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PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN ADMINISTRACIÓN (PNFA)


Enviado por   •  16 de Enero de 2014  •  7.685 Palabras (31 Páginas)  •  477 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

U.P.T.P “LUÍS MARIANO RIVERA”

PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN ADMINISTRACIÓN (PNFA)

SABER: SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN TÉCNICA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS

DISEÑO DE UN INSTRUCTIVO DE PROCEDIMIENTOS CONTABLES PARA LOS VOCEROS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA COMUNITARIA DEL CONSEJO COMUNAL HATO ROMAR III, SEGUNDA ETAPA, PARROQUIA BOLÍVAR, MUNICIPIO BERMÚDEZ, ESTADO SUCRE AÑO 2013

Facilitador: Participantes:

Lcdo. Roger Hernández Carmelo Martínez C.I. 5.879.972

Tutor Académico: Justina Payares C.I. 11.435.230

Lcda. Gregoria Rojas Jesús Rivas C.I. 9.455.164

Tutor Comunitário:

Sr. Yuligneys Albornett.

Sección Nº. 29

Carúpano, noviembre de 2013

I PARTE

DIAGNÓSTICO

1. Diagnóstico Situacional

1.1. Descripción del Contexto:

Se ha constituido un equipo de trabajo en la comunidad Hato Romar III, segunda etapa, ubicada en la Urbanización Hato Romar, con la finalidad de elaborar un Diagnóstico Socio Comunitario, tomando como referencia, las fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas del Consejo Comunal y la comunidad, con el objetivo de identificar las posibles problemáticas o deficiencias que pudieran adolecer.

El desarrollo de la actividad se realizará mediante trabajo grupal. El principal método o instrumento a emplear para el sondeo de opinión y obtención de información es la “entrevista”. Dicho instrumento esta dirigido a los habitantes de la comunidad y su objetivo es evaluar resultados; localizar, clasificar y jerarquizar los problemas y en virtud de esto, seleccionar la problemática de mayor importancia, para indagar y establecer soluciones.

En ese orden, es resulta inspresindible abordar temas y conceptos como los que se desarrollan a continuación:

a) Razón Social: “EL Consejo Comunal Hato Romar III Segunda Etapa”.

b) Naturaleza de la Organización: El Consejo Comunal es de Naturaleza Jurídica de forma Socio Comunitaria, según lo establecido en la Ley Orgánica de los Consejos Comunales. Año 2009. Gaceta Oficial No 39.335. El artículo 2 de la mencionada ley establece la Naturaleza Jurídica del referido ente.

Artículo 2.

Los Consejos Comunales, en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica son instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las Políticas Públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelos de Sociedad Socialista de igualdad, equidad y justicia social (p. 13).

Por otra parte, según la norma, el ente es una instancia de participación y protagonismo popular de forma integrada y organizada para el ejercicio de la soberanía popular y el autogobierno comunitario sustentados en la descentralización y en la gestión directa de las Políticas Publicas, para facilitar las decisiones de los órganos del Poder Público y recibir la transferencia de recursos financieros de carácter público para el ejercicio de las Políticas Públicas dictadas para resolver las problemáticas de la sociedad mediante la ejecución de los proyectos.

c) Localización Geográfica: El Consejo Comunal Hato Romar III, Segunda Etapa está ubicado en el Estado Sucre, Jurisdicción del Municipio Bermúdez, Parroquia Bolívar. Su acceso es por la vía principal de la urbanización Playa Grande y sus linderos son: NORTE: Hato Romar II; SUR: Hato Romar III Segunda Etapa; ESTE: Hato Romar III primera etapa; OESTE: La Laguna (La Salina).

d) Historia de vida de la organización - Reseña Histórica: Hace más de sesenta (60) años, las tierras, hoy conocidas como Hato Romar, pertenecían a un ciudadano conocido únicamente como Lauterio, del cual se desconocen otros datos. Con el transcurrir del tiempo este vende al señor Luís Rigual. Posteriormente el señor Rigual, vende a la familia Vásquez Divirines, quienes utilizaron las tierras para instaurar un hato destinado a la cría de ganado vacuno. De allí que a esas tierras, en aquellos tiempos la denominarán “El Hato”. Por eso, con el paso de los años se llegó a dominar “Hato Romar”. En 1994, según consta de documento registrado, ante la Oficina de Registro Público de Carúpano, Estado Sucre, de cuyo ejemplar una copia reposa en los archivos del Consejo Comunal, dicho territorio, cuyas medidas son de aproximadamente 208,70 hectáreas, fueron vendidas por la ciudadana Rosa Margarita Vásquez, a la Fundación Regional para la Vivienda (FUNREVI), órgano adscrito a la Gobernación del Estado Sucre, por la cantidad de Cien Millones de Bolívares con 00/100 (Bs. 100.000.000,00). Dicho organismo elaboró el Proyecto, acondiciono el terreno y ordeno la construcción del urbanismo conocido con el nombre de Hato Romar entre los años 2003 y 2004. La obra fue ejecutada por etapas. Se inicio con Hato Romar I. Posteriormente se construyen la segunda y tercera etapa. Hoy día, la urbanización Hato Romar está conformada por las etapas I, II y III. Cada etapa, cuenta a su vez, con sub-etapas. Ejemplo; Hato Romar III, está integrado por las etapas Primera y Segunda.

El Consejo Comunal Hato Romar III Segunda Etapa, está registrado en el Ministerio del Poder Popular para las Comunas,

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