ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Concepto


Enviado por   •  26 de Mayo de 2014  •  Síntesis  •  1.040 Palabras (5 Páginas)  •  186 Visitas

Página 1 de 5

Concepto

Es un contrato mediante el cual una parte, que se denomina propietario, acuerda con otra, que se llama aparcero, la explotación en mutua colaboración de un fundo rural o de una porción de este, con el fin de repartirse entre sí los frutos o utilidades que resulten de la explotación (Ley 6ª de 1975, Decreto 2815 de 1975). El contrato de aparcería debe constar siempre por escrito, autenticarse ante el juez del respectivo municipio o, en su defecto, ante el alcalde donde está ubicado el inmueble.

En él se deben determinar los siguientes aspectos:

• Determinación de la extensión del predio o de la parcela objeto del contrato.

• Determinación de la clase de cultivo objeto del contrato.

• Determinación de la porción de tierra para uso y goce exclusivo del aparcero, con el fin de establecer cultivos de pronto rendimiento básicos para la alimentación, y

• Determinación del plazo fijo pactado, el cual no podrá ser inferior a tres años. (En los cultivos permanentes o semipermanentes el plazo comenzará a contarse a partir de la fecha en que por lo menos el 50% de las plantaciones entre en producción).

En el pago pactado con el aparcero debe indicarse en porcentaje el valor de la parcela, pastos de ganado, habitación para sí y su familia, alimentación, derechos de mantenimiento de un número de cabezas de ganado, etc.

Obligaciones de los contratantes:

Obligaciones del dueño de la tierra o propietario:

• Aportar en los plazos señalados las sumas necesarias para atender los gastos que demande la explotación, tales como: compra de semillas; siembras; renovación de plantaciones; abonos; insecticidas, fungicidas, herramientas y utensilios de labranza; beneficio y transporte de productos y contratación de mano de obra de terceros cuando sea indispensable.

Dicho suministro podrá ser en especie cuando así lo convengan los contratantes.

• Suministrar al aparcero en calidad de anticipo imputable a la parte que a esta le corresponda en el reparto de utilidades, sumas no inferiores al salario mínimo legal por cada día de trabajo en el cultivo y recolección de la cosecha.

Por mandato legal, los anticipos descritos anteriormente no constituyen contrato de trabajo entre las partes, ni podrán ser sujeto de devolución en los casos en que no se produzcan utilidades por causas no imputables al aparcero.

Obligaciones del aparcero:

• Adelantar personalmente las labores de cultivo del fundo, además de las propias de dirección, administración, conservación y manejo de las plantaciones y productos.

• Observar en la explotación las normas y prácticas sobre conservación de los recursos naturales renovables.

• Permitir al propietario la supervigilancia y periódica inspección de la parcela y de los cultivos.

Deberá solicitarse al Inspector de Trabajo, o en su defecto al Alcalde Municipal, autorización para efectos de la participación en los gastos por parte del aparcero. El Inspector o el Alcalde, previo conocimiento de causa, analizará los hechos, tendrá en cuenta aspectos como la aptitud agrológica del aparcero, las facilidades para adelantar la explotación en forma eficiente, la rentabilidad de los cultivos, las condiciones económicas de los contratantes y la extensión de la tierra. Una vez analizadas las condiciones anteriores, el Inspector o el Alcalde procederá a autorizar el monto

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.7 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com