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joel383 de Mayo de 2014
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Misión Sucre. U.B.V
Aldea Universitaria Benito juarez-ince
Estado, Ciudadanía y Nacionalidad
Presentado por:
MARIA ALEJANDRA CORREDOR
C.I. No. 25.625.976
AFIFE DEL CARMEN ORTIZ MARTINEZ
Presentado a:
RONALD MALDONADO
Materia:
ESTADO, CIUDADANIA Y NACIONALIDAD
Tramo III
Semestre VII
Estudios jurídicos
SAN ANTONIO, Abril de 2012.
CONTENIDO
CONTENIDO___________________________________________________________________ 2
INTRODUCCION._______________________________________________________________ 3
NACIONALIDAD Y CIUDADANIA._______________________________________________ 4
NACIONALIDAD. ______________________________________________________________4
Adquisición de la nacionalidad _____________________________________________________ 4
EL RÉGIMEN DE LA NACIONALIDAD EN VENEZUELA ____________________________ 5
La Nacionalidad Venezolana Originaria o por Nacimiento________________________________ 5
La Nacionalidad Venezolana Derivada o por Naturalización ______________________________6
EL PRINCIPIO DE LA DOBLE NACIONALIDAD____________________________________ 6
Múltiples nacionalidades__________________________________________________________ 7
Nacionalidad activa y pasiva_______________________________________________________ 7
LA PÉRDIDA Y RENUNCIA DE LA NACIONALIDAD_______________________________ 8
La pérdida de la Nacionalidad:_____________________________________________________ 8
La renuncia y recuperación de la Nacionalidad ________________________________________ 8
EL RÉGIMEN LEGAL DE LA NACIONALIDAD_____________________________________ 8
LA CIUDADANÍA______________________________________________________________ 9
LOS DERECHOS POLÍTICOS Y LOS CIUDADANOS _________________________________9
El régimen general_______________________________________________________________ 9
La igualdad entre Venezolanos por Nacimiento y Naturalización___________________________ 9
EL DERECHO DE ASILO Y LA EXTRADICIÓN ____________________________________10
CONCLUSIONES______________________________________________________________ 11
INTRODUCCION.
Para que exista un Estado no sólo es necesario un territorio con un sistema de organización política, sino por sobre todo un pueblo asentado en el mismo, compuesto por personas con derechos y obligaciones. Por tanto, como uno de los elementos fundamentales de laorganización política del Estado, está el estatuto de las personas y de los ciudadanos, a quienes corresponde el ejercicio de los derechos políticos.
Las personas, en cualquier Estado, se dividen en general en extranjeros y nacionales, es decir, en personas que no tienen vinculo jurídico esencial con el Estado y las que si lo tienen. Por ello, el artículo 45 de la Constitución de 1961 establecía que “Los extranjeros tienen los mismos deberes y derechos de los venezolanos, con las limitaciones o excepciones establecidas por esta Constitución y las leyes”. Esta norma, sin embargo, desapareció del texto constitucional y nada se establece en la constitución de 1999. No obstante, es evidente que el principio sigue rigiendo en la forma expresada, derivada del derecho fundamental a la igualdad ante la ley (art. 21) y de la regulación expresa de la nacionalidad y ciudadanía, lo que por exclusión permite construir el régimen de los extranjeros.
NACIONALIDAD Y CIUDADANIA.
NACIONALIDAD.
Nacionalidad es un concepto polisémico (Pluralidad de significados de una palabra o de cualquier signo lingüístico) de gran importancia en las ciencias sociales, en el derecho privado, en el derecho constitucional y las relaciones internacionales; que puede referirse a:
* Nacionalidad jurídica, administrativa o de pasaporte: la pertenencia de una persona a un ordenamiento jurídico concreto. Este vínculo de un individuo con un Estado genera derechos y deberes recíprocos; y para el constitucionalismo contemporáneo implica el concepto de soberanía nacional.
* Nacionalidad social, identitaria o de sentimiento: la pertenencia a un grupo social de fuerte personalidad identitaria (el carácter nacional de un pueblo), que se identifica con el concepto (también polisémico) de nación, especialmente en el contexto del nacionalismo que se impone como ideología constitutiva del estado-nación a partir del siglo XIX. La identificación de este concepto con el anterior depende de la aplicación del denominado principio de nacionalidad (identidad entre nación y Estado), que históricamente se pretendió generalizar en Europa tras la Primera Guerra Mundial (como consecuencia de los denominados 14 puntos de Wilson) y en la mayor parte del mundo tras la Segunda Guerra Mundial (procesos de descolonización); tal pretensión en ambos casos demostró ser imposible de realizar en la práctica, dada la multiplicidad de identidades y confusión entre diferentes comunidades, culturas, lenguas, religiones, territorios y fronteras.
Adquisición de la nacionalidad
Diferente son, según la legislación de cada país, las variantes pueden resumirse en tres principios jurídicos expresados en latín:
* Ius sanguinis: derecho de sangre, la nacionalidad se adquiere como consecuencia de haber nacido de unos determinados progenitores (poniendo como requisito la nacionalidad de la madre, del padre o de ambos). Toma como base los nexos familiares de raza y tradición. La nacionalidad es la de los padres, aunque el hijo haya nacido enel extranjero.
* Ius soli: derecho de suelo, la nacionalidad adquiere por el lugar de nacimiento, independientemente de la nacionalidad de los padres.
* Ius domicili: derecho de domicilio, la nacionalidad se adquiere por el lugar de domicilio, vecindad o residencia legal, poniendo como requisitos determinados plazos o criterios de arraigo (propiedad, trabajo, etc.)
EL RÉGIMEN DE LA NACIONALIDAD EN VENEZUELA
A pesar de las propuestas por modernizar; el régimen de la nacionalidad, en la Constitución 1999 no se avanzó mayormente en cuanto a la regulación del jus soli y del jus sanguinis como elementos determinantes de la nacionalidad, en relación con el régimen de la Constitución de 1961, los cuales en general, siguen teniendo una consagración de carácter absoluto.
La Nacionalidad Venezolana Originaria o por Nacimiento
En el mismo sentido que lo regulado en el artículo 35 de la Constitución de 1961, el artículo 32 de la Constitución de 1999 establece que son venezolanos por nacimiento:
1. Toda persona nacida en territorio de la República.
2. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano y madre venezolana por nacimiento.
3. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por nacimiento, siempre que establezcan su residencia en el territorio de la República o declaren su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.
4. Toda persona nacida en territorioextranjero de padre venezolano por naturalización o madre venezolana por naturalización siempre que antes de cumplir dieciocho años de edad, establezca su residencia en el territorio de la República y antes de cumplir veinticinco años de edad declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.
De esta norma, por supuesto, se deduce la permanencia del elemento del jus soli absoluto, en el sentido de que basta con nacer en el territorio nacional, así sea por accidente y sin que se establezca jamás algún vínculo con la Nación, para ser venezolano por nacimiento. No se tomaron en cuenta, por lo demás, los graves problemas migratorios que se han desarrollado en las últimas décadas, de latinoamericanos indocumentados, que están afectando el concepto mismo de nacionalidad venezolana.
Por otra parte, también pertenece el carácter absoluto del jus sanguíneo en cuanto a los hijos de padre y madre venezolanos por nacimiento nacidos en el extranjero, que son venezolanos por nacimiento, así no establezcan jamás vínculo alguno con la Nación.
La Nacionalidad Venezolana Derivada o por Naturalización
En cuanto a la regulación de la nacionalidad venezolana por naturalización, el régimen de la Constitución de 1999 sigue la orientación de las normas de la Constitución de 1961, con algunas modificaciones en cuanto a la exigencia constitucional de al menos 10 años de residencia para obtener la carta de naturaleza; en cuanto al vínculo de la naturalización derivado del matrimonio, que ahora no sólobeneficia a la extranjera casada con venezolano sino también al extranjero casado con venezolana, aún cuando con el agregado de un número de años de matrimonio para restringir las posibilidades de fraude a la Constitución; y en cuanto a las facilidades especiales para los naturales de
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