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Providencias precautorias de alimentos provisionales


Enviado por   •  12 de Junio de 2019  •  Prácticas o problemas  •  1.201 Palabras (5 Páginas)  •  269 Visitas

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    CRISTOBAL VILLARREAL ENRIQUEZ

                                                                              Vs

MARIA SONILU REYNA CASTRO

PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS

ALIMENTOS PROVISIONALES

C. JUEZ DE LO FAMILIAR

EN TURNO CON RESIDENCIA

EN CIUDAD VICTORIA.

C. MARIA SONILU REYNA CASTRO, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Doblado Pte. Número 301 esquina con calle Mier y Terán, Zona Centro, C.P. 87000, de esta Ciudad, solicitando además que las subsecuentes notificaciones aún la de carácter personal que se ordenen con posterioridad, se me realicen a través de correo electrónico valdezsergio39@hotmail.com previamente registrado ante el Tribunal Electrónico del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas; y autorizando para oírlas y recibirlas en mi nombre y recoger toda clase de documentos y valores, en los términos del  Artículo 68 bis del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tamaulipas, a los CC. LICS. SERGIO GUADALUPE VALDEZ VILLARREAL y MIGUEL ANGEL GARCIA MALDONADO, con las más amplias facultades para interponer los recursos que procedan, ofrecer e intervenir en el desahogo de pruebas, diligenciación de exhortos, alegar en las audiencias, pedir se dicte sentencia, o hacer promociones para evitar el término de la caducidad por inactividad procesal y realizar cualquier acto que resulte necesario para la defensa de mis derechos ante Usted, atentamente comparezco respetuosamente para exponer:

Que ocurro por medio del presente escrito en representación de los derechos de mis menores hijos CHRISTOPHER y CRISS ANGEL  de apellidos VILLARREAL REYNA a demandar PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS DE ALIMENTOS PROVISIONALES, en contra del C.  CRISTOBAL VILLARREAL ENRIQUEZ.

Fundo mi petición en los siguientes hechos y consideraciones de Derecho:

H E C H O S

  1. La suscrita y el demandado contrajimos matrimonio en fecha 06 de Enero del año 2003 lo que se acredita con copia certificada del acta de matrimonio misma que acompaño al presente escrito como anexo uno.
  1. La suscrita y el demandado, dentro del matrimonio hemos procreado a nuestros dos hijos de nombre CHRISTOPHER y CRISS ANGEL  de apellidos VILLARREAL REYNA, actualmente  el primero de ellos cuenta con trece años, y el segundo con cuatro meses de edad, tal como lo acredito con copia certificada del acta de nacimiento de cada uno de mis menores hijos, que acompaño al presente como anexo dos y tres.
  1. Bajo protesta de decir verdad, a partir del día 01 de Agosto del año 2011, fijamos nuestro domicilio conyugal en Privada Abraham Lincoln, número 6029 entre calle Venezuela y Boulevard Gustavo Díaz Ordaz, Colonia Hipódromo, C.P. 88170, del Municipio de Nuevo Laredo Tamaulipas, en fecha 20 de Diciembre de 2017 decidimos separarnos, continuado habitando la suscrita y el hoy demandado el mencionado domicilio, haciendo mención que desde esa fecha el hoy demandado dejo de cumplir cabalmente con su obligación de otorgar alimentos, y no ha cumplido cabalmente, toda vez, que ha realizado ciertas aportaciones las cuales han sido mínimas, misma que no han sido suficientes para para cubrir las necesidades de nuestros menores hijos y a su posibilidad como deudor alimentista ya que el mismo percibe ingresos suficientes como Docente frente a Grupo, en la Escuela Primaria “Gral. Ignacio Zaragoza” C.C.T. 28DPR1682D en el municipio de Nuevo Laredo, por lo cual es empleado de la SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE TAMAULIPAS, dependiente del Gobierno del Estado de Tamaulipas, por lo que en reiteradas ocasiones lo he requerido para que cumpla cabalmente con su obligación, pero se niega a cumplir argumentando que no le alcanza para más,  lo que ha repercutido en una permanente inquietud y zozobra respecto de la forma de satisfacer las necesidades de alimenticias de nuestros menores hijos, situación que me ha llevado a pedir ayuda a familiares y amigos para solventar las necesidades como lo son alimentación, vestido, gastos escolares respectivos, así como medicinas, recreación y demás gastos de primera necesidad, aunado a los gastos de servicios de agua, luz, teléfono, etc., razón por la cual me veo en la imperiosa necesidad, de promover las presentes Providencias Precautorias, pues aun y cuando el costo de la vida se acrecienta y las necesidades económicas de nuestros menores hijos aumentan cada día, el hoy demandado no ha cumplido cabalmente con sus obligaciones de procurar alimentos, aun y cuando es una persona con capacidad económica suficiente, ya que actualmente se encuentra laborando para la SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE TAMAULIPAS dependiente del Gobierno del Estado de Tamaulipas, por lo que pido se fije una pensión del 50% del sueldo y demás prestaciones incluyendo las compensaciones, que percibe como empleado de dicha Secretaría, por lo que solicito se gire atento oficio a la SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, para el efecto de que informe a esa Autoridad sobre el sueldo y demás prestaciones, incluyendo las compensaciones,  que percibe el hoy demandado hecho que sea lo anterior se mande gravar el 50% del sueldo y demás prestaciones que percibe el hoy demandado poniéndose a disposición de la suscrita C. MARIA SONILU REYNA CASTRO.  
  1. Cabe señalar que actualmente la suscrita y mis menores hijos tenemos nuestro domicilio ubicado en Calle: Osa Mayor número 3815, entre calle Antila y privada sin nombre, Colonia Satelite I, C.P. 87087, de esta Ciudad, toda vez, que a partir del día 1 de junio del presente año, decidí venirme a vivir a casa de mi Señora Madre.

Para el efecto de que también se grave el 50% de la prestación que percibe el deudor  alimentista, por concepto de compensaciones me permito citar el rubro de la siguiente tesis:

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