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Delitos Penales y Administrativos


Enviado por   •  24 de Marzo de 2024  •  Ensayos  •  2.048 Palabras (9 Páginas)  •  39 Visitas

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Delitos Penales y Administrativos

A través del devenir histórico se han detectado conductas nocivas que dañan y perjudican el desarrollo pacífico de la sociedad, por lo que se han tenido que prohibir o regular por la ley para mantener el desarrollo continuo y tranquilo en el mundo. Dichas conductas pueden llegar a desestabilizar a países enteros, estados y personas, socavando así la asistencia para el desarrollo en ese territorio. Esas conductas están muy arraigadas a la prehistoria por lo que con el paso del tiempo se han denominado delitos, y tales delitos conllevan a una pena o sanción tanto como en el pasado como en la actualidad.

        De lo dicho anteriormente, entendemos que la palabra delito existe desde la primera aparición de los seres humanos en el mundo, esto ha llevado al delito como tal a modernizarse, aunque no de una manera positiva para la población, ya que los crímenes que se cometían antes eran de menor impacto para la población que los que se comenten hoy en día, por ende, la definición de delito también ha variado

con el transcurrir del tiempo dado a los cambios que ha atravesado la humanidad influenciada por las culturas, las circunstancias y los momentos.

Para tener una idea más clara de lo que es un delito plantearemos lo dicho por Carrara (2000) quien argumenta que el delito es la infracción de la ley del Estado promulgada para proteger la seguridad ciudadana, resultante de un acto externo del hombre, positivo o negativo, moralmente imputable y políticamente dañoso, en otras palabras, es un ente jurídico y no un fenómeno social, por eso no se define como acción sino como infracción, lo que supone antijuricidad la esencia del delito y no solo su elemento. Por otro lado, según Romagnosi (1990) es la agresión al bienestar, si queda impune destruiría a la sociedad, para que no ocurra tal cosa, la sociedad y el derecho deben eliminar la impunidad.

Con estas dos definiciones se puede rescatar la esencia de los elementos del delito, que como podemos observar para ambos autores pueden variar. Los elementos que se alcanzan a observar son; la conducta, tipicidad, antijuricidad, imputabilidad, culpabilidad y punibilidad, aunque consultando varios autores proponen de cuatro a seis elementos, pero en algunas de las leyes como el Código Penal se pueden observar únicamente cuatro de los elementos y se hace mención que para que un delito se conozca como tal, debe de cumplir con cada uno de esos elementos de lo contrario se puede descartar dicho delito.

Por otro lado, derivado de las definiciones anteriores, se comprende que el delito es todo acto y toda acción que violenta la ley. Las leyes que actualmente existen nos protegen de los tipos de delitos que existen, sabiendo que los delitos se dividen en aquellos por comisión y por omisión la ley se preparó para cada uno de estos, siendo así que también se crearon los tipos de derechos que regirán los tipos de delitos que hoy en día existen.

        Concentrándonos en los tipos de delitos, nos enfocaremos en los delitos penales y administrativos, que bien podrían entrar en cualquiera de los delitos por comisión y por omisión. Los delitos penales son aquellos que se encuentran tipificados y penados por la ley de modo grave de tal manera que involucra la acción de la justicia penal con la intervención de la policía, el ministerio público, jueces y hasta la corte suprema, por otro lado, los delitos administrativos son aquellos que se consideran con una falta menor en comparación a los penales y estos afectan la armonía que se tiene en la sociedad y cuyas sanciones o castigos pueden ser desde amonestaciones, multas y arrestos de orden administrativos.

        Para tener una idea más clara de los que son los delitos penales enlistaremos algunos a continuación, con en el entendimiento de que el cometer uno de ellos puede que los haga acreedores a multas y sanciones;

  • Delitos Fiscales,
  • Delitos de Fraude,
  • Delitos de Acoso,
  • Delitos de Robo,
  • Delitos de Secuestro,
  • Delitos de Abuso de Autoridad,
  • Delitos de Abuso Sexual,
  • Delitos de Estafas,
  • Delitos de Falsificación de Documentos,
  • Delitos de Lesiones,
  • Delitos de Hurtos, y más.

Dichos delitos se pueden clasificar desde delitos graves, delitos menos graves, delitos leves y delitos de mera actividad, asimismo estos tipos de delitos de clasifican como dolosos o culposos, que por cualquier lado que los veamos entendemos que son acciones antijuridicas que dañan a las personas y al mundo.

        De igual manera, tenemos los delitos administrativos y para entenderlos mejor plantearemos unos cuantos de ellos; Son aquellos en que las personas hacen sus necesidades fisiológicas en lugares no autorizados, ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados, y arrojar, tirar, o abandonar en la vía pública animales muertos, desechos u objetos no peligrosos para la salud de las personas, que como podremos darnos cuenta son de menor impacto que los delitos penales.

De lo explicado anteriormente, tenemos que la ley encargada de penar estos comportamientos es ni más ni menos, que el Código Penal, que es un conjunto de normas jurídicas sancionadoras de los Estados. En otras palabras, el Código penal, es un Código que contiene y expresa las penas que serán aplicables a las personas que comentan uno o varios delitos. Actualmente el Código penal es de mayor poder ante las multas y sanciones que serán aplicables.

Por lo tanto, los derechos encargados de definir los delitos, las penas y las medidas de seguridad son el derecho penal y el derecho administrativo, ya que ambos son de las facultades de castigar los ilícitos por parte del estado. Así tratando de distinguir el derecho penal y el derecho administrativo, argumentamos que los dos tipos de derechos mencionados son una rama del derecho, y derivado de la definición doctrinal de derecho rescatamos que son el conjunto de normas que rigen la vida del hombre en sociedad y sus relaciones con los demás miembros de esta, y como derecho subjetivo hace alusión a las facultades concretas que el ordenamiento reconoce a los individuos dentro del marco del derecho objetivo.

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