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Procedimientos ante los tribunales de familia


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2023  •  Tareas  •  1.068 Palabras (5 Páginas)  •  77 Visitas

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Título de la tarea: Elementos requeridos para el inicio de la tramitación. Parte ll

Nombre Alumno: Yaira Londoño

Nombre Asignatura: Procedimientos ante los tribunales de familia

Instituto IACC

Ponga la fecha aquí: 06/11/2023


Desarrollo

Respuesta N.1: Conforme a la Ley 19.968 de L.T.F en el Articulo 18, se refiere a que en los procesos que se llevan a cabo en los Juzgados de Familia, las partes necesitaran comparecer patrocinadas por abogado que este habilitado para ejercer sus funciones, y también llevar la representación por persona que se encuentre legal y habilitada para actuar en el juicio, a menos que el Juez estime excepciones por fundamentos establecidos o por un proceso especial como:

-Actos no contenciosos.

-Aplicar medidas para protección.

-Procesos contravencional.

-O el proceso por violencia intrafamiliar.

Por ende, sobre estos procesos especiales las partes pueden actuar y comparecer sin la obligación de una figura importante del Sistema Judicial, ni del abogado a menos que el Juez lo estipule que lo necesite.

Ahora bien, las C.A.J pueden representar y patrocinar a las partes en el juicio, las formas en que los abogados de estas C.A.J aceptan llevar a cabo estas causas, es dictada por las reglas que establece el Ministerio de Justicia, en caso de que el apoderado o abogado patrocinante realicen una renuncia, eso no los libra de su obligación de llevar a cabo los hechos que se necesitan para evitar la indefensión de la persona a la que representan.

En caso contrario de que el abogado renuncie o abandone la defensa, el tribunal tiene el deber de destinar a un abogado de oficio de hacerse cargo, salvo que la parte se consiga un abogado, tan rápido este abogado reconozca el cargo, el que el Tribunal destino este detendrá de realizar su función.

Artículo 19 de la Ley 19.968 de L.T.F establece que en la representación de los temas de competencia de los Juzgados de Familia en que estén manifestados hechos de niñas, niños, incapaces o adolescentes, el Juez es quien llevara a cabo que estos últimos estén justamente representados, para que se lleve a cabo el Juez destina a un abogado de la C.A.J de alguna organización privada o pública que se consagre a defender, protección de derechos, en caso contrario que no cuenten con representantes legales o por asuntos establecidos, el Juez evalúa que sus intereses son contradictorios o independientes con lo aquello a lo cual ajuste su representación legal.

El Ministerio de la Ley es quien destinará a la persona que será el curador de la niña o niño, incapaz o adolescente.

 

Respuesta N.2

 A): Si procede la acumulación de causas, ya que todas las demandas iniciadas tanto por Jazmín, como por Luciano dan como consecuencia, el estado en como quedaran sus hijos en común, quiere decir, la acumulación de causas permite al Juez de Familia, poder ver cada una de las demandas y así realizar un juicio en donde una demanda no provoque controversia con otra, y su solicitud se llevará a cabo hasta el inicio de la audiencia preparatoria.

B): La finalidad de la acumulación de causas en un solo procedimiento judicial es para evitar sentencias contradictorias que producirían efectos adversos sobre una materia, la Ley dispone esta capacidad al Juez para que tenga el conocimiento de todas las causas relacionadas para realizar una actuación única.

C): La suspensión del procedimiento es una solicitud que puede ser solicitada por alguna de las partes involucradas y se le reconoce como “Suspensión del Procedimiento a Petición de Parte”, solo se puede realizar si se llevan a cabo los siguientes requisitos:

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