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CÓDIGO PARA EL ESTADO DE JALISCO


Enviado por   •  19 de Mayo de 2014  •  1.325 Palabras (6 Páginas)  •  199 Visitas

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Aborto

CÓDIGO PARA EL ESTADO DE JALISCO

CAPÍTULO VIII

ABORTO

Art 227. Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.

Art 228. Se impondrán de cuatro meses a un año de prisión a la madre que, voluntariamente, procure el aborto o consienta en que otra persona la haga abortar con ese fin, si concurrieren las siguientes circunstancias:

I. Que no tenga mala fama;

II. Que haya logrado ocultar su embarazo;

III. Que éste sea fruto de una unión ilegítima; y

IV. Que el aborto se efectúe dentro de los primeros cinco meses del embarazo.

Faltando una de las circunstancias anteriores se le duplicará la pena, pero si faltaren dos o más, se podrá triplicar.

La misma sanción se impondrá al que haga abortar a una mujer a solicitud de ésta, siempre que no se trate de un abortador habitual o de persona ya condenada por aborto, pues en tal caso la sanción será de dos a cinco años de prisión.

Cuando faltare el consentimiento de la mujer, la prisión será en todo caso de tres a seis años, y, si mediare violencia física o moral, de cuatro a seis años de prisión.

Si el aborto lo causare un médico cirujano, pasante o estudiante de medicina, partera, comadrona o enfermero, además de las sanciones que le correspondan, se le suspenderá de uno a cinco años en el ejercicio de su profesión, oficio o respectiva actividad.

Art 229. No es punible el aborto culposo causado por la mujer embarazada ni cuando el embarazo sea resultado de una violación.

Tampoco lo será cuando, de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte o de un grave daño a su salud, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora.

Antecedentes

En los años cincuenta y sesenta del siglo pasado llamaba la atención encontrar diariamente apostadas a un lado de la Catedral Metropolitana de la ciudad de México, largas filas de mujeres, jóvenes todas ellas. Esperaban su turno para hablar con el sacerdote penitenciario, único facultado para otorgar el perdón a eso que las había llevado a realizar la espera: el aborto. Había para quienes era la primera vez, otras dejaban juntar varios abortos, unas lucían muy consternadas, otras muy sin cuidado. No tenía importancia si había sido un aborto inducido o uno espontáneo, todo calificaba como aborto si había ocurrido la interrupción del embarazo y había que ir a pedir la absolución. Desconozco cuál fue el destino de este sacerdote, si aún exista su función o cómo ha cambiado a partir del surgimiento de métodos anticonceptivos más eficaces, pero lo que sí sé es que, a pesar de todo, se siguen presentando casos de aborto. Y muchos.

Entonces, ¿qué es lo que hay que revisar en el caso del aborto? ¿Qué es lo que hace que se siga presentando? Se tiene noticia de que el aborto lleva practicándose miles de años y en todas las sociedades, mucho antes de que surgieran la ciencia y las religiones monoteístas. Hay menciones en el código de Hammurabi y hay métodos abortivos en las farmacopeas autóctonas de numerosos grupos humanos; Sócrates, Aristóteles e Hipócrates tenían su opinión; el feminismo actual tiene sus posturas. El aborto, sin embargo, sigue siendo uno de los temas que más controversia genera, oposiciones que parecen irreconciliables, enconadas respuestas, agresiones. No se ha podido llegar a un consenso en cuanto a definiciones y consecuencias, en cuanto a prácticas y leyes, pero insisto, lo que salta a la vista es que, a pesar de todo, los abortos siguen ocurriendo.

Detengámonos un momento en las estadísticas proporcionadas por la OMS: de los poco más de 200 millones de embarazos que ocurren anualmente en el mundo, 211 para ser más precisos,

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