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Leyes Jardin Maternal


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2023  •  Apuntes  •  411 Palabras (2 Páginas)  •  20 Visitas

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Integrantes:

  • Albarracín, Micaela.
  • Martínez, Zaira.
  • Medina, Antonela.

a) Ley de Educación Nacional (26.606)

La ley de Educación Nacional comprende a la educación inicial a niños y niñas desde los cuarenta y cinco días hasta los cinco años de edad abarcando los jardines maternales como parte de la organización dentro del nivel inicial en el sistema educativo. Estos niños son sujetos de derecho y participes activos dentro de un proceso de formación integral.  

Ley 1420 (art 11)

Está Ley establece la creación de "uno o más jardines de infantes en las ciudades donde fuera posible dotarlos suficientemente", quedando de esta manera en manos de las jurisdicciones la posibilidad y decisión de crearlos.

Ley Federal de educación  (24.195)

La estructura de sistema educativo del nivel inicial está constituída por el jardín de infantes para niños/as de 3 a 5 años de edad, siendo obligatorio el último año.

Las provincias y la municipalidad de la ciudad de Buenos Aires establecerán cuando sea necesario servicios de jardín maternal para niños menores a 3 años.

b) LEY 24.195

Diferencias:

En las leyes 24.195 y 26.206 podemos notar que sus objetivos son similares, pero la ley 26.206 hace hincapié en la solidaridad, respeto, cuidado y confianza en sí mismos y con los demás; promover el juego como contenido de alto valor cultural para el desarrollo; desarrollar la capacidad de expresión y comunicación; el respeto mutuo entre familia y institución escolar. En resumen está ley reconoce al nivel inicial como unidad pedagógica.

c) La universalización según la Ley de Educación Nacional es la obligación del Estado a universalizar las salas de cuatro años, si bien no es obligatorio la asistencia de los niños si es obligatorio que el Estado garantice ese servicio, donde las familias puedan contar con esta opción de escolaridad para sus hijos/as.

d) •La ley 26.206 plantea una serie de objetivos respecto a la responsabilidad pedagógica, buscando promover el aprendizaje y desarrollo de los/as niños/as de cuarenta y cinco (45) días a cinco (5) años de edad inclusive, también fomentar el juego como contenido de alto valor cultural para el desarrollo cognitivo, afectivo, ético, estético, motor y social.

Por otro lado busca atender a las desigualdades educativas de origen social y familiar para favorecer una integración plena de todos/as los/as niños/as en el sistema educativo y para finalizar, prevenir y atender necesidades especiales y dificultades de aprendizaje.

•La Ley de Educación Nacional planteaba que las personas que pueden estar a cargo de los espacios educativos, son docentes titulados, es decir, un personal docente especializado.

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