ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Caso Gutman vs Mexico


Enviado por   •  15 de Octubre de 2022  •  Ensayos  •  2.120 Palabras (9 Páginas)  •  91 Visitas

Página 1 de 9

Introducción

El caso de Gutman vs México, resuelto en el año 2008 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, representa un caso paradigmático en distintos sentidos: por un lado, aborda una problemática que se encuentra en la mesa de discusión nacional por estos días, dada la negativa de los partidos políticos a brindar parte de su financiamiento a los damnificados por los huracanes y sismos ocurridos en el país durante el mes de septiembre de este año, y la opinión general sobre la necesidad de dichos financiamientos y la posición privilegiada de dichos partidos, cuya finalidad de creación dista bastante de la que actualmente presenciamos.

En segundo lugar, dicha jurisprudencia internacional representa el primer caso en que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH), ha señalado al gobierno mexicano como violador de la Convención Americana de Derechos Humanos (en adelante, la Convención).

El presente ensayo, en miras de las consideraciones anteriores, buscará por tanto abordar no sólo las aportaciones de la CIDH, sino ahondar en cierto grado sobre el contexto, los actores, y las repercusiones en el derecho electoral de hoy en México.

Contexto – breves apuntes sobre la carrera política de Jorge Castañeda Gutman

        Jorge Castañeda Gutman es un político y escritor mexicano, graduado de estudios de licenciatura de la Universidad de Princeton y de estudios de doctorado de la Universidad de París. Actualmente se desempeña como académico, habiendo sido invitado en diversas universidades del país como catedrático y profesor, incluyendo la Universidad Autónoma de México y el Centro de Investigaciones y Docencia Económicas. Es autor de al menos ocho títulos referentes a sus experiencias en la política mexicana[1].

        A pesar de considerarse ideológicamente de izquierda, perteneció al gabinete del ex presidente Vicente Fox y es concebido por la academia como esencialmente conservador. Durante el sexenio de Vicente Fox se desempeñó como Secretario de Relaciones Exteriores, tras haber desempeñado un papel fundamental en la campaña presidencial del anteriormente mencionado. Desempeñó su cargo hasta el año 2003, justo antes de la guerra emprendida por Estados Unidos en Medio Oriente, y aparentemente por evitar las consecuencias de pronunciarse a favor de la guerra (y enfrentarse al desacuerdo nacional con dicho pronunciamiento) o negarse y afrontar el desacuerdo con los Estados Unidos.

        Para la campaña electoral de 2006, separado ya del Partido Acción Nacional, anunció su candidatura como candidato independiente al entonces Instituto Federal Electoral (IFE), quien le apercibió no poder recibir dicha candidatura por estar fuera de tiempo (faltaban algunos meses para que se abriera el periodo de inscripción), y por no cumplir el requisito de formar parte de un partido político, previsto en la legislación electoral mexicana[2].

Antecedentes a participación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

        Tras la negativa del IFE a recibir la candidatura, Gutman recurrió a la figura del amparo mexicano el día 29 de marzo de 2004, alegando que la negativa (previa, pues aún no se abría el período) constituía un acto de aplicación del artículo 175 del Código Federal de Procedimientos Electrales (COFIPE), que restringía el registro de manera exclusiva a los partidos, discriminando al resto de la población y atentando contra los derechos políticos, específicamente el derecho a ser votado, consagrado en el artículo 35 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

        El Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal declaró improcedente la demanda de amparo, a lo que Gutman reaccionó interponiendo un recurso de revisión. Dicho recurso de revisión fue atraído y resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), reafirmando la sentencia del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa del entonces Distrito Federal y considerando esencialmente que:

…la facultad de resolver sobre la contradicción de normas electorales a la Constitución federal, está plenamente limitada por mandato constitucional al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mientras que el Tribunal Electoral conocerá respecto de algún acto o resolución o sobre la interpretación de un precepto constitucional, siempre que esta interpretación no sea para verificar la conformidad de una ley electoral con la Constitución[3].

Así bien, el 12 de octubre de 2005, Gutman denunció frente a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la violación de los Derechos Humanos (DDHH) contenidos en la Convención Americana de Derechos Humanos, pidiendo que adoptara medidas cautelares, evidentemente aún con el propósito de correr la carrera presidencial del 2006. Cabe mencionar que Gutman acusó al PAN de intervenir en las negativas a su petición frente al Poder Judicial, argumentando un interés en que no se dividiera el voto político entre él y el candidato de su partido, y después presidente, Felipe Calderón.

  Dichas medidas fueron en efecto solicitadas por la Comisión, más en octubre del 2005, el gobierno mexicano declaró que el tomar dichas medidas preparatorias intervendría directamente con su legislación interna.[4] 

Finalmente, al no tomarse dichas medidas cautelares, el caso fue sometido a la CIDH.

Sentencia de la CIDH Gutman vs México

        La CIDH resolvió la problemática el 6 de agosto de 2008, tomando en cuenta para llegar a sus conclusiones el análisis de los conceptos de violación invocados por Gutman, en relación a los artículos 25, sobre protección judicial; 24 de igualdad ante la ley, y 23 sobre el derecho a ser votado de la Convención Americana de Derechos Humanos.

        Respecto del primer artículo, la CIDH pronunció una violación del gobierno mexicano, al no proveer un recurso rápido, sencillo y efectivo para proteger los derechos políticos, puesto que en efecto el recurso de amparo interpuesto por el demandante no era adecuado en los términos requeridos por el antes nombrado artículo 25 de la Convención.[5]

        De acuerdo a Froto Madariaga:

En su estudio, la CIDH estimó necesario verificar la existencia, al momento en que el señor Castañeda demandó su derecho a ser registrado como candidato a Presidente de la República, en el ordenamiento jurídico mexicano de un recurso efectivo que permitiera al ciudadano impugnar la inconstitucionalidad del artículo del Código Federal de Instituciones y procedimientos Electorales, que dispone el monopolio de las candidaturas políticas para los partidos nacionales.[6] 

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (13 Kb) pdf (99 Kb) docx (15 Kb)
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com