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Campo algodonero vs México


Enviado por   •  31 de Enero de 2024  •  Ensayos  •  835 Palabras (4 Páginas)  •  34 Visitas

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El día 4 de noviembre del año 2007 La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos presento demanda contra México, se realizó la petición inicial a la Comisión Interamericana el día 6 de marzo del 2002, el 24 de febrero del 2005 la Comisión aprobó los informes declarando admisibles las peticiones. El 30 de enero del 2007 notifico a las partes su decisión de acumular las respectivas peticiones. La demanda presentada ante la Corte se relacionaba con la supuesta responsabilidad internacional del Estado por la desaparición y ulterior muerte de las jóvenes Claudia Ivette Gonzales, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, cuyos cuerpos fueron encontrados en un campo algodonero de Ciudad Juárez el día 6 de noviembre del 2001. Responsabilizando así al Estado por la falta de prevención de estos crímenes, pese al pleno conocimiento de la existencia de un patrón de violencia de género que había dejado centenares de mujeres y niñas asesinadas. La falta de respuesta de las autoridades frente a dicha desaparición, la falta de debida diligencia en la investigación a los asesinatos así como la denegación de justicia y la falta de reparación adecuada.

El 23 de febrero del 2008 las organizaciones ANAD, CLADEM, CEDIMAC Y Red Ciudadana de no Violencia y por la Dignidad Humana, representantes de las presuntas tres víctimas, presentaron su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas.

Los derechos que se vulneraron se basaron en el instrumento internacional en el cual La Corte Interamericana de Derechos Humanos ejerce su competencia contenciosa es la Convención Americana de Derechos Humanos a la cual México pertenece.

Dentro de esta convención los derechos que fueron vulnerados por parte del Estado son los siguientes;

Artículo 1, que respecto a la obligación que tienen los Estados de respetar los derechos humanos que en la Convención se estipulan.

Artículo 2, que hace referencia a la adopción que debe de tener los Estados en su derecho interno para el respeto de los derechos y las garantías que están dentro de esta Convención.

Artículo 4, porque sabemos que el cuadro factico se desprende que estamos frente a la muerte de tres víctimas, violentando así el derecho a la vida.

Artículo 5, que hace referencia a la integridad personal y es que luego de encontrar estos tres cuerpos sin vida, también se encontraron rastros de sufrimiento por tortura y fueron violentadas sexualmente.

Artículo 8, que hace referencia a las garantías judiciales, debido que en este caso el aparato judicial del Estado no se activó eficazmente para resolver este caso y del centenar de mujeres que ya habían sido encontrado de igual forma violentadas sexualmente, torturadas y muertas. No hicieron caso del patrón de violencia de género, además existió discriminación por ser de la clase trabajadora, por su ubicación geográfica. Al decir también que fue culpa de ellas por no fijarse con quien salían y de los familiares por no educarlas bien.

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