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Alavacion


Enviado por   •  15 de Abril de 2013  •  24.538 Palabras (99 Páginas)  •  397 Visitas

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Cuando avalamos a una persona y esta no cumple con los pagos nos podemos encontrar en la difícil situación de tener que pagar en lugar de la persona a la que hemos avalado.

Lo primero que hay que recordar es que los avalistas responden por los prestatarios para el caso de incumplimiento o impago del préstamo, es decir, responderán de las cuotas, demoras, gastos de demora, costas procesales, seguros, etc. Además los bancos no tienen la obligación de comunicar a los avalistas el incumplimiento de los pagos.

Ante un impago el banco o caja reclamará en primer lugar a quien ha solicitado el préstamo o crédito exigiéndole el pago de la deuda. Habitualmente se envía una carta al cliente deudor como aviso, aunque con un solo retraso del pago la entidad financiera ya podría iniciar las gestiones de cobro.

Si el titular del préstamo no paga se podría ir contra la vivienda, en el caso de una hipoteca, aunque por desgracia se suele cumplir la regla de ir a por el más fácil, es decir, que podrían reclamr la deuda a los avalistas sin necesidad de intentar siquiera reclamar la vivienda.

También hay que tener en cuenta que en el caso de que sean varios los avalistas el banco puede ir a por cualquiera de ellos, con preferencia sobre el que tenga los bienes más fácilmente embargables.

Los impagos se penalizan, tal y como consta en el contrato del préstamo. Esa multa se aplica en la mensualidad o mensualidades no abonadas a tiempo. Si el titular no abona el plazo del préstamo, el banco o caja tratará, por lo general, de localizarle por teléfono aunque no está obligado a hacerlo. No es mala idea aprovechar esta llamada para ofrecer a la entidad financiera las explicaciones pertinentes o para tratar de negociar una prórroga justificando el problema que ha ocasionado el impago.

Si el impago persiste, lo más habitual es que la caja o banco advierta al titular del crédito que acudirá a los tribunales. En estos casos, la entidad está obligada -por ley y porque así figura en el contrato del préstamo- a respetar los plazos para ejecutar el aval (normalmente tres meses, aunque depende de cada caso). Si transcurrido ese plazo el deudor no abona los atrasos, se acude al avalista.

El avalista debe pagar al banco las cantidades debidas por el titular del préstamo, así como las penalizaciones y los gastos derivados del contencioso, como los juicios. Esto no le impide convertirse en acreedor de la persona a la que avala y emprender las acciones legales necesarias para que pueda cobrar, por otros medios, las cantidades que avaló. Para ello resulta útil la contragarantía: se trata de un documento público, también firmado por un notario, por el que el titular del préstamo se compromete a abonar a su avalista la deuda que contraiga con él o ella. En caso de acudir a los tribunales, la contragarantía ahorra tiempo al avalista, que no deberá demostrar que el titular le debe dinero (lo que sí tendría que hacer de no existir este documento).

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Tags: Comisiones, Construcción, Costes, Ejecutar, Funcionamiento, hipoteca

270 Comentarios en "¿Qué pasa cuando el avalado no paga?"

Jose Manuel

2 diciembre, 2008 (#)

quisiera saber que pasa cuando no pagas un crédito y tienes todos tus bienes hipotecados

jkn

16 diciembre, 2008 (#)

ke medios jurídicos tiene un banco para cobrar el dinero que no entrega el avalista?

Sílvia

20 enero, 2009 (#)

Buenos días,

Quería saber si los avales se heredan, una vez que la persona que avala ha fallecido.Mi padre avaló a dos hermanos hace ya años, y quería saber si eso lo heredamos los hijos, o depende del tipo de aval. Gracias

andres

23 marzo, 2009 (#)

Hola, quisiera saber si hay alguna manera legal de no hacer frente a un aval que yo personalmente firme a una sociedad limitada para la ejecucion de un edificio. El aval consiste en una poliza de credito y una poliza hipotecaria. la empresa no puede hacer frente a los pagos y yo como avalador tampoco ya que mi situacion economica no es la misma que cuando firme el aval. me he quedado en paro y mis ingresos se han reducida a mas de la mitad. UN SALUDO

Manuel Angel Fernández

24 marzo, 2009 (#)

Hola Andrés.

En principio debes de hacer frente a lo que has avalado ya que me parece muy improbable que tengas una clausula en el contrato que te quite como avalista si tu situación económica cambia. Ten en cuenta que el banco irá a por quien sea más fácil de recuperar el dinero, si la empresa no tiene nada y tu si, irá a por ti como avalista. Es probable que te embarguen los ingresos que tengas ahora, con la “ventaja” de que legalmente sólo te pueden embargar el 30% de lo que exceda del salario mínimo interprofesional.

Saludos.

Manuel R.M.

30 marzo, 2009 (#)

Buenos días,

quería la siguiente consulta:

mi padre avaló a mi hermana y a mi cuñado en un prestamo que solicitaron para una empresa, hipotecando parcialmente un piso de propiedad de mis padres, tal y como están las cosas el prestamo no se está pagando y claro ahora se lo relaman a mis padres (ya jubilados), y ellos tampoco pueden hacer frente al pago de la hipoteca. Imagino que el Banco lo que quiere es el dinero y no la propiedad parcial o total del piso ¿Podéis decirme que puede pasar?

Muchas gracias.

Manuel Angel Fernández

30 marzo, 2009 (#)

Hola Manuel.

El banco claro que quiere el dinero. Lo mejor es que habléis con ellos ya que os podéis encontrar con la sorpresa de que el banco reclama el dinero y os obligue a subastar el piso para poder cobrar lo que le debéis. Intentar negociar con el banco para evitar esta situación tan desagradable, los bancos no son inmobiliarias y se intentarán deshacer

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