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Teoría general del proceso – derecho procesal


Enviado por   •  18 de Octubre de 2023  •  Ensayos  •  690 Palabras (3 Páginas)  •  70 Visitas

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UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES

DEPARTAMENTO DE DERECHO PRIVADO Y PROCESAL

TEORIA GENERAL DEL PROCESO

GUION 3

JURISDICCIÓN (continuación)

10- NATURALEZA DE LA JURISDICCIÓN

Si se enfoca a la jurisdicción como un Derecho Público y un Deber del Estado de administrar justicia, frente al Derecho Subjetivo Público del particular de que se le administre justicia, se debe de considerar a la jurisdicción como una función, por abarcar los dos aspectos (Poder  - Deber), orientación que sigue nuestra Constitución de la República, conforme a la doctrina actual, que designa a la jurisdicción no como un Poder o un Deber, sino como una facultad, concepto que incluye ambos elementos en el Art. 172 Cn.

11- MANIFESTACION DE LA JURISIDICCIÓN: ACTO JURISDICCIONAL: CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS

13- RELACIÓN Y DIFERENCIAS CON LAS OTRAS FUNCIONES DEL ESTADO

14- FUNCIONES NO JURISDICCIONALES DEL ORGÀNO JURISDICCIONAL:

  1. CONTROL CONSTITUCIONAL🡺 El Órgano Judicial es el encargado de velar por la constitucionalidad de todas las actividades que realizan los Órganos Legislativo y Ejecutivo.

SOBRE EL LEGISLATIVO: El Órgano Judicial ejerce control sobre el legislativo a través de la Inconstitucionalidad de leyes, decretos y reglamentos: ya sea a través de la declaratoria de inconstitucionalidad que lo hará por medio de la Sala de lo Constitucional; o por la inaplicabilidad de las leyes que la realizan los jueces.-

SOBRE EL EJECUTIVO: A través de la demanda de Amparo o a través del Habeas Hábeas o exhibición personal.

  1. IMPERMIUN🡺 Es aquella posibilidad de compeler mediante el uso de la fuerza colectiva del Estado, al cumplimiento de aquellos preceptos que están  establecidos en las normas jurídicas y que encuentran en la F. J. su actuación concreta.-

C) JURISDICCIÓN VOLUNTARIA🡺 Es aquella que tiene por objeto le declaración de certeza de un derecho subjetivo o de una situación jurídica, en la que no existe controversia, pero que el Derecho Material exige esa declaración de parte del Órgano Jurídico para su ejercicio o reconocimiento de ese derecho subjetivo o de esa situación jurídica.-

NATURALEZA: Es una función administrativa encomendada al Órgano Jurisdiccional, porque los sujetos titulares de éste, son los que mejor conocen el derecho; además, porque es el único órgano especializado que puede dar garantías de seguridad.

CRITICAS A LA NOMENCLATURA DE J.V.

1°) Se le critica porque se le denomina jurisdicción.

2°) No es voluntaria; porque es necesaria para que los actos o hechos surtan efectos jurídicos que se requieren

DIFERENCIAS ENTRE J. CONTENCIOSA Y LA VOLUNTARIA (DEVIS ECHANDIA)

1°) Por la posición que las partes ocupan en la relación jurídica 

VOLUNTARIA: Los interesados persiguen determinados efectos jurídicos materiales para ellos mismos.

CONTENCIOSA: Los demandantes buscan producir efectos jurídicos sustanciales obligatorios y vinculantes para determinados demandados.

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