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Breve recuento de la legislacion en materia de seguridad y salud en el trabajo en Colombia

jmbo1993Ensayo27 de Abril de 2023

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BREVE RECUENTO DE LA LEGISLACION EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN COLOMBIA

AUTOR: ING. JESUS MARIO BEDOYA ORTIZ

Para las empresas públicas y privadas, el estado ha tenido injerencia directa a través de actos jurídicos, como lo fue la primera la ley en materia laboral conocida como “la ley Uribe”, quien fue el primero en hablar del bienestar del trabajador. La ley 9 de 1979 hace un intento con más aproximación a la realidad de construir un compendio legal estructurado de lo que en esa época era denominado “salud ocupacional” con una dedicación de aproximadamente 74 artículos.(Lizarazo et al., 2011)

La introducción en Colombia de la ley mencionada con anterioridad, permitió que se produjeran muchos cambios en términos de la salud de los trabajadores, aunque también especifica la protección de la población en general con los cuidados del agua, el medio ambiente y los alimentos, que también son factores exógenos de salud de las personas.

En ese mismo año en que se conoce dicha ley, se crean reglamentaciones en donde se hace mayor énfasis en la medicina laboral y la higiene industrial con los decretos 2400 y 2413 de 1979, este último diseñado específicamente para ese sector que entrega mayores tazas de mortalidad, como lo es el sector de la construcción.

Desde el año 1983, con la creación del decreto 586, se hizo un esfuerzo por reglamentar el funcionamiento de los distintos comités que generan movimiento, gestión, actitud de participación y de cambio en materia de seguridad y salud laboral en las organizaciones, pasando por la resolución 2013 de 1986, y la resolución 1016 de 1989.

La creación de la ley 100 y la reglamentación del sistema general de riesgos laborales en 1994 a través del decreto 1295, que permitió establecer ciertos mecanismos para mejorar las condiciones de los “asegurados” en las organizaciones de trabajo, entre ellos el de cubrir incapacidades, contingencias por accidentes o enfermedades e inclusive por muerte de origen laboral. Teniendo en cuenta toda la estructura armada en el siglo XX en materia de riesgos laborales, no quedaba sino el compromiso de las instituciones de llevar a cabo lo reglamentado en la ley.

Es importante señalar que en la primera década del siglo XXI se estipulan una serie de reglamentaciones orientadas a la prevención del riesgo psicosocial con la creación de la ley 205 de 2003 y la resolución 2646 de 2008 que, de hecho, este tipo de reglamentaciones son muy bien vistas por la comunidad europea ya que en Latinoamérica se tienen definidos diferentes mecanismos para establecer un marco sistemático para la prevención del acoso y el estrés laboral.

Ya para el segundo decenio del presente siglo, se presentó un cambio gramatical que impactó en la concepción del constructo articulado en el siglo pasado. Con la ley 1582 de 2012 donde se conocerá como riesgo laboral lo que antes era riesgo profesional, y salud ocupacional como seguridad y salud en el trabajo, trajo consigo un cambio en el paradigma, debido a que todos entraban en el juego (aunque desde siempre ese fue el objetivo del sistema de riesgos laborales); además se establecieron los cimientos del actual del sistema de garantía de calidad del sistema general de riesgos laborales.(Gallo et al., 2016)

El decreto 1072 de 2015 es la piedra angular que establece como se debe estructurar la prevención de riesgos en las empresas, tomando varios elementos de la normatividad y también su núcleo en las normas internacionales como lo fue en su momento la OSHAS 18001 de 2007, usando los principios de la mejora continua para garantizar seguridad y salud en los trabajadores de las organizaciones.

En términos generales vemos que el estado colombiano ha venido creando material legislativo para hacer de las personas en los lugares de trabajo, personas con salud y aptas para continuar con el ciclo de la vida en sociedad. La cultura de la prevención es una materia que muchas veces en las organizaciones esta visto como un gasto por obligatoriedad, con el miedo de ser visitado y multado, pero se le tiene muy poco reconocimiento al aporte que este puede llegar a aportar  en el rendimiento de las personas y por ende la competitividad de la organización, ergo, los futuros profesionales de la seguridad y salud en el trabajo están en la obligación de salir al mercado y demostrar que el compendio legislativo existe no solo para cumplirlo sino para subyacer hacia la productividad y trascender hacia los rendimiento económicos que de ellos se puedan conseguir.

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