCIERA GUATEMALTECA, SOCIEDAD ANÓNIMA. En virtud de lo expuesto, el otorgante, solicita a la señora Registradora General de la Propiedad, se sirva inscribir los derechos que como fiduciario se le asignaron originalmente a la entidad Financiera Guatemalteca, Sociedad Anónima a nombre de la entidad FINANCIERA G&T CONTINENTAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. SEGUNDA: ANTECEDENTES DEL FIDEICOMISO: Continúa manifestando el Licenciado Carlos Alfredo Rosales Campo, en la calidad con que actúa, que: A) Mediante escritura pública número Cuarenta y cinco (45), autorizada en esta ciudad, el diecisiete de marzo de dos mil cuatro, por el Notario Luis Enrique Secaira de León, se constituyó el fideicomiso denominado “Fideicomiso de Mecanismo de Pago Tu Plan Express”, con el patrimonio fideicometido, plazo, finalidades y demás términos y condiciones que en dicho instrumento constan; B) A dicho Fideicomiso y por medio de la escritura, autorizada en esta ciudad el de dos mil , por el Notario, se adhirió el señor, [b]transmitiendo a dicho Fideicomiso el bien inmueble inscrito en el Registro General de la Propiedad como Finca número (), folio () del libro  () de Guatemala; y C) Que: FINANCIERA G & T CONTINENTAL, SOCIEDAD ANONIMA adquirió los derechos como Fiduciaria del Fideicomiso denominado “FIDEICOMISO DE MECANISMO DE PAGO TU PLAN EXPRESS”, mediante escritura pública numero novecientos cincuenta (950),  autorizada EL treinta de septiembre de dos mil once, por el Notario DIEGO ALEJOS RIVERA. TERCERA: AUTORIZACION PARA DEVOLVER EL PATRIMONIO FIDEICOMETIDO. Manifiesta el Licenciado Carlos Alfredo Rosales Campo, en la calidad con que actúa, que de conformidad con el primer testimonio de la escritura pública número (), que autorizó en esta ciudad el de de dos mil trece el Notario , que contiene Carta Total de Pago emitida por la entidad Tu Plan Express, Sociedad Anónima, y estando debidamente facultado para el presente acto, de conformidad con la Resolución de Gerencia de su representada, número  (), de fecha de de dos mil catorce, por este acto su representada devuelve a favor del Fideicomitente Adherente, el bien inmueble antes indicado y que forma parte del patrimonio fideicometido del “Fideicomiso de Mecanismo de Pago Tu Plan Express”. CUARTA: Manifiesta el Licenciado Carlos Alfredo Rosales Campo, en la calidad con que actúa, que sobre el bien inmueble devuelto por el presente acto, no pesa gravamen, limitación, litigio o anotación alguna, que puedan afectar los derechos de El Fideicomitente Adherente, obligándose por el presente acto al respectivo saneamiento de ley. QUINTA: ACEPTACIÓN. Por su parte, manifiesta el señor, que acepta el bien inmueble que por este acto se le devuelve. SEXTA: FINIQUITO. Manifiesta l señor[c] , que por este acto otorga el más amplio y eficaz finiquito a la entidad Financiera G&T Continental, Sociedad Anónima, en su calidad de Fiduciario del “Fideicomiso de Mecanismo de Pago Tu Plan Express”; a sus representantes legales y empleados, renunciando expresamente a cualquier derecho o acción de cualquier índole que le pudiera corresponder relacionado con el inmueble que en este acto se le devuelve. SEPTIMA: SEPARACIÓN DE FIDEICOMITENTE ADHERENTE: Manifiestan los comparecientes en las calidades en que actúan, que en virtud de la devolución del bien inmueble relacionado, que se le hace al señor, se le tendrá por separado del fideicomiso referido, siempre y cuando la presente devolución sea operada en el Registro General de la Propiedad. En tal virtud y bajo las condiciones estipuladas, el señor, no tendrá ninguna vinculación, derecho u obligación derivado del fideicomiso relacionado como fideicomitente adherente, por lo que no podrá hacer reclamación alguna posterior a cualquiera de las otras partes. OCTAVA: ACEPTACIÓN GENERAL. En los términos expuestos, los comparecientes aceptan el contenido de la presente escritura pública. Como Notario Doy Fe: a) De todo lo expuesto; b) De haber tenido a la vista los documentos mencionados en el cuerpo de este instrumento público, incluyendo la Resolución de Gerencia de Financiera G&T Continental, Sociedad Anónima, número (), de fecha ; y, c) De haber leido lo escrito a los comparecientes, quienes bien impuestos de su contenido, objeto, validez y efectos legales, así como de la obligación de registro del testimonio del presente instrumento, lo aceptan, ratifican y firman juntamente con el Notario que autoriza.

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