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Capacitación, Formación y Perfeccionamiento en Protección Integral de los Niños, Niñas y Adolescentes


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2023  •  Biografías  •  3.611 Palabras (15 Páginas)  •  58 Visitas

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Capacitación, Formación y Perfeccionamiento en Protección Integral

de los Niños, Niñas y Adolescentes. 

Patas Arriba…La Escuela del Mundo al Revés.

Día tras día. Se niega a los niños a ser niños.

Los hechos que se burlan de ese derecho,

Imparten sus enseñanzas en la vida cotidiana.

El mundo trata a los niños ricos como si fueran dinero,

para que se acostumbren a actuar como el dinero actúa.

El mundo trata a los niños pobres como si fueran basura,

para que se conviertan en basura.

Y a los del medio, a los niños que no son ricos ni pobres,

los tienen atados a la pata del televisor,

para que desde temprano acepten, como destino, la vida prisionera.

Mucha magia y mucha suerte tienen los que consiguen ser niños.

Eduardo Galeano           Déjame ser niño…

Niñez… termino para referirnos al periodo de vida donde nuestros niños y niñas están en su etapa de jubilo, donde la inocencia es la que guía sus pasos y donde los juegos y la risa marca el camino de cada uno, en cambio la adolescencia es la etapa mas dolorosa para los adultos, pues en ese periodo nuestros chamos y chamas nos sacan canas verdes, nos ocasionan molestias y mas grave aun, es una época de preocupaciones y noches sin dormir… donde la angustia y el miedo por el camino que escojan nuestros hijos, hijas, sobrinos, sobrinas, estudiantes, vecinos y vecinas hace que nuestras vidas tengan un ritmo inadecuado…

Wuillians J. Pabón G.

¿QUÉ ES LA LOPNNA?

Es la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, promulgada por el Presidente Rafael Caldera en 1998, entro en vigencia el 1 de abril de 2000 y reformada en diciembre de 2007. Esta ley surge gracias a una intensa movilización de la sociedad y en el que niños, niñas y adolescentes fueron sus protagonistas. Este instrumento legal transforma el viejo paradigma (modelo o ejemplo a seguir) de situación irregular por uno mas nuevo y totalmente diferente llamado doctrina de protección integral.

NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

Es la primera vez que se establece en una ley la diferencia entre niños, niñas y adolescentes. Niño o niña es toda persona con menos de doce años de edad y  Adolescente es toda persona con edades comprendidas entre los doce y los dieciocho años no cumplidos es decir 17 años con 364 días,  estas precisiones son muy importantes porque influyen en la asignación de responsabilidades de los niños, niñas y adolescentes de acuerdo con los límites establecidos por la propia ley.

La LOPNNA considera a los niños, niñas y adolescentes como personas, no como objetos, les permite opinar y participar en diferentes actividades de su interés, es decir, dejamos de ver al niño como sujeto tutelado y les reconoce a todos los niños, niñas y adolescentes su condición de sujetos plenos de derechos con deberes y obligaciones, habilitados para demandar, actuar y proponer. A los efectos se les considera personas con derechos y responsabilidades correspondientes a su edad y capacidad, bien sea con sus padres, en el hogar, en la escuela y con la sociedad en general.

ANTECEDENTES

El origen de esta ley se remonta a la aprobación de la Convención Internacional sobre los Derechos del niño, de fecha 20 de noviembre de 1989, cuyo objeto principal fue transformar necesidades en derechos; por ejemplo: anteriormente se consideraba que la infancia tenia necesidad de educación y salud, el tener una necesidad no me da la faculta para exigir su cumplimiento sin embargo con la aprobación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño se transformaron esas necesidades en derechos. Venezuela ratifica la Convención el 29 de agosto de 1990, promulgando la Ley Aprobatoria de la Convención sobre los Derechos del Niño por lo que asume desde ese mismo momento la obligación de brindarles a todos nuestros niños, niñas y adolescentes protección social y jurídica.

PERO… ¿QUE OBJETO TIENE LA LOPNNA?

El objeto de esta Ley es regular los derechos y garantías, así como los deberes y responsabilidades relacionadas con la atención y protección de los niños, niñas y adolescente, además de reforzar el concepto de familia como célula fundamental de la sociedad, por lo que le da gran importancia a las obligaciones que tiene como responsable principal, inmediata e irrenunciable en el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes.

Esta ley tiene rango constitucional, es decir, en la nueva constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, aprobada el 15 de diciembre de 1999, en su capitulo V establece que hay que darle prioridad a la protección integral del niño, niña y adolescente. Así mismo dice: Artículo 78. Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y desarrollarán los contenidos de esta Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República.

Podemos considerar que entre los propósitos de la LOPNNA están:

  • Concibe al niño como sujeto social con derechos, son ciudadanos de la Republica.
  • Busca distribuir las responsabilidades de la protección de los niños, niñas y adolescentes entre la familia, la comunidad, la sociedad y el Estado en sus distintos niveles de actuación (municipal, regional y nacional, judicial, legislativo y ejecutivo).
  • Se propone otorgar nuevos derechos a los niños, niñas y adolescentes hasta ahora no incluidos en ninguna ley nacional. Contempla así derechos tales como a participar, a opinar, a ser respetados por los educadores, derecho al buen trato, libre desarrollo de la personalidad, defender sus derechos, entre otros.
  • Establece los deberes que tienen los niños, niñas y adolescentes en cada etapa de desarrollo, se entiende que el ejercicio ciudadano lleva necesariamente a la responsabilidad, lo cual requiere madurez necesaria para asumir las tareas y deberes.
  • Se establece la obligación del Estado de proteger y apoyar a la familia como grupo social esencial y la prohibición expresa de la entrega o renuncia a la maternidad o paternidad por razones de pobreza.
  • Establece normas,  procedimientos y estrategias diversas para la protección integral de todos los niños, niñas y adolescentes que son víctimas claramente diferentes de los previstos para la protección, atención y o tratamiento de los adolescentes que son victimarios.

DERECHOS

Entre los derechos establecidos se encuentran: derecho a la vida, a la salud, a la seguridad social, a la protección en casos de conflictos armados, a la educación, acceso a la información, a preservar su identidad, al nombre y nacionalidad, a no ser separado de sus padres, a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, a la recreación y la cultura, a la protección y seguridad, a la participación libre y al desarrollo. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos de la exposición a material pornográfico y películas o video-juegos que inciten a la violencia; así como la venta de licores y cigarrillos que inducen al vicio. Aquellos comercios que violen este derecho serán sancionados, tal como lo establece la LOPNA.

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