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Socio-antropológicos de los fundamentos de derecho penal


Enviado por   •  20 de Febrero de 2013  •  Trabajos  •  1.579 Palabras (7 Páginas)  •  416 Visitas

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Tema 1: Fundamentos Socio-Antropológicos del Derecho Penal.

1.1. Aproximación al Derecho Penal como mecanismo de control social y crítica a la función represiva.

El control social posee una enorme amplitud que puede ser difusa (medios masivos, familias, rumores, prejuicio, modas, etc.) o institucionalizado (escuela, universidad, psiquiátrico, policía, tribunales, etc.). Dentro el control social institucionalizado hay una forma punitiva que no se reduce a lo formalmente punitivo (sistema penal), sino que abarca cualquier otro control social cuando en la práctica, pese al discurso no punitivo, opera punitivamente. En psiquiatría: entre instrumentos eléctricos de tortura y electrochoques no suele haber mucha diferencia. Son muchas las posibles formas de control social punitivo con discurso no punitivo, cabe tener presente que siempre el control social opera por medio de institucionalización de personas (manicomios, asilos, orfanatos).

Como se aprecia en el cuadro, el sistema penal es la parte del control social que resulta institucionalizado en forma punitiva y con discurso punitivo. Dentro del sistema penal el derecho penal ocupa sólo un lugar limitado. Para evitar los engaños omnipotentes, que llevan a la producción de efectos paradojales por vía de ficciones, es indispensable tener presente en todo momento estos límites y este panorama.

Concepto de Sistema Penal. Control social punitivo institucionalizado, que en la práctica abarca desde que se detecta o supone que se detecta una sospecha de delito hasta que se impone y ejecuta una pena. En un sentido limitado, abarca desde la actividad del legislador, del público, de la policía de los jueces y funcionarios y de la ejecución penal.

En un sistema más amplio, entendiendo por sistema penal al "control social institucionalizado", caben en él acciones controladoras y represoras que aparentemente nada tiene que ver con el sistema penal.

Forman parte del sistema penal los procedimientos contravencionales de control de sectores marginados de la población, las facultades sancionatorias policiales arbitrarias, las penas sin proceso, las ejecuciones sin proceso, etcétera. En un sentido más amplio, pueden tener contenido sancionatorio acciones que se encubren en discurso de tipo terapéutico o asistencial.

Segmentos del sistema penal: los básicos actualmente son:

Policial,

Judicial y

Ejecutivo.

1.2. Formas del Derecho Penal a través de la historia:

Derecho romano

El extenso período que abarca lo que habitualmente denominamos Derecho romano puede ser básicamente dividido en épocas, acorde al tipo de gobierno que cada una de ellas tuvo. A partir de la Ley de las XII Tablas se distinguen los delitos públicos, crímenes de los delitos privados, delitos en sentido estricto. Los primeros eran perseguidos por los representantes del Estado en interés de éste, en tanto que los segundos eran perseguidos por los particulares en su propio interés. Es de destacar que la ley de las XII tablas no establecía distinciones de clases sociales ante el derecho. Con el correr del tiempo los delitos privados pasan a ser perseguidos por el Estado y sometidos a pena pública. Una de la peores penas era la capitisdiminutio maxima.Durante la época de la República, solo van quedando como delitos privados los más leves. El derecho penal romano comienza a fundarse en el interés del Estado, reafirmándose de este modo su carácter público. Esta característica se ve claramente en la época del Imperio. Los tribunales actuaban por delegación del emperador; el procedimiento extraordinario se convirtió en jurisdicción ordinaria en razón de que el ámbito de los crímenes contra la majestad del imperio se fue ampliando cada vez más.Con el desarrollo del período imperial no se tratará ya de tutelar públicamente intereses particulares, sino de que todos serán intereses públicos. La pena en esta etapa recrudece su severidad.

1.2.1 El Derecho Penal esclavista.

En la sociedad esclavista, a medida que se organiza un poder público fuerte, éste asume la represión del delito. Sin embargo no por ello se puede decir que desapareció de manera total la venganza privada. En el antiguo oriente la legislación Penal se confunde con preceptos religiosos que se encuentran contenidos en libros sagrados los que consideran a los delitos como una ofensa a Dios. Sus normas se rigen por los principios de la venganza, moderadas por la Ley de Talión, las penas en todos los casos son extremadamente crueles. Una excepción a esta realidad la constituye el Código del rey Hammurabi que gobernó Babilonia dos mil años antes de nuestra era. Sus disposiciones están contenidas en una piedra que se conserva en el Museo de Louvre y entre ellas destaca el rechazo a la venganza y admite ampliamente la Ley de Talión.

En la Grecia antigua, la legislación griega se considera un puente entre el Derecho Oriental y el Occidental. La legislación más trascendente en ésta época es la que existía en Atenas. En ella hay una separación entre su legislación penal y sus creencias y prácticas religiosas. La responsabilidad penal que

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