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Legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo

elizaproTarea4 de Abril de 2020

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Actividad 1.  Cuestionario Investigación Normativa

Grupo No. 6

Presentado Por:

Marisol del Rocío Meneses Hernández

Harold Oswaldo Ramos Sánchez

Diana Elizabeth Proaño Fraga

Edna Julieta Sánchez Viveros

Presentado a:

Luis Gabriel Muñoz Quintero

Universidad ECCI

Especialización en Gerencia en Seguridad y Salud en el Trabajo

Legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo

Año 2020

Cuestionario Investigación Normativa

Pregunta 1

De acuerdo con lo descrito en el artículo 142 del Decreto Ley 019 de 2012, investigar

¿En qué casos podría calificar en primera oportunidad las compañías de seguro vida?

R/

El artículo 142 del Decreto Ley 019 de 2012 nos dice que Corresponde al Instituto de Seguros Sociales, Administradora Colombiana de Pensiones -COLPENSIONES-, a las Administradoras de Riesgos Profesionales - ARP-, a las Compañías de Seguros que asuman el riesgo de invalidez y muerte, y a las Entidades Promotoras de Salud EPS, determinar en una primera oportunidad la pérdida de capacidad laboral y calificar el grado de invalidez y el origen de estas contingencias. En caso de que el interesado no esté de acuerdo con la calificación deberá manifestar su inconformidad dentro de los diez (10) días siguientes y la entidad deberá remitirlo a las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez del orden regional dentro de los cinco (5) días siguientes, cuya decisión será apelable ante la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, la cual decidirá en un término de cinco (5) días. Contra dichas decisiones proceden las acciones legales.

Ministerio del trabajo. (2013, Junio). Decreto 1352 de 2013. Recuperado el 17 de marzo de 2020.

Teniendo en cuenta lo enunciado en este artículo y según la investigación realizada, se puede determinar que las compañías de seguros de vida califican en primera oportunidad cuando uno de sus afiliados se encuentra en un proceso de esta índole; Es decir cuando un trabajador de una empresa que realiza aportes a un seguro de vida por invalidez o muerte, sufre un accidente o enfermedad laboral que lo deja incapacitado para continuar ejerciendo su trabajo y este debe acceder a una indemnización monetaria por dicho suceso, es allí donde las aseguradoras intervienen en la calificación en primera oportunidad con el fin de medir el grado de invalidez y determinar así el valor de indemnización  al cual tiene derecho.

Pregunta 2  

¿Que son enfermedades laborales directas y cuáles son?

¿En qué actividades económicas se presentan estas enfermedades?

R/

Las enfermedades laborales directas son las que se adquiere a causa de diferentes sucesos o vivencias dentro del entorno laboral, dichas enfermedades tienen reconocimiento en la prestación asistencial por parte de las administradoras de riesgos laborales, desde su diagnóstico hasta el dictamen de la calificación de invalidez.

Las enfermedades laborales directas reconocidas por el Gobierno mediante el Decreto 1477 de 2014  y que afectan el sistema respiratorio en las personas son:  

Asbestosis: Enfermedad a los pulmones causada por la inhalación de partículas de polvo de asbesto; a consecuencia de la acumulación de este residuo en los pulmones origina la destrucción y cicatrices crónicas de los tejidos pulmonares, mermando así la capacidad respiratoria y trayendo consigo cáncer de pulmón.

Se presenta en los trabajadores que se exponen a la fibra de asbesto en los procesos de:

  • Explotación para minería, extracción, transformación, clasificación, y embalaje de residuos mineros de asbesto.
  • Uso de fibra de asbesto para fabricación de productos como cemento, materiales de fricción como pisos, embragues y pastillas de frenos.
  • En la aplicación y mantenimiento de materiales aislantes térmicos como tubos, motores, calderas y  tejas de asbesto.
  • El uso de aditivos para pinturas, resinas o plásticos.

Silicosis: Enfermedad causada por inhalación de polvo de sílice, que es un cristal natural obtenido de las rocas; Genera inflamación de los pulmones y ganglios linfáticos, que causa dificultad para respirar y baja los niveles de oxígeno en la sangre.

Se presenta en los trabajadores expuestos a sílice, durante la extracción y utilización como:

  • Trabajadores de minas, túneles, canteras, operaciones de pulido, tallado y artesanos.
  • Trabajadores con cerámicas, pulido de vidrio, afiladores, picapedreros, fundidores, extracción de canteras de granito, y minas metálicas, obras hidroeléctricas, talladores, labradores de piedra, industria siderometalúrgica, fabricación de refractarios, abrasivos, vidrios, cemento, manufacturas de papel, pinturas, gomas entre otros.

Neumoconiosis del minero de carbón: Enfermedad obtenida por la inhalación de polvo de carbón o grafito; Causa grandes manchas negras y obstruye las vías respiratorias como bronquiolos, reduciendo así la función pulmonar.

Se presenta en los trabajadores expuestos en las minas de carbón, carboneros, herreros, forjadores, fogoneros, deshollinadores y demás trabajadores expuestos a inhalación de polvos de carbón de hulla, grafito y antracita.

Mesotelioma Maligna: Es un tipo de cáncer poco común, que se contrae debido a la exposición de grandes cantidades de asbesto por un tiempo prolongado. Las células malignas recubren la capa más delgada del tejido del pulmón, abdomen, corazón o testículos.

Se presenta en los trabajadores que se exponen a la fibra de asbesto en los procesos de:

  • Explotación para minería, extracción, transformación, clasificación, y embalaje de residuos mineros de asbesto.
  • Uso de fibra de asbesto para fabricación de productos como cemento, materiales de fricción como pisos, embragues y pastillas de frenos.
  • En la aplicación y mantenimiento de materiales aislantes térmicos como tubos, motores, calderas y  tejas de asbesto.
  • El uso de aditivos para pinturas, resinas o plásticos.

Estas enfermedades se desarrollan dentro de la actividad económica de la Minería.

Pregunta 3

Expliquen con sus palabras ¿qué medidas de prevención como mínimo se deben contemplar en el desarrollo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo?

R/

Las medidas de prevención son todo ese conjunto de acciones que una organización toma para proteger la integridad física y psicosocial de sus trabajadores. Las medidas mínimas que debe contemplar un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo son:

  1. Eliminación del peligro / riesgo: Son todas aquellas acciones que tienen como objetivo eliminar todos los peligros y riesgos en los que puede incurrir un trabajador.
  2. Sustitución: Son las acciones que se toman para reemplazar los peligros o riesgos por otros que generen un menor impacto en los trabajadores.
  3. Controles de ingeniería: son el conjunto de medidas técnicas que se realizan sobre la fuente que origina el peligro o riesgo por ejemplo instalación de sistema de ventilación, protección de máquinas, aislamiento de sonidos entre otros.
  4. Controles administrativos: son el conjunto de medidas que tiene como objetivo reducir el tiempo de exposición del peligro de los trabajadores y todo lo concerniente a las señales de seguridad y procedimientos de seguridad acá encontramos medidas como rotación de personal, cambios de jornada, señalización de zonas peligrosas, señales luminiscentes, instalación de alarmas entre otras.
  5. Equipos y elementos de protección personal y colectiva: este es el conjunto de todos los elementos necesarios para la protección de los trabajadores que tienen como objeto prevenir daños físicos y en su salud estos son llamados (EPP) elementos de protección personal como los son cascos, overoles, gafas o los implementos necesarios según las actividades que realicen.

Pregunta 4

Señalen las responsabilidades de las administradoras de riesgos laborales en el Sistema de Riesgos Laborales (trabajadores de planta, en misión, independientes, estudiantes).

R/

Para comprender mejor vamos a definir los siguientes conceptos:

ARTICULO 1 DE LA LEY  1562 DE 2012, define  al Sistema General de Riesgos Laborales como, el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

Ministerio del trabajo. (2012, Julio). Ley 1562 de 2012. Recuperado el 17 de marzo de 2020.

Las Administradoras de Riesgos Laborales –ARL- son entidades públicas o privadas, que hacen parte del Sistema General de Riesgos Laborales –SGRL-, a su vez, este hace parte del Sistema de Seguridad Social Integral  SSSI-, donde a través de estas entidades, los empleadores pueden afiliar a sus trabajadores contra los diferentes riesgos que se pueden presentar durante el trabajo.

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