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Ofrecimiento de pruebas laborales


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  2.418 Palabras (10 Páginas)  •  281 Visitas

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JUICIO ORDINARIO POR

DESPIDO INJUSTIFICADO

EXPEDIENTE NÚMERO 275/V/2015

Parte Actora: Alberto García Martínez

Vs

Parte Demandada: Transportes Especializados JUSA S.A. de C.V.

Asunto: Se presentan pruebas

H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN

Y ARBITRAJE DEL ESTADO

P R E S E N T E.

                                        ALBERTO GARCÍA MARTÍNEZ, con la personalidad debidamente acreditada y reconocida dentro del expediente en el que comparezco cuyos datos de identificación se señalan al epígrafe del presente, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

                                        Que por medio del presente escrito y siendo hoy el día y la hora señalados por éste H. Tribunal Laboral para que tenga verificativo la audiencia de conciliación, contestación de demanda y excepciones y de ofrecimiento y admisión de pruebas, vengo a ofrecer las probanzas que corresponden a la parte que represento, siendo estas las que siguen:

                                        LA CONFESIONAL FICTA.- Sustentada en todas y cada una de las confesiones que produzca la parte demandada al momento de contestar la demanda más las que siga realizando durante la secuela del proceso, acerca de los puntos de hechos de demanda. Prueba que tiene relación con la litis, misma que se integra y que tiene por objeto mostrar lo expresado en el escrito inicial y la contestación de la parte demandada.

                                        LA CONFESIONAL.- Que se hace consistir en la absolución de posiciones previa su calificación de legales y que deberá absolver de manera directa y no por conducto de apoderado legal el Señor URIEL ALFREDO PRIETO GÓMEZ, quien era mi jefe directo y fue la persona responsable de mi despido, el día y la hora que se señale para el desahogo de esta probanza, y que desde luego será en relación a los hechos motivo de la litis. A quien se le puede notificar en la Calle Ganadería número 102 (ciento dos) de la Zona Industrial de Calera Zacatecas. Prueba que tiene relación con la litis, misma que se integra y que tiene por objeto probar lo expresado en el escrito inicial y desvirtuar lo estipulado en la posible contestación de la parte demandada.

                                                LA DECLARACIÓN DE PARTE.- Que se hace consistir en la absolución de preguntas previa su calificación de legales y que deberá absolver el Señor ALFREDO PRIETO GÓMEZ, quien es la persona que sin tener justificación alguna me despidió de la fuente laboral, el día y la hora que se señale para el desahogo de esta probanza, y que desde luego será en relación a los hechos motivo de la litis. A quien se le puede notificar en la Calle Ganadería número 102 (ciento dos) de la Zona Industrial de Calera Zacatecas. Prueba que tiene relación con la litis, misma que se integra y que tiene por objeto probar lo expresado en el escrito inicial y desvirtuarlo estipulado en la contestación de la parte demandada.

                                        LA CONFESIONAL.- Que se hace consistir en la absolución de posiciones previa su calificación de legales y que deberá absolver el representante legal de la empresa demandada, el día y la hora que se señale para el desahogo de esta probanza, y que desde luego será en relación a los hechos motivo de la litis. A quien se le puede notificar en la Calle Ganadería número 102 (ciento dos) de la Zona Industrial de Calera Zacatecas. Prueba que tiene relación con la litis, misma que se integra y que tiene por objeto probar lo expresado en el escrito inicial y desvirtuar lo estipulado en la posible contestación de la parte demandada.

                                                LA DECLARACIÓN DE PARTE.- Que se hace consistir en la absolución de preguntas previa su calificación de legales y que deberá absolver el representante legal de la empresa el día y la hora que se señale para el desahogo de esta probanza, y que desde luego será en relación a los hechos motivo de la litis. A quien se le puede notificar en la Calle Ganadería número 102 (ciento dos) de la Zona Industrial de Calera Zacatecas. Prueba que tiene relación con la litis, misma que se integra y que tiene por objeto probar lo expresado en el escrito inicial y desvirtuarlo estipulado en la contestación de la parte demandada.

                                        

                                        LA TESTIMONIAL.- Que se hace consistir en los testimonios que deberán rendir los CC. LUIS HUMBERTO ALVARADO RAMOS, MARIO ARTURO HERNÁNDEZ Y JOSÉ GUADALUPE CASAS HERNÁNDEZ quienes tienen su domicilio en Calle Esther Echeverría 238 de la Colonia Díaz Ordaz de esta misma Ciudad, Uruguay 501 de la Colonia Centro de la Ciudad de Calera Zacatecas y Vicente Suárez 14-B de la Colonia Mecánicos en la Ciudad de Zacatecas, respectivamente a quienes me obligo a presentar ante esta H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, el día y hora que se señale, ya que en su calidad la primera y tercera de ellas eran  y prestaban su servicio de operadores de tracto camiones de quinta rueda y la segunda era secretario de la oficina central, quien desempañaba funciones de pago de viáticos y pago de viajes de los operadores. Y quienes prestaban sus servicios personales y profesionales a la empresa tienen conocimiento directo con los hechos descritos en el escrito de la demanda y de la posible contestación de la misma. Testigos que serán interrogados al tenor del cuestionario que por escrito o en forma directa se les formule por el suscrito y/o por mis representantes en relación con los hechos motivo de la demanda y de la contestación. Prueba que tiene relación con la litis, misma que se integra y que tiene por objeto probar lo expresado en el escrito inicial y desvirtuarlo estipulado en la contestación de la parte demandada.

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