NORMATIVIDAD EN LA FUNCIÓN INFORMÁTICA
omasTesis16 de Diciembre de 2014
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NORMATIVIDAD EN LA FUNCIÓN INFORMÁTICA
El derecho es aplicable a todos los individuos, también la normatividad aplicada al hardware, es fundamentalmente necesaria para tener conocimiento y respeto al equipo de computo, es fundamental para no cometer errores o quizás hasta delitos informáticos como hackear o crakear, o falsificar documentos, es esencialmente difícil no encontrar en la actualidad esta problemática mundial que afecta en términos de integridad y laborales.
Ejemplos de normativas aplicadas al equipo:
ARTICULO 2. - DE LA RESPONSABILIDAD.
De la Ley aplicable, se determine su adquisición;
I.- Por cada equipo de cómputo, habrá un servidor público responsable, quién deberá observar las disposiciones de esta normatividad, auxiliado por el administrador de la unidad informática, quién a su vez es responsable directo, de todos los bienes informáticos que por función le corresponda administrar; Tanto los responsables como los administradores de unidades informáticas, deberán verificar los equipos de cómputo con objeto de constatar el cumplimiento escrupuloso la normatividad establecida en el presente Súper script acuerdo y la legislación aplicable.
ARTICULO 3.- DEL RESPALDO, AMBIENTE Y LIMPIEZA.
El equipo de cómputo deberá mantenerse en un sitio apropiado, iluminado, ventilado, limpio y libre de polvo, así mismo, los responsables a través de los administradores de la unidad informática, deberán solicitar, a la Dirección General de Modernización y Sistemas su inclusión en el programa permanente de mantenimiento preventivo.
III.- Queda estrictamente prohibido el almacenamiento de archivos que contengan música, pornografía, videos, imágenes y de cualquier otro tipo que no estén relacionados con la actividad ó función, para la cual se destinó el equipo de cómputo.
ARTICULO 6.- DE LOS SERVICIOS INSTITUCIONALES
Es responsabilidad de los administradores de unidades informáticas, instalar ó, en su caso, solicitar la instalación del software correspondiente a los servicios institucionales que le hayan sido autorizados al equipo de cómputo de su área de competencia a fin de mantenerlos vigentes.
ARTICULO 8.- DE LAS ADQUISICIONES DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y SUMINISTROS.
I.- La Dirección General de Modernización y Sistemas analizará y presentará el dictamen técnico de las requisiciones de equipo, software y suministros para equipo de cómputo a fin de asegurar que alcancen la mayor utilidad y compatibilidad con los proyectos implementados, en proceso o futuros, a fin de que, en términos
LEGISLACIÓN INFORMÁTICA EN MÉXICO
Fraude mediante el uso de la computadora y la manipulación de la información que éstas contienen.
Artículo 231 del Código Penal para el D.F.
“Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior, a quien: … XIV. Para obtener algún beneficio para sí o para un tercero, por cualquier medio accede, entre o se introduzca a los sistemas o programas de informática del sistema financiero e indebidamente realice operaciones, transferencias o movimientos de dinero o valores, independientemente de que los recursos no salgan de la Institución…”
Código Penal Federal, artículos 211 bis 1 a 211 bis 7.
CONDUCTA PENADA
o Destruir información sin autorización.
o 6 meses a 4 años prisión, 100 a 600 días multa
o Si se trata de sistemas o equipos del Estado.
o 1 a 4 años y 200 a 600 días multa
o Si se trata de sistemas o equipos de las instituciones que integran el sistema financiero 6 meses a 2 años prisión, 100 a 300 días multa
o Conocer o copiar información sin autorización
o Si se trata de sistemas o equipos del Estado
o 3 meses a 2 años prisión, 50 a 300 días multa
o Si se trata de sistemas o equipos de las instituciones que integran el sistema financiero 3 meses a 1 año prisión, 50 a 150 días multa 6 meses a 2 años prisión ,100 a 300 días multa
5.1 ESTANDARES PARA EL MANEJO DE DATOS E INFORMACIÓN
Un estándar para el manejo de datos establece un sistema común de terminología y de definiciones para documentar datos. Idealmente las estructuras y definiciones de metadatos deben tener su referencia en un estándar.
Hay muchos y variados estándares de metadatos disponibles. La razón de que existan tantos estándares es que los metadatos se emplean para diversas cosas. Los estándares permiten la localización rápida de cierto elemento. Si se utiliza un estándar, encontrar la información específica en un catálogo de metadatos será mucho más fácil que si no se utiliza ningún estándar.
o Los estándares permiten búsquedas automatizadas. Cuando se utilizan los estándares, las computadoras se pueden programar permitiendo buscar y encontrar conjuntos de datos útiles.
o Un beneficio de los estándares es que se han generado a través de un proceso de consulta (con otros “expertos”) y ofrecen una base a partir de la cual pueden desarrollarse perfiles nacionales u orientados de acuerdo con materias.
o Ayudan a minimizar la duplicación de esfuerzos en la elaboración, recolección, procesamiento o distribución de la información.
ESTÁNDARES WORLD WIDE WEB CONSORTIUM (W3C)
El World Wide Web Consortium (http://www.w3c.org) ha mostrado un fuerte interés en los metadatos al desarrollar RDF (Resource Description Framework) y las especificaciones para la Plataforma para la Selección de Contenido en Internet (PICS).
RDF es un modelo de datos y sintaxis para los metadatos de los recursos Web. Un recurso puede ser una página Web, un sitio Web completo o cualquier elemento en la Web que contenga información en cualquier formato. RDF permite la codificación, el intercambio y la reutilización de metadatos estructurados. Permite la interoperabilidad de los metadatos por medio del diseño de mecanismos que soporten convenciones comunes de semántica, sintaxis y estructura.
PICS fue originalmente desarrollado por W3C para permitir la asociación de etiquetas (metadatos) con contenido en Internet. Inicialmente se diseñó para permitirle a los padres controlar el acceso de los niños a ciertos sitios en Internet. Miller [1996] establece que actualmente PICS es un sistema de metadatos que, con pequeñas modificaciones, puede ser utilizado para codificar y transmitir metadatos derivados de Dublín Core, estándar que se detallará a continuación.
ESTÁNDAR DE METADATOS DUBLIN CORE
Este estándar pretende ser un conjunto básico de elementos de metadatos requerido para facilitar la recuperación de objetos, tales como documentos, en un ambiente de red, por ejemplo, Internet. Dublin Core se concentra en la descripción de las propiedades intrínsecas del objeto tales como contenido intelectual (título, autor o fuente) o forma física (formato). Las propiedades extrínsecas que describen el contexto en el cual se utiliza el objeto no se consideran.
Dublin Core contiene quince elementos de metadatos divididos en tres grupos:
o Contenido: título, tema, descripción, fuente, idioma, relación, cobertura
o Propiedad intelectual: autor, editor, colaborador, derechos
o Instanciación: fecha, tipo, formato, identificador
En este estándar todos los elementos son opcionales. Esto no lo demerita ya que se considera que es preferible tener descripciones simples (utilizando sólo algunos de los elementos) en lugar de ninguna. Este estándar se acepta en más de veinte países en Norte América, Europa, Australia y Asia.
En la tabla se relacionan los quince elementos que conforman este estándar.
Nombre Etiqueta Descripción
Title Título TITLE Nombre del objeto
Authororcreator Autor CREATOR Persona responsable del contenido intelectual del objeto
Subjectand keywords Tema y palabras clave SUBJECT Tópico tratado por el trabajo
Description Descripción DESCRIPTION Descripción textual del contenido del objeto
Publisher Editor PUBLISHER Entidad responsable de poner a disposición el objeto en su formato actual
Othercontnbutor Colaborador CONTRIBUTOR Personas tales como editores o correctores que hicieron contribuciones intelectuales significativas al trabajo
Date Fecha DATE Fecha asociada con la creación o publicación del objeto
Resourcetype Tipo de objeto TYPE Categoría del objeto tal como poesía, novela, diccionario o reporte técnico
Format Formato FORMAT Formato de los datos. Se utiliza para identificar el software y posible hardware necesarios para su uso
Resource identifier Identificador IDENTIFIER Cadena o número utilizado para identificar el objeto de manera única
Source Fuente SOURCE Objetos, impresos o electrónicos, a partir de los cuales se derivó este objeto (si aplica)
Language Idioma LANGUAGE Idioma del contenido intelectual
Relation Relación RELATION Relación del presente objeto con otros
Coverage Cobertura COVERAGE Características espaciales y/o temporales del contenido intelectual del objeto
Rights management Derechos RIGHTS Enunciado de los derechos sobre el objeto
ESTÁNDARES DE METADATOS GEOGRÁFICOS
Durante junio de 1992, el Comité Federal de Datos Geográficos (FGDC)
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