Memoria Descriptiva
Enviado por dxroyer • 30 de Agosto de 2013 • 9.803 Palabras (40 Páginas) • 297 Visitas
Finalmente se anexa los metrados para los trabajos misceláneos, y que forman
parte de los acabados estándar de la unidad de vivienda.
MISCELANEOS
Baranda de escalera ml 3.60
Tanque elevado Und. 1.00
Soporte metalico para Tanque Elevado Und. 1.00
Contrapisos m2 99.51
Puertas de 0.90x2.40 Und. 1.00
Puertas de 0.70x2.40 Und. 5.00
Puertas de 0.80x2.40 (vaiven) Und. 1.00
Puertas de 0.80x2.40 (interiores) Und. 3 .00
Puerta de vidrio templado 0.80x2.40 Und. 1 .00
Mueble bajo de cocina ml 2.80
Mueble alto de cocina ml 3 .40
Therma 100 lts. Und. 1 .00
Cantidad
Tabla 2.17 Metrado de Trabajos Miscelaneos
Partida Und.
El total del área techada para la unidad estándar es de 94.04 m2 y los principales
ratios por m2 de área techada son los siguientes:
1.01 Trazo, Nivelación y Replanteo m2 52.07 0 .55
2.01 Nivelación del Terreno con equipo m2 52.07 0 .55
2.02 Excavación para losa de cimentación con equipo m3 18.23 0 .19
2.03 Excavación Manual m3 6 .11 0 .06
2.04 Eliminación Material Excedente m3 8 .42 0 .09
2.05 Relleno con Afirmado m3 18.23 0 .19
3.00 Concreto Simple m3 2 .28 0 .02
4.01 ZConcreto Armado -
Concreto m3 48.30 0 .51
Encofrado m2 495.58 5 .27
Acero kg 3,028.46 3 2.20
Ratio Und./m2
Tabla 2.18 Ratios Und/m2 de area techada construida
Partida Und Metrado
2.2 Costos Directos.
Un costo, es todo aquello que nos va a generar un ingreso, es decir, que nos
representará una inversión ya sea presente o futura. Porque una inversión es
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cuando lo vamos a aprovechar. Un costo NO es sinónimo de gasto como a veces
se cree; porque el gasto es algo que no vamos a recuperar. El gasto es aquel que
disminuye nuestra utilidad y hasta puede llegar a generarnos pérdidas.
El costo directo esta asociado a los recursos que se consumen directa e
íntegramente en la producción y/o ejecución de una obra; incluye costos
relacionados a suministros, mano de obra, equipos y subcontratas a terceros. Los
costos de oficinas y servicios en la obra son tratados como costo directo
desglosado en cada uno de sus respectivos rubros de mano de obra, materiales,
equipos y subcontratas.
2.2.1 Costo de los materiales y subcontratas.
Las cantidades de materiales son establecidas según condiciones de diseño y/o
especificaciones y que son coincidentes con las características físicas y
geométricas de los elementos en obra. Se indican los materiales y subcontratas que
conforman el costo de obra. Se han realizado agrupaciones de materiales y
subcontratas que pertenecen al mismo rubro o por capacidad de negociación. Los
combustibles y consumibles de los equipos son considerados como materiales.
Los precios de los materiales de construcción incluidos en el presente presupuesto
han sido obtenidos, con base a información brindada por proveedores, de la
Internet y de revistas especializadas; siendo estos de carácter referencial y
expresados en nuevos soles.
2.2.2 Costo de la Mano de Obra.
Se ha considerado en la mano de obra directa las diferentes categorías de obreros
civiles tales como peón, oficial, operario y capataces. En caso de los operadores de
equipo liviano y pesado se ha considerado la mano de obra de la operación y
mantenimiento menor. Para efectos del cálculo de la mano de obra se ha usado
como referencia los costos que se presentan en la publicación mensual “COSTOS”
editada por el grupo S10; y actualizados al mes de Agosto del 2005.
Los costos de mano de obra han sido elaborados en concordancia con los
incremento otorgados a partir el 01.06.04 mediante el acta final de negociación
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colectiva acumulada de construcción civil suscrita entre CAPECO y la Federación
de Trabajadores de Construcción Civil del Perú (FTCCP) el 09.09.04; teniendo
vigencia hasta el 31.05.05 y que al momento de elaborar la presente tesis se
encuentran en vigencia.
Las aportaciones del empleador ha ser consideradas son el Régimen de Prestación
de Salud (RPS) que es el 9%; El Seguro Complementario del Trabajo de Riesgo
que comprende la Cobertura de Salud (ESSALUD o EPS) del 1.3% y Cobertura de
Invalidez o Sepelio del 1.70%; todas calculadas sobre el jornal semanal más
dominical, incluida la BUC. El Impuesto Extraordinario
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