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Análisis jurídico empresa Constructora OAS Ltda


Enviado por   •  10 de Junio de 2023  •  Apuntes  •  1.667 Palabras (7 Páginas)  •  38 Visitas

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ANTECEDENTES

El  31  marzo  del  2009,  la empresa Constructora OAS Ltda presentó la formulación de iniciativa privada “Vía expresa Línea Amarilla”, la cual consiste en un proyecto que contenga el diseño, construcción, operación, mantenimiento de nuevas vías urbanas, mejoramiento y operación de la Vía Evitamiento, esto lo puso en atención a la MML para que pueda ser analizada y luego aprobada. Con 22 de octubre se declaró de interés la iniciativa privada por lo que se le solicitó a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada llevar a cabo el proceso de adjudicación; posteriormente, la MML a través del  Concejo N° 402, declaró su aprobación la adjudicación a favor de la empresa Constructora OAS Ltda. del proyecto “Línea Amarilla”, suscribiendo el contrato de concesión el 12 de noviembre del 2009.

Eliminación del COSAC: Incumplimiento del factor de competencia (2013)

En lo que respecta al factor de competencia, esta se trata de una variable que se usa para comparar las ofertas económicas o técnicas que se presentan en la etapa de concurso por los postores, la mejor propuesta es la que determina quién gana el concurso. En el proyecto “Vía Expresa Línea Amarilla”, el factor de competencia estuvo regido por la cantidad de kilómetros de carriles por parte de COSAC, al no presentarse propuestas externas por Construtora OAS Ltda., se le adjudicó la ejecución y explotación de las obras del proyecto.

Sin embargo, la obligación del concesionario de ejecutar las obras del COSAC fueron retiradas por la adenda N° 1 del contrato de concesión, la cual fue suscrita el 13 de febrero del 2013, dejando el factor de competencia sin efecto, motivo por el cual el Estado adjudicó la concesión.

Reconfiguración del proyecto: nueva denominación, obras especiales, el Proyecto

Río Verde y obras de integración urbana (2013)

Con la adenda N°1 se le atribuye la denominación a la concesión como “Vía Parque Rímac”, la cual contiene: i) Proyecto Línea Amarilla; ii) Obras especiales; y, iii) “Proyecto Río Verde y obras de integración urbana”. Por otro lado, a la concesión se le va a incorporar el ¨Proyecto Río verde y obras de integración urbana¨, la única obligación por parte del concesionario es la de efectuar aportes económicos (fideicomiso), más no es proyecto que integra a un contrato como tal, su mantenimiento y operación estarán a cargo de la MML.

Actas de trato directo (2014)

Con fecha 20 de octubre del año 2014, por medio del Acta de Cierre - Trato Directo, se admite que la compensación económica se realizará mediante incrementos tarifarios de conformidad con el Capítulo XVII del Contrato de Concesión. La municipalidad de Lima se vio obligada a indemnizar a la concesionaria por el monto de US$ 142 023 716,86.

Eliminación del proyecto Río Verde (2015)

En febrero del año 2015, la MML consideró modificar el proyecto “Río Verde y Obras de Integración Urbana” para incluir otras obras prioritarias que reducen las brechas de infraestructura vial y de transporte de Lima. Esto provocó elaborar una versión del proyecto

para posteriormente suscribir otra adenda con el objetivo de adaptar las disposiciones a la situación descrita anteriormente, según Acta de Acuerdos N° 20 del 26 de febrero del 2015.

El 02 de octubre del mismo año se suscribe la adenda N° 2, estableciendo la sustitución del diseño y construcción de las siguientes obras viales:   I) Obra inicial (Viaducto 1): Paso Inferior - Intersección Av. Morales Duárez y Av. Universitaria y Puente Vehicular Bella Unión (contemplada en el contrato y modificada por adenda N° 1. II) Obra especial de conexión de San Juan de Lurigancho con la Vía de Evitamiento (incorporada por la adenda N° 1).  III) Obra especial del intercambio de la intersección de la Vía Evitamiento y la Av. Las Palmeras (incorporada por la adenda N° 1).

Finalmente, la adenda N° 2 retiró otras obras del proyecto e incorporó la Obra "Paso Inferior= Intersección Av. Morales Duárez y Av. Universitaria y Puente Vehicular Bella Unión" a la sección 2 del proyecto, en lugar de la obra inicial originalmente pactada.

(2016) Incorporación del puente Bella Unión al área de la concesión.

Mediante la adenda N°3, se dividió la construcción del Puente Bella Unión  y se amplió el plazo para su finalización. Para su firma se recibió una opinión preliminar del Ministerio de Economía y Finanzas, que manifestó que por la naturaleza de la modificación del contrato investigado,  no es materia de su competencia, los Acreedores aprobados aceptan los términos y condiciones adjuntos. El monto final de inversión del proyecto es de US$ 418

974 261,6039s. En base al seguimiento y gestión de contratos de Invermet, el proyecto tenía un avance del 99,24% en noviembre de 2018.

ANÁLISIS JURÍDICO

El contrato de concesión del Proyecto Línea Amarilla en Perú es un acuerdo que regula los términos y condiciones entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Empresa Línea Amarilla SAC para la construcción, operación, mantenimiento y explotación de una carretera en la ciudad de Lima. La concesión cuenta con una duración de 30 años.

Desde una perspectiva jurídica, el contrato de concesión de obra pública es un instrumento de gran relevancia y complejidad que determina las obligaciones y los derechos de todas las partes involucradas en el proyecto. Por ello, su análisis y evaluación debe ser exhaustivo y riguroso para garantizar la protección de los intereses del Estado y de los ciudadanos.

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