ORDENAMIENTO ECOLÓGICO TERRITORIAL
ENZO101810 de Septiembre de 2013
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Antecedentes del ordenamiento ecológico territorial.
Para abordar un ensayo dentro del cual el Ordenamiento Ecológico Territorial es esencial, es menester precisar la definición que servirá como el marco a seguir a lo largo del mismo.
Como señala Massiris (2002), al momento de abordar el estudio del Ordenamiento Territorial, es conveniente hacerlo intentando llegar a la esencia del mismo, indicando que referente a la naturaleza del Ordenamiento Territorial, se destacan varias interpretaciones, ya sea como disciplina científica, como técnica administrativa, como un estudio interdisciplinario, como una política pública o un conjunto ellas, un método, un proceso integral, una estrategia de desarrollo, un conjunto de acciones político-administrativas, entre algunas otras.
Lo anterior muestra que no existe unanimidad frente al tema, llegando incluso a planteamientos como el de la Carta Europea de Ordenación del Territorio, en la cual se manifiesta el ordenamiento como una disciplina científica al mismo tiempo que como una técnica administrativa y una política (Carta Europea de Ordenación del Territorio, 1993).
En cuanto al objeto también existen diferentes enfoques. En ellos se puede notar, explícita o implícitamente, el concepto de regular u organizar el uso, ocupación y transformación del territorio con fines de su aprovechamiento óptimo. Este aprovechamiento se asocia generalmente con el uso sustentable de los recursos naturales (planificación física-ambiental), en estrecha correspondencia con patrones adecuados de distribución de asentamientos y de actividades económicas (Massiris, 2002).
Massiris (2002) menciona que diversos autores han abordado el tema con diversas concepciones, pero que en síntesis, el ordenamiento territorial se conceptualiza como un proceso y un instrumento de planificación de carácter técnica-político-administrativo, con el cual se pretende desarrollar una organización del uso del suelo y ocupación territorial, en concordancia con el potencial y las limitantes del mismo, las expectativas de desarrollo de la población y los objetivos de desarrollo.
Aguilar (1989:109) citado por Massiris (2002), concreta en los siguientes puntos al ordenamiento territorial:
1. Se trata de una política de Estado.
2. Está contemplada como política a largo plazo.
3. Su instrumento básico es la planeación.
4. Debe conciliar el proceso de desarrollo económico con distintas formas de ocupación territorial.
5. Tiene como fin último elevar el nivel de vida de la población.
Zentella (2009), quien también maneja la premisa de que no existe un consenso general sobre la definición del ordenamiento territorial. Brinda como ejemplos algunas definiciones como son:
• Carta Europea de Ordenación del Territorio, 1993. “El Ordenamiento Territorial es la expresión espacial de las políticas económicas, social, cultural y ecológica de cualquier sociedad. Disciplina científica, técnica administrativa y acción política, concebida como practica interdisciplinaria y global para lograr el desarrollo equilibrado de las regiones y la organización física del espacio”.
• Comisión de Desarrollo y Medio Ambiente de América Latina y el Caribe, 1990. “Camino que conduce a busca una distribución geográfica de la población y sus actividades, de acuerdo con la integridad y potencialidad de los recursos naturales que conforman el entorno físico y biótico, todo ello en la búsqueda de unas condiciones de vida mejores”.
• Gómez Orea, Domingo. Madrid, 1994. “Función pública que responde a la necesidad de controlar el crecimiento espontaneo de las actividades humanas y los problemas y desequilibrios que este crecimiento provoca en la búsqueda de una justicia socio-espacial y una calidad de vida que trascienda el mero crecimiento económico. El proceso del Ordenamiento Territorial regula la distribución de actividades en el espacio de acuerdo con un conjunto de planes que pueden o no constituir un sistema de planificación territorial; pero también es el resultado de otras regulaciones sectoriales con incidencia territorial.
Al no existir una sola definición es difícil definir al Ordenamiento Territorial, ya que las definiciones existentes corresponden a un contexto histórico, político y social determinado, y que el único consenso visible consiste en coincidir en que es un instrumento de planeación cuyo objeto es impulsar y regular la intervención de las sociedades sobre su territorio (Zentella, 2009).
De ahí que se defina al Ordenamiento Territorial como la herramienta de planeación para cumplir con los objetivos de desarrollo territorial, definiéndolo como un proceso permanente que tiene como fin último contribuir a mejorar el nivel de vida de la población, esto mediante:
• La identificación de vocaciones productivas, potencialidades, restricciones y desigualdades de acceso a bienes y servicios.
• La delimitación de zonas aptas, no aptas y acondicionadas para localizar asentamientos humanos y actividades productivas.
• La determinación de conflictos territoriales (ordenamiento ecológico).
• La atención de rezagos sociales y el conflicto a la pobreza.
• La localización optima de equipamientos sociales e infraestructura productiva.
• La facilitación de la inversión productiva y la certeza jurídica.
• El fortalecimiento de los vínculos entre sector urbano y sector rural.
• La protección de los recursos naturales y la prevención de riesgos por desastres.
• El desarrollo de capacidades de gestión descentralizada del territorio por quienes se encuentran más cerca de él.
En cuanto a la conceptualización que es dictada por la SEMARNAT (2006), se puede notar lo siguiente:
• Es un instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales , a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos.
• Es a la vez, un programa que vincula y armoniza de manera sustentable las acciones y los programas de la Administración Pública Federal, que deberán observar la variable ambiental en términos de la Ley de Planeación.
• Es un ejercicio de planeación con fuertes fundamentos técnico-científicos.
• Es un instrumento, producto de un proceso de planeación, concertación y consenso, que permite el desarrollo adecuado y sustentable de las actividades antrópicas sobre un territorio determinado.
Puede advertirse que la definición de la SEMARNAT aplica los conceptos referidos en las definiciones anteriores y dicta los lineamientos a seguir aplicables al territorio nacional, lineamientos que se detallaran en los capítulos siguientes.
Inicios del ordenamiento ecológico territorial a nivel mundial.
El ordenamiento territorial es una disciplina joven y que ha sido desarrollada a partir de los últimos 30 años del siglo XX, como puede notarse en las experiencias prácticas provenientes principalmente en los países europeos dentro de los cuales el ordenamiento territorial se tomó como un elemento importante de la planeación y gestión del territorio (Salinas, 2008), periodo en el cual bajo el concepto de desarrollo sustentable, se han fortalecido las teorías orientadas al logro de un desarrollo socioeconómico y territorial (Vinuesa, 2008).
Las principales naciones preocupadas en la ordenación de su territorio fueron, en mayor parte, los países desarrollados. Esta preocupación surgió en la década de 1950 y se fue sistematizando a consolidando a partir del último cuarto del siglo XX (Massiris, 2002).
Es en este periodo, bajo el concepto de desarrollo sostenible, en el que se fortalecen las teorías orientadas al logro de un desarrollo socioeconómico y territorial.
Si bien el ordenamiento no es una cuestión nueva, ya que a lo largo de la historia cada sociedad se ha apoyado en una determinada estructura territorial, la ordenación territorial es una concepción moderna y reservada a políticas emprendidas desde el seno estatal, en donde algunas de sus primeras manifestaciones nacieron bajo el cobijo de lo sectorial y privado. Como ejemplos se tienen los casos europeos así como norteamericanos en la década de los 30´s y años posteriores, como lo son el Plan Badajoz en España, el Plan Delta en Holanda, y el caso del Tennessee Valley Authority (Vinuesa, 2008).
Se señala como una fecha simbólica y representativa del ordenamiento territorial el año de 1931, cuando en zonas mineras británicas se realiza la primera estructura territorial en zonas dañadas como la puesta en marcha del Registro de la Utilización de la Tierra en Gran Bretaña. En España, en la década de 1950, ya existen esbozos en la Ley del Suelo y en los Planes de Desarrollo Económico y Social de la época franquista (Vinuesa, 2008).
Es así como a partir de la década de los 50´s se perfilan los contornos de un ordenamiento territorial como una política global, asumida e impulsada desde los poderes públicos.
En países latinoamericanos las políticas de ordenamiento territorial comenzaron a tomar forma a partir de la última década del siglo pasado, con un fuerte énfasis en la cuestión ambiental. Cabe destacar que los países pioneros en Latinoamérica a finales de los años setenta fueron Argentina, Cuba y Venezuela, países que promulgaron algunas normativas precursoras en cuanto a ordenamientos territoriales (Escobar, 2008).
Los orígenes formales del ordenamiento
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