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DEMANDA ALIMENTOS

FRANKPOWER13 de Diciembre de 2012

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C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO

P R E S E N T E

LIDUVINA FLORES BECERRA, mexicana, mayor de edad, soltera, dedicada a la labores del hogar, señalando como domicilio particular en la finca marcada con el número 1604 del la calle Clavel en la colonia Prados Santa Lucía en el municipio de Zapopan, Jalisco, señalando como domicilio procesal para recibir toda clase de notificaciones en la finca marcada con el número 636 de la calle Coronel Calderón, colonia Centro de esta ciudad de Guadalajara Jalisco, y nombrando como mis autorizados en los términos de los artículos 107 y 119 del Código de Procedimientos Civiles para el estado de Jalisco a la Licenciada TERESA DEL RÍO CASTAÑEDA y los CC. KARLA AZUCENA DIAZ LOPEZ, MARIA SOLEDAD DEGURA AGUILAR, JUAN MENDOZA VENTURA, ANA PATRICIA FLORES OBESO, MARIA DE LOS ANGELES ESQUIVEL RUELAS, ELEAZAR DE LA ROSA RIVERA, ALFONSO ANTONIO GUTIERREZ CAMIADE Y FRANCISCO JAVIER AREVALO GUTIEREZ indistintamente ante usted C. Juez con el debido respeto comparezco a:

E X P O N E R

Que por mi propio derecho y en representación de mi menor hijo, en la VÍA CIVIL SUMARIA, me presento a demandar al señor JORGE LIMON BAJONERO por las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

I.- Por la fijación y aseguramiento de alimentos provisionales para mi menor hijo a quien representaré en el presente juicio.

II.- Por la fijación y aseguramiento de una pensión alimenticia definitiva para mi representado.

III.-Por el pago de gastos y costas que origine el presente juicio hasta su total terminación por lo que al efecto realizo los siguientes:

H E C H O S

1.- El día 28 de agosto de 2006 el señor Jorge Limón Bajonero y yo comenzamos a vivir en unión libre estableciendo nuestro domicilio en la finca marcada con el número 1604 de la calle Clavel en el municipio de Zapopan, Jalisco. Los dos trabajábamos.

2.- Ante la insistencia por parte del demandado de tener un hijo accedí a su petición, a partir de que me embaracé el demandado se volvió muy distante conmigo y comenzó a ausentarse por periodos de quince días, debido a mi embarazo dejé de trabajar.

3.- Días antes de que naciera mi hijo el demandado se volvió a ausentar, y ante mi falta de empleo y la ausencia del demandado mi mamá cubrió los gastos del parto, por teléfono le comuniqué que nuestro hijo había nacido.

4.- Fue hasta un mes y medio de la fecha de nacimiento de nuestro hijo que el demandado me llamó para registrar a nuestro hijo y el mismo día q lo registramos lo vio por primera vez, el demandado me dijo que después me llamaría para ver de nuevo a nuestro hijo.

5.- Pasaron 3 semanas desde la última vez que vi al demandado y como no sabía nada de él llamé a su trabajo pero me lo negaron, entonces me presenté en su trabajo pero de igual manera me lo volvieron a negar.

6.- He intentado llegar a un acuerdo con el demandado respecto al hijo que procreamos, pero no se presta para hacerlo. Lo único que hace es amenazarme con quitarme a mi hijo.

7.- El C. JORGE LIMON BAJONERO actualmente vive en la finca marcada con el número 6 de la calle Francisco Villa, colonia El Diamante, en el municipio de El Salto Jalisco, y labora como encargado de la bodega en la fábrica CONAZA ubicada en la finca marcada con el número 100 de la calle Hacienda Torrecillas en Santa María Tequepexpan.

Por lo que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 432, 434, 439, 440, 442, 446 fracción I y II, 448 y 452 del Código Civil para el estado de Jalisco, regulando el procedimiento los numerales 161 fracción XIII, 618 fracción I, 621, 622, 640, 693, 694, 695, 696, 697, 698, del Código de Procedimientos

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