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Marco legal de las areas protegidas en Venezuela


Enviado por   •  6 de Julio de 2014  •  Trabajos  •  1.714 Palabras (7 Páginas)  •  552 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACION SUPERIOR

UBTJR “JESUS RIVERO”

NUCLEO FERROMINERA ORINOCO /INCANAL

ÁREAS BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL (ABRAE).

Facilitadora: Estudiante:

Beatriz Vargas Luis Flores

Puerto Ordaz, Junio 2014

INTRODUCCION

El impacto de las actividades económicas ejercidas por el ser humano en el ambiente no es nada alentador para el mantenimiento de la vida en el planeta. Por esa razón, se ha considerado necesaria la conservación de ciertas áreas en el globo. Para contribuir a la solución de este problema ambiental, el Estado venezolano ha establecido, mediante la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio, la delimitación de unas áreas denominadas Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE).

Las ABRAE poseen una serie de características y potencialidades ecológicas importantes y han sido decretadas por el Ejecutivo nacional para llevar a cabo funciones productoras, protectoras y recreativas.

Mediante la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, promulgada en 1983, en Venezuela se establecen la Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (A.B.R.A.E.), donde se incluyen a todas aquellas áreas que de acuerdo a las características y potenciales ecológicas que poseen, han sido decretadas por el ejecutivo nacional para cumplir funciones productoras, protectoras y recreativas.

La investigación de este material nos involucra a la búsqueda de la información para producir criterios y sentido de pertenencia por aquello que es importante para el ser humano y su entorno de vida, relativamente el producir criterios básicos y elementales para la preservación del habitat y medio ambiente tan necesario para el desarrollo y cuido de algo que nos debe hacer reflexionar de como poco a poco el hombre está degradando todos los espacios de habita, es por esto que se debe involucrar a todos en la búsqueda de conocimiento al respecto.

MARCO LEGAL DE LAS AREAS PROTEGIDAS EN VENEZUELA.

La constitución de la República Bolivariana de Venezuela sienta las bases de la importancia de las áreas protegidas dese dos perspectivas jurídicas. En este sentido la Constitución Bolivariana señala:

ARTICULO 127: “Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro…”

El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica…

En 1983 fue promulgada la Ley de Ordenamiento Territorial quien viene proteger todas las zonas y espacios de interés para el estado.

Los decretos presidenciales sobre las ABRAE los aprueba el Consejo de Ministros, y en ellos se especifican los linderos del área protegida y los organismos que se responsabilizarán de su administración. En el artículo 15 de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio. Se define de la siguiente manera:

“Artículo 15.- Constituyen áreas bajo régimen de administración especial, las áreas del territorio nacional que se encuentren sometidas a un régimen especial de manejo conforme a leyes especiales (...)”

Asimismo, prevé la norma dispuesta en el artículo 17 lo siguiente:

“Artículo 17.- Las áreas bajo régimen de administración deberán establecerse por Decreto adoptado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, en el cual deberá determinarse, con la mayor exactitud, los linderos de la misma; y los organismos responsables de su administración o manejo, deberán demarcarlas dentro del plazo que se establezca en el correspondiente Decreto.

Parágrafo Primero: No se considerará incompatible someter a un mismo espacio del territorio a dos o más figuras de Áreas Bajo Régimen de Administración Especial, siempre y cuando ellas sean complementarias.

Parágrafo Segundo: La desafectación parcial o total de las áreas se podrá realizar cumpliéndose los mismos trámites y requisitos establecidos en este artículo, previo conocimiento de la Comisión Nacional de Ordenación del Territorio”.

En el respectivo Decreto se ordenará la elaboración del Plan respectivo, en el cual se establecerán los lineamientos, directrices y políticas para la administración de la correspondiente área, así como la orientación para la asignación de usos y actividades permitidas.

IMPORTANCIA.

La importancia de las áreas protegidas en el desarrollo Sostenible y en el manejo integral de los recursos naturales, así como la necesidad de la participación de la colectividad como elementos claves de gestión, ha sido ampliamente debatida en auditorios internacionales en las últimas décadas.

Tres grandes escenarios de esta discusión han sido los Congresos Mundiales de Áreas Protegidas, La Conferencia Mundial de Desarrollo Sustentable y las reuniones de las Convenciones Internacionales.

La ley contempla más de una veintena de figuras jurídicas de ABRAE, agrupadas de acuerdo a los fines que cumplen, de la siguiente manera:

• Áreas con fines productivos.

• Áreas con fines protectores.

• Áreas con fines recreativos, científicos y educativos.

• Áreas con otros fines.

ÁREAS CON FINES PROTECTORES

Poseen

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