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Medios de adquirir la propiedad


Enviado por   •  30 de Mayo de 2015  •  Informes  •  607 Palabras (3 Páginas)  •  474 Visitas

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MEDIOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD:

POR ADQUISICION A TITULO UNIVERSAL Y A TITULO PARTICULAR, ADQUISISCIONES PRIMITIVAS DERIVADAS, ADQUISICIONES A TITULO ONEROSO Y A TITULO GRATUITO.

ADQUISICION A TITULO UNIVERSAL Aquella propiedad por el cual se transfiere el patrimonio, como universalidad jurídica, o sea, como conjunto de derechos y obligaciones, constituyendo un activo y un pasivo. Ejemplo: una herencia legitima o testamentaria. ADQUISICION A TITULO PARTICULAR La forma más habitual de transmisión a título particular es el contrato. Contrato. Es la convención de voluntades entre dos o más personas, para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones. Es importante mencionar los elementos del contrato para estar seguros de que surtirá efectos. •Elementos de existencia (consentimientos de las partes y el objeto físico) •Elementos de validez (capacidad de las personas, la forma y la ausencia de vicios en el consentimiento (dolo, error, violencia, lesión)) •Elementos de eficacia (que el contrato surta efectos conforme lo acordado en el).

ADQUISICIONES PRIMITIVAS DERIVADAS Aquellas en la cual la cosa no ha estado en el patrimonio de determinada persona, el adquirente de la misma no la recibe de un titular anterior sino que ha permanecido sin dueño. Las formas primitivas de adquisición se presentan en la “ocupación” y en la “aserción”.

ADQUISICION A TITULO ONEROSO Y A TITULO GRATUITO A TITULO ONEROSO: El adquirente paga un valor, en dinero, bienes o servicios a cambio del bien que recibe. Algunos ejemplos son: la compraventa o la permuta. A TITULO GRATUITO: No se tiene que dar algo a cambio, un ejemplo claro es la “donación pura”.

OTROS MEDIOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD POR ADJUDICACION POR ACCESION POR LA OCUPACION POR ADJUDICACION: POR LA PREESCRIPCION ADQUISITIVA Es el acto judicial que consiste en la atribución como propia, a persona determinada de una cosa mueble o inmueble como consecuencia de una subasta o partición hereditaria.

POR ADJUDICACION: Es el acto judicial que consiste en la atribución como propia, a persona determinada de una cosa mueble o inmueble como consecuencia de una subasta o partición hereditaria.

POR ACCESION: Es el medio de adquirir la propiedad mediante una extensión de dominio. Todo aquello que se incorpore natural o artificialmente a una cosa principal pertenece al dueño de esa virtud del derecho de accesión: esto es, por una unión o adjudicación de una cosa secundaria a una cosa principal.

POR OCUPACION Es la aprehensión de las cosas que no tienen dueño o cuyo dueño se ignore. REQUISITOS PARA QUE SE DE LA OCUPACION. EL SUJETO: debe de tener la intención de adquirir la propiedad y la capacidad de conseguir. EL OBJETO: (cosa mueble o inmueble), ser apropiables por su naturaleza

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