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Teoria General Del Proceso


Enviado por   •  9 de Abril de 2014  •  11.652 Palabras (47 Páginas)  •  290 Visitas

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PARTE 1

INTRODUCCION

1.- LITIGIO Y MEDIOS DE SOLUCION

1.- LITIGIO: Es el conflicto de intereses calificado por la pretensión de uno de los interesados y la resistencia del otro.

MEDIOS PARA SOLUCIONAR UN LITIGIO

a) AUTOTUTELA: Consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio de

Interés ajeno.

b) AUTOCOMPOSICION: Es la renuncia a la propia pretensión o a la sumisión de la pretensión de la contra parte.

-FORMAS DE AUTOCOMPOSICION-

-DESISTIMIENTO: Es la renuncia a la pretensión litigiosa deducida por la parte atacante y, en caso de haber promovido ya el proceso, la renuncia a la pretensión formulada por el actor en su demanda o por el demandado en su reconvención.

-PERDON DEL OFENDIDO: El querellante conserva un poder dispositivo sobre el proceso penal, pues su perdón extingue la pretensión punitiva, con tal de que se conceda antes de que se pronuncie sentencia de segunda instancia.

-ALLANAMIENTO: Consiste en aceptar o someterse a la pretensión de la parte actora, de la atacante, sin oponer resistencia por lo que no se da un litigio.

-TRANSACCION: Es un contrato por el cual las partes haciéndose reciprocas concesiones terminan una controversia presente o previenen una futura.

c) HETEROCOMPOSICION: Es la solución al conflicto por un tercero sin interés propio en la controversia. Esta solución es calificada de imparcial.

-FORMAS DE HETEROCOMPOSICION-

-MEDIACION: Este tercero se limita a propiciar la comunicación o negociación entre las partes.

-CONCILIACION: Consiste en proponer a las partes, alternativas concretas para que resuelvan de común acuerdo sus diferencias.

-OMBUDSMAN: Tercero ajeno a la controversia que puede requerir a las autoridades competentes para que tomen las medidas adecuadas para combatir prácticas ilegales, ejemplo: Procuraduría Federal del Consumidor, nace en 1976, Comisión Nacional de Derechos Humanos, se crea en 1990.

-ARBITRAJE: Este tercero no solamente propone soluciones a las partes sino que dispone de dicha solución y la hace obligatoria.

-PROCESO: Un tercero ajeno decide el conflicto y es un órgano jurisdiccional de estado. Un juzgador con facultades no solo para emitir una resolución obligatoria para las partes sino también para imponerla por sí mismo en forma coactiva. Es el medio idóneo para dirimir imparcialmente, por actos de juicio de la autoridad, un conflicto de intereses con relevancia jurídica.

2.- DERECHO PROCESAL

1.- DERECHO SUSTANTIVO: También llamado derecho material, son las normas que establecen derechos y obligaciones, facultades y deberes para las personas, y que prevén, normalmente, las sanciones que deben aplicarse a aquellas cuando incurren en el incumplimiento.

2.- DERECHO ADJETIVO: También llamado derecho instrumental o formal, son aquellas normas que prescriben las condiciones y los procedimientos para la creación y aplicación del derecho sustantivo, así como la integración y competencia de los órganos del estado que deben intervenir en dichos procedimientos.

-El derecho procesal pertenece al derecho público.

-La sentencia es el acto procesal por medio del cual el juzgador resuelve la controversia planteada y pone término normalmente al proceso.

3.- TEORIA GENERAL DEL PROCESO: Es la parte general del derecho procesal que se ocupa del estudio de los conceptos, principios e instituciones que son comunes a las diversas disciplinas procesales especiales.

4.- PARTE ESPECIAL DEL DERECHO PROCESAL: Comprende las diversas disciplinas o ramas de la ciencia del derecho procesal que se ocupan, de manera específica, del estudio de las normas que regulan cada proceso en particular.

Existen diferentes tipos de procesos:

-Proceso de interés individual o privado, en el cual predomina el principio dispositivo, con iniciativa de parte y disponibilidad del objeto del proceso.

-Proceso de interés social: En el cual rige el principio de igualdad por compensación, con iniciativa de parte pero indisponibilidad del objeto del proceso.

-Proceso de interés público: en el cual impera el principio publicistico, como intervención normalmente de dos órganos del Estado con funciones de juez y parte y una relativa indisponibilidad del objeto del proceso que admite modalidades y salvedades.

5.- DERECHO PROCESAL DISPOSITIVO: Tiene como principio formativo rector al principio dispositivo. Producto de la ideología liberal e individualista, el principio mencionado ha sido entendido tradicionalmente como aquel que permite a las partes disponer tanto del proceso como de derecho sustantivo controvertido.

6.- DERECHO PROCESAL CIVIL: Es la disciplina que estudia el conjunto de normas que regulan el proceso a través del cual se solucionan los litigios que versan sobre la interpretación o aplicación de normas sustantivas civiles.

7.- DERECHO PROCESAL MERCANTIL: Es la rama especial que se ocupa del estudio del conjunto de normas jurídicas que regulan el proceso destinado a solucionar los litigios de carácter mercantil.

8.- DERECHO PROCESAL SOCIAL: Surge para establecer, mediante una nueva desigualdad, la igualdad perdida por la distinta condición que tienen en el orden económico de la vida, los que ponen su trabajo como sustancia del contrato, y los que se sirven de el para la satisfacción de sus intereses.

9.- DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO: Es la disciplina que estudia el conjunto de normas que regulan el proceso por medio del cual se solucionan los conflictos derivados de los contratos, nombramientos o relaciones de trabajo.

-Dentro de esta disciplina debemos distinguir tres tipos de normas que regulan el proceso del trabajo:

a) Las contenidas en el apartado A del art. 123 de la Constitución Política y su ley reglamentaria, la Ley Federal del Trabajo de 1969.

b) Las contenidas en el apartado B del citado artículo

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