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DERECHO Y ATRIBUCIONES

simonpv722 de Octubre de 2012

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DERECHOS Y ATRIBUCIONES DE LOS CONCEJALES:

Deberes:

• Coordinar el proceso de toma de decisiones.

• Velar por el cumplimientos de las funciones establecida en la Ley, Decretos y Ordenanzas Municipales.

• Participar activamente mediante el aporte de experiencias, criterios y propuestas para satisfacer las necesidades de la comunidad en pro del desarrollo municipal.

• Mantener vinculación permanente con sus representados.

• Asesorar y atender las solicitudes de la comunidad e informar sistemáticamente sobre sus gestiones.

• Rendir Cuenta anual de su gestión al sector que representa.

Derechos:

• Solicitar y recibir información oportuna y confiable, en materia de competencia del Consejo.

• Proponer, acoger y rechazar propuestas presentadas al Consejo.

• Recibir asistencia técnica, que facilite el cumplimiento de los deberes y tareas que le correspondan.

ATRIBUCIONES:

Presidente:

• Velar por el cumplimiento de la misión y funciones encomendadas al CLPPP.

• Garantizar la vinculación de los plantes municipales con el estadal y nacional.

• Garantizar y estimular la participación social conforme a los establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Planificación y la Ley del Consejo Local de Planificación Pública.

• Rendir cuenta pública sobre la gestión anual de CLPP.

• Presidir, abril, prorrogar, suspender, levantar las sesiones y dirigir el debate del CLPP.

• Dirigir el CLPP.

• Garantizar el buen funcionamiento de los servicios de apoyo a la gestión del CLPP.

• Ejercer la representación del CLPP.

• Convocar y presidir las reuniones de la Comisión Coordinadora.

• Disponer lo relativo a la salvaguarda y protección del patrimonio del Consejo.

• Firmar acuerdos, resoluciones y demás comunicaciones que sean emitidos en nombre del Consejo.

• Garantizar la información sobre el registro y control de las asociaciones de las comunidades organizadas participantes ante el CLPP.

• Solicitar a los órganos del sector público y privado, cooperación para el cumplimiento de las funciones del Consejo.

• Las demás atribuciones que les señala la Ley.

Sala Técnica:

La Ley del CLPP, en el Capitulo V, Artículo 19, referido a la Sala Técnica, le asigna las siguientes atribuciones:

• Proveer la Información, integral automatizada, en la medida de lo posible con el propósito de asegurar la información sectorial codificada, necesaria par ala planificación, el control de gestión y la participación de la comunidad organizada.

• Crear y poner en funcionamiento la Unidad de Plantes y Proyectos, integrada por profesionales especializados en materia de planificación.

• Garantizar la información sobre el registro y control de las asociaciones de las comunidades organizadas participantes ante el Consejo Local de Planificación Pública.

Como otras funciones a considerar se proponen:

• Evaluar la factibilidad de los planes, programas y proyectos, bajo criterios metodológicos y la normativa contemplada en la Ley Orgánica de Planificación presentados ante el CLPP.

• Emitir criterios sobre aspectos técnicos del desarrollo municipal

• Elaborar metodología par ala formulación de planes, programas y proyectos.

• Elaborar propuestas de planes, programas y proyectos.

• Dar asistencia técnica en materia de planificación.

• Proveer información integrar automatizada.

• Las demás que le sean asignadas por el CLPP.

Comisión Coordinadora.:

• Coordinar la información para los procesos de análisis y toma de decisiones del CLPP.

• Proponer las actividades del CLPP y establecer el orden del día.

• Revisar el Plan operativo anual.

• Garantizar el normal funcionamiento de las Comisiones.

• Supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarlas.

• Las demás que le sean asignadas por el CLPP.

Comisión Permanente:

• Organizar y promover la participación ciudadana.

• Estudiar las propuestas de la comunidad y las materias conexas a ser discutidas en las sesiones del CLPP.

• Coordinar las acciones del CLPP y la interacción con la comunidad, en el área de su competencia.

Secretaría:

Ejercer las funciones que le competen como Secretaria Ejecutiva durante las sesiones del CLPP y la Comisión Coordinadora:

• Verificar el quórum al comienzo de cada sesión o solicitud de la Presidencia.

• Leer todos los documentos que le sean requeridos durante las sesiones, por el Presidente.

• Levantar las actas de las sesiones del CLPP.

• Atender a los ciudadanos que soliciten información general en función de sus necesidades de participación.

• Elaborar la agenda de los puntos a ser tratados en las sesiones del CLPP.

• Llevar control de asistencia de las sesiones del CLPP.

• Proveer a los consejeros de los documentos de identificación que los acreditan como tales.

• Llevar al día las actas de sesiones del CLPP, expedientes, documentos y demás registros necesarios.

• Expedir certificaciones de las actas, documentos en proceso o de archivo, previa aprobación del Presidente.

• Enviar las comunicaciones que le correspondan en el ejercicio de sus funciones.

• Conservar y custodiar el archivo del CLPP.

• Elaborar expedientes de los proyectos presentados.

• Ejercer guardia y custodia de los sellos del CLPP.

• Distribuir oportunamente a los consejeros la agencia de trabajo, la cuenta y el orden del día.

• Asistir logísticamente el desarrollo de las sesiones.

• Coordinar el ceremonial y los servicios de protocolo.

• Rendir cuenta a la Presidencia.

• Llevar registro de las organizaciones civiles del Municipio.

• Las demás que le sean asignadas por el CLPP y el Presidente.

INSTANCIA DE CONTROL:

La Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, Capitulo VI, de la Operatividad, Presupuesto, Control y Fiscalización Artículo 24, refiere que el CLPP, estará sometido al control y fiscalización que corresponde a la contraloría Municipal y a la Contraloría General de la República, en lo que rige la materia presupuestaría financiera, y en lo que respecta a las comunidades organizadas podrán vigilar, controlar y evaluar la ejecución del Presupuesto de Inversión Municipal, en los términos que establezca la Ley nacional que regula m la materia proponiéndose que durante el primer trimestre de cada año, el CLPP presenta a la ciudadanía, un informe detallado de las actividades realizadas, en el transcurso del año inmediatamente anterior.

GENERO EN LA PLANIFICACIÓN LOCAL

El tema de género y desarrollo ha experimentado una evolución importante en los últimos años. Los actores de la cooperación internacional, pertenecientes tanto al ámbito público como privado, han despertado progresivamente su conciencia sobre la importancia de las mujeres en el desarrollo y la necesaria aplicación del enfoque de género para conseguir que sus intervenciones sea exitosas en el sentido amplio de la palabra.

A pesar del crucial rol de las mujeres y de que en teoría hombres y mujeres participan en todos los proyectos con equidad en todos los niveles , resulta decepcionante comprobar como en la practica uno de los principales problemas detectado es la escasa participación de las mujeres, particularmente en la toma de decisiones, y ver como estas son consideradas como pasivas beneficiarias o meras ejecutantes de los proyectos de desarrollo y especialmente aquellos cuyo plan se inicia dentro de un proceso local de planificación.

Importancia de introducir el enfoque de genero en

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