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CONVENIO DE COFINANCIAMIENTO PROCOMPITE 2 GRA


Enviado por   •  25 de Abril de 2018  •  Informes  •  2.037 Palabras (9 Páginas)  •  116 Visitas

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                                          CONVENIO N°________________________

                            CONVENIO DE COFINANCIAMIENTO PROCOMPITE 2 GRA

Conste por el presente documento el Convenio de cofinanciamiento de una Propuesta Productiva que celebran, de una parte, el GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, con Registro Único de Contribuyente Nro. 20498390570, con domicilio legal en Av. Unión N° 200, Urbanización César Vallejo, Distrito Paucarpata, representada por su Gobernadora Regional Abog. Yamila Johanny Osorio Delgado, identificada con Documento Nacional de Identidad Nro. 43601160, designada mediante Credencial del Jurado Nacional de Elecciones con Resolución N° 3801–2014-JNE, de fecha 29 de Diciembre del 2014, en adelante GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA; y, de la otra parte, el Agente Económico Organizado denominado Junta de Usuarios Chuquibamba, con domicilio legal en la ciudad de Chuquibamba, Provincia Condesuyos, Departamento Arequipa, debidamente representado por su Presidente, Sr. Walter Jesús Palma Fernández, identificado con Documento Nacional de Identidad Nro. 30760034, con poderes inscritos mediante Partida Registral N° 11002464, en adelante AEO BENEFICIARIO; en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

El GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, en el marco de la Ley Nro. 29337, Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva, ha aprobado un importe destinado para cofinanciar propuestas productivas. Este importe fue aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional Nro. 021-2017-GRA/CR-AREQUIPA, de fecha 21 de Marzo del 2017; aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nro. (________________________________), de fecha(_________________________________), la lista de propuestas productivas ganadoras, entre las cuales figura como ganadora la Propuesta Productiva denominada “Mecanización del  Cultivo de Pastos para el Mejoramiento de la Alimentación del Ganado  en adelante PLAN DE NEGOCIO, presentado por el AEO BENEFICIARIO.

De acuerdo al Reglamento de Ley Nro. 29337, corresponde al GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA adquirir los bienes y servicios para los Agentes Económicos Organizados, a fin de que puedan implementar sus PLANES DE NEGOCIO.

Asimismo, es compromiso del AEO BENEFICIARIO cumplir con sus aportes (dinero en efectivo y/o valorizaciones) que han sido contemplados como parte de los costos de inversión de sus PLANES DE NEGOCIO.

En ese sentido, para que se pueda ejecutar el PLAN DE NEGOCIO, se hace necesario el presente Convenio en el cual se detallan los compromisos de ambas partes para lograr los objetivos de la Ley Nro. 29337, de mejorar la competitividad y sostenibilidad de cadenas productivas, mediante el desarrollo, adaptación, mejora o transferencia de tecnología.


CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO

En atención a lo señalado en la cláusula precedente, el GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA y el AEO BENEFICIARIO convienen cofinanciar la PROPUESTA PRODUCTIVA GANADORA, bajo el siguiente esquema:

  • GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA                   S/. 130,183.20
  • AEO BENEFICIARIO                                 S/.   69,674.00
  • TOTAL                                                S/. 199,857.20

El cuadro de inversión va detallado como anexo del presente convenio.

Los bienes y servicios cofinanciados con recursos PROCOMPITE y los aportados por los AEO, son de propiedad de los AEO (Artículo Nro. 11 del Reglamento de la Ley PROCOMPITE), los cuales se transferirán definitivamente con la Resolución correspondiente, una vez que el AEO BENEFICIARIO haya demostrado la implementación cabal de la PROPUESTA PRODUCTIVA. Los bienes y servicios que son financiados por el Gobierno Regional están detallados, en el documento denominado Plan de Negocio o Propuesta Productiva, como anexo al presente convenio.

CLÁUSULA TERCERA: VIGENCIA

El presente Convenio tendrá vigencia desde la suscripción hasta el plazo de  veinticuatro meses (fecha de culminación de dos años de operación de la propuesta productiva o hasta lograr su consolidación empresarial, el que resulte menor).

CLÁUSULA CUARTA: CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN

El cronograma de ejecución del PLAN DE NEGOCIO GANADOR, es el que se detalla en la Propuesta Productiva.

CLÁUSULA QUINTA: NATURALEZA DEL CONVENIO

El convenio se realiza al amparo de la Ley Nro. 29337, Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva y su Reglamento, que de acuerdo a su Artículo Nro. 11, se especifica en el numeral 11.1 que al culminar el proceso de adquisición de bienes, se procederá en un plazo que no exceda los diez (10) días hábiles, a efectuar la entrega de los equipos, maquinarias, insumos y materiales al AEO BENEFICIARIO, debiendo para tal efecto firmarse las actas y documentos respectivos donde se establecerán las obligaciones de los beneficiarios relacionadas con el propósito y uso para el que fueron solicitadas. En el numeral 11.2, se especifica que en caso de servicios, el pago a los proveedores se efectuará conforme a la programación establecida en el plan de negocio, sin exceder el plazo establecido para la PROCOMPITE, contra emisión de los respectivos comprobantes de pago.

En ese sentido, la naturaleza del convenio es para establecer las obligaciones del AEO BENEFICIARIO para que se proceda a la entrega de los bienes y servicios que adquiera el GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA a favor de la ejecución de la PROPUESTA PRODUCTIVA GANADORA.

CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA

Por el presente convenio, el GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA se obliga a:

  • Adquirir los bienes y servicios a ser entregados al AEO BENEFICIARIO de acuerdo al PLAN DE NEGOCIO GANADOR, cuya cantidad y especificaciones técnicas se detallan en la Propuesta Productiva.
  • Está obligado a ejecutar la totalidad del cofinanciamiento aprobado para la PROPUESTA PRODUCTIVA GANADORA y supervisar la entrega de los respectivos aportes y el cumplimiento de las demás obligaciones del AEO BENEFICIARIO, de conformidad con lo establecido en el plan de negocio y convenio suscrito. No puede cerrar unilateralmente ninguna PROPUESTA PRODUCTIVA PROCOMPITE, salvo en los casos de incumplimiento de obligaciones del AEO BENEFICIARIO establecido en el presente convenio.
  • Realizar el acompañamiento y seguimiento de la operación de la PROPUESTA PRODUCTIVA GANADORA, hasta lograr su consolidación empresarial, que puede ser hasta por dos (2) años, planteando sus respectivos informes con las acciones correctivas que sean necesarias.
  • Realizar el seguimiento a la ejecución y operación de la PROPUESTA PRODUCTIVA GANADORA del AEO BENEFICIARIO, con el objetivo de determinar si los bienes y servicios destinados están cumpliendo su propósito y uso para el que fueron solicitados. Caso contrario, procederá a la recuperación de los bienes entregados en su valor real, del valor real de los servicios prestados e iniciará las acciones legales que correspondan.
  • Realizar la transferencia definitiva de la capacidad productiva adquirida a favor del AEO BENEFICIARIO, con la Resolución de Gobernación correspondiente, siempre que el AEO BENEFICIARIO haya cumplido con la implementación cabal de la PROPUESTA PRODUCTIVA GANADORA.

CLÁUSULA SÉTIMA: OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

Por el presente convenio, el AEO BENEFICIARIO se obliga a:

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