ORGANIZAR SOCIO-JURÍDICAMENTE EL SECTOR EL CARO, PARROQUIA JUSEPÍN
sarawasti13 de Febrero de 2012
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NOMBRE DEL PROYECTO:
“ORGANIZAR SOCIO-JURÍDICAMENTE EL SECTOR EL CARO, PARROQUIA JUSEPÍN”
LÍNEA ESTRATÉGICA DEL PLAN SIMÓN BOLÍVAR EN LA QUE SE ENMARCA:
La Ética Socialista, La Suprema Felicidad Social, Democracia Patagónica y Revolucionaria, Modelo Productivo Socialista, La Nueva Geopolítica Nacional, Venezuela: Potencia Energética Mundial, Nueva Geopolítica Internacional.
OBJETIVO Y SU VINCULACIÓN CON EL PLAN NACIONAL “SIMÓN BOLÍVAR” 2007-2013:
• Impulsar la construcción de un nuevo modelo social humanista bolivariano de igualdad y de verdadera justicia social.
• Promover el fortalecimiento, participación y protagonismo político de los Consejos Comunales y Comunas en la transformación socio-económica, socio-política y territorial del país.
SUJETOS SOCIALES O ACTORES COMUNITARIOS DEL PROYECTO: Consejo Comunal, U.B.V, Organismos Gubernamentales.
MIEMBROS DEL CONSEJO COMUNAL BRISAS DEL AYACUCHO
67508 0426-8864892 Vivienda
18274842 042-4845727 Medios Alternativos
5403 0426-7854187 Unidad Financiera
ALDEA: 14 U.B.V. SEDE-MONAGAS
SECCIÓN: 14
SEMESTRE: 10
No. ESTUDIANTES: 20
OTROS PFG INVOLUCRADOS: NO APLICA
COMUNIDAD, ORGANIZACIÓN O SECTOR SOCIAL CON EL QUE SE REALIZA, NUMERO APROXIMADO DE FAMILIAS O PERSONAS BENEFICIADAS POR EL PROYECTO.
Se beneficiarían todas aquellas comunidades organizadas a nivel nacional donde funcionen los Consejos Comunales y Comunas en especial la comunidad “El Caro”, constituida por 122 familias aproximadamente, las cuales serán beneficiadas con la propuesta de la reforma a la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social.
LOCALIZACIÓN DE LA COMUNIDAD, ORGANIZACIÓN O SECTOR SOCIAL:
Municipio: Maturín
Estado: Monagas
Parroquia: Jusepín
Sector: “El Caro”
Nombre de Consejo (s) Comunal (es) de referencia: “Brisas de Ayacucho- El Caro”
FORMAS SOCIALES DE ORGANIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN POPULAR EN LA COMUNIDAD: (Consejos Comunales, Comunas, Asociaciones de Vecinos, Mesas Técnicas de agua, Mesas Técnicas de energía y gas, Mesas Técnicas de Telecomunicaciones, Informática y Servicios Públicos, Medios Alternativos de Comunicación, Consejos Locales de Planificación, otras.)
Los vecinos del Sector “El Caro”, están organizados a través del Consejo Comunal “Brisas de Ayacucho- El Caro”, el cual está conformado por los diferentes comités en concordancia con la Ley de Consejos Comunales, entre ellos existen: Agua, Vivienda, Deporte, Cultura, Empleo, Tierra, alimentación, medios alternativos, infraestructura, Protección e Igualdad Social y el Banco Comunal.
INSTITUCIONES PÚBLICAS INVOLUCRADAS EN EL PROYECTO.
Universidad Bolivariana De Venezuela, Alcaldía Bolivariana de Maturín, PDVSA, INTI, Consejo Comunal Brisas de Ayacucho-El Caro, Junta Parroquial de Jusepín, Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolecentes.
NORMAS RELACIONADAS CON EL PROYECTO (Constitución, Leyes, Decretos, ordenanzas, Políticas Públicas, otras).
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ley Orgánica de los Consejos Comunales.
Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social.
Ley del Consejo Federal de Gobierno.
Ley de Tierras Urbanas.
Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio.
Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
LISTA DE ESTUDIANTES (Nombre, Cedula de Identidad, Correo Electrónico y Números de Teléfonos)
Estudiantes de la sección 14 del PFG de Estudios Jurídicos
Nº Apellidos y Nombres C. I. Teléfono Correo electrónico
DATOS DE LOS DOCENTES DE PROYECTO, ACOMPAÑAMIENTO Y VOCEROS Del SNAOI DE LA SECCIÓN DOCENTES DE PROYECTO y ACOMPAÑAMIENTO: (Nombre, Cedula de Identidad, Correo Electrónico y Números de Teléfonos).
Prof. Alexmejías@gmail.com, 0416- 2969762
VOCEROS DE SNAOI DE LA SECCIÓN:
Francisca Barreto, V- 11.013.159 Celular: 0424-9403817
Carlos López, V- 11.777.064
José Villarroel, V-13.248.244
Salvador Polifrone, V- 4.717.339, salvadorjpl@hotmail.com Celular: 0424-9061537
INTRODUCCIÓN
El Estado venezolano actual, es el resultado de una serie de elementos políticos-jurídicos por mencionar algunos, que formaron parte del pasado histórico de la extinta IV República de Venezuela, la cual fue un Estado conservador, caudillesco, anárquico, elitesco, burgués, paternalista y capitalista. Se afianzó en una democracia representativa debido a las atribuciones del marco constitucional que establecía la cuarta República, a partir de la segunda mitad del siglo XX, repercutiendo en la estructura política, económica y social hasta 1.999, momento histórico que da paso a la transición hacia el socialismo del siglo XXI, con una visión de cambios y transformaciones que se ajusten a las necesidades que demanda la población, en virtud de erradicar los enquistamientos de la Administración Pública en manos de grupos políticos representados por el bipartidismo (AD y COPEI), que mantuvo subordinado al Estado Venezolano a intereses foráneos, sometiendo la economía a la dependencia de países imperialistas.
A partir de la Constitución de 1.999, se empiezan a realizar cambios significativos, orientados hacia una nueva estructura de Estado para erradicar los vicios de las viejas estructuras políticas, económicas y sociales; para el año 2.005, se empieza a gestar la ideología socialista bolivariana impulsada por el gobierno nacional a través de la figura del Presidente de la República Hugo Rafael Chávez Frías, con apoyo del pueblo venezolano; esto es el resultado de una conmoción social producto de un deterioro político, ético, económico y social que venía presentando el país como resultado de las políticas neoliberales, mediante las cuales se comprometía la seguridad y la soberanía del Estado Venezolano con respecto al orden financiero internacional.
Frente a esta realidad, el ejecutivo nacional inicia una serie de acciones que conducen a la revisión del ordenamiento jurídico venezolano, conjuntamente con la participación directa del pueblo para así propiciar los cambios que se adecuen al nuevo marco constitucional y a la visión del modelo socialista bolivariano, basados en los pensamientos robinsonianos (educación para el pueblo), bolivarianos (la independencia de los pueblos) y zamoranos
(Tierras para hombres libres), además de pensadores latinoamericanos y de otras latitudes que influyen de manera significativa en los cambios y transformaciones que está sufriendo el país. De acuerdo al pensamiento basado en el árbol de la tres raíces y otros pensadores de la geografía mundial, es imposible continuar con la cultura capitalista, porque de ser así, con este modelo no podrá existir una efectiva praxis del socialismo, debido a las desigualdades sociales presentes en la sociedad venezolana, contribuyendo esto al desequilibrio para alcanzar una sociedad en la cual prevalezca la justicia que permita lograr la equidad y su aplicación en la sociedad, siendo el Derecho uno de los mecanismo a través del cual el Estado alcance tal fin, por ello, es necesario la transformación de leyes debidamente aplicables al interés colectivo y al bienestar de todos y todas, es decir, crear leyes que se adecuen a la dinámica que demandan cambios, para fortalecer la moral y desprenderse de los vicios que las generaciones han venido arrastrando producto de la práctica capitalista, para ello, la legislación venezolana debe ser revisada y cuestionada, ajustándola a un derecho democrático que corresponda con la figura del modelo socialista, por cuanto el socialismo es la transferencia del poder al pueblo y éste será otorgado mediante leyes que lo faculten en su pleno ejercicio y que no será sólo el Estado quien tome decisiones, sino conjuntamente con el soberano en la búsqueda de soluciones de interés social para el bienestar del pueblo.
La adecuación del ordenamiento jurídico venezolano debe ir adaptándose al requerimiento del proyecto país que exige la población venezolana en la transformación y avance hacia el socialismo que conlleve a la integración de las leyes y la sociedad; por tal razón es propicia la reforma a la Ley de Expropiación por causa de Utilidad Pública o Social, debido a que esta ley no se ajusta a los objetivos establecidos en la actual Constitución, en la que se contempla la transferencia del poder al pueblo, estando éste representado por la organización comunal (Unidad Primaria Polìtico-Jurìdica), en virtud de ello, es necesaria la incorporación de la figura de los Consejos Comunales y/o Comunas en la toma de decisiones en materia de expropiación por causa de utilidad pública o social, conjuntamente con los sujetos activos establecidos en la norma, de la Ley antes mencionada.
4. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO
4.1. Comunidad con la que se desarrolla el Proyecto, número aproximado de habitantes
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