En el ámbito de la Protección Civil, una Alerta es una señal que indica que podría producirse o se ha producido un evento que determina una acción conjunta
fernando.luduvicApuntes23 de Noviembre de 2015
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PLAN OPERATIVO REGIONAL DE EMERGENCIA ACCEDER
REGION DEL MAULE
1.- ALERTA
En el ámbito de la Protección Civil, una Alerta es una señal que indica que podría producirse o se ha producido un evento que determina una acción conjunta y coordinada de recursos operativos y técnicos que sean necesarios para actuar y controlar dicho evento.
1.1.- Procedimientos para establecer una alerta
Una Alerta puede ser solicitada a la Autoridad Regional o Provincial por los organismos técnicos que forman parte del Comité de Protección Civil, a través del Director de Protección Civil y Emergencia respectivo, quién la calificará y la establecerá con la Amplitud y Cobertura necesarias. También puede ser solicitada a la Autoridad por estos Directores, de acuerdo a la evaluación que efectúen de los antecedentes que los organismos técnicos y/o operativos le proporcionen.
Sólo la Autoridad de Gobierno Interior puede calificar, establecer y declarar algún grado de Alerta, indicando siempre la Amplitud y Cobertura necesarias.
1.2.- Formato para dictar una resolución de activar y/o cancelar una alerta
Una vez que desde la Dirección Regional de ONEMI emane el Informe de Análisis Técnico de Riesgo, de acuerdo a los datos aportados por los organismos técnicos públicos y privados correspondientes, el Director Regional de ONEMI o quien lo subrogue, hará llegar de esta documentación como de otras, si las hubiere, al Asesor Jurídico de Intendencia Regional con el fin que elabore la DECLARACIÓN y/o CANCELACIÓN de una alerta.
Para estos efectos, el Departamento Jurídico de Intendencia Regional, posee los formatos digitales con los cuales confecciona dichos documentos y posteriormente, derivarlos para que sean firmados por el Intendente Regional.
1.3.- Formato para comunicar una activación y/o cancelación de alerta
Una vez establecida y/o cancelada una Alerta, esta se comunicará a la totalidad del Comité Regional de Protección Civil y Emergencia, según el Plan de Enlace del Plan Regional de Emergencia. La comunicación se efectuará utilizando preferentemente la comunicación radial, correo electrónico y telefónica (celular y/o red fija) desde la Dirección Regional de ONEMI Región del MAULE a los representantes institucionales del Comité, quienes deberán retransmitirla internamente en sus respectivos servicios y/o instituciones según sus propios planes operativos de respuesta.
1.4.- Grados de Alerta
1.4.1.- Alerta verde:
El Sistema Nacional de Protección Civil, en todos sus niveles, se mantiene permanentemente en un estado de vigilancia continua de la situación general del País, de tal manera de poder advertir con la máxima prontitud factible toda situación de riesgo que pudiera desencadenar una emergencia forestal, a fin de emitir los respectivos alertas.
Para ello se establece el siguiente procedimiento de comunicación diaria y permanente, por los medios que se indican:
Monitoreo Diario: las 24:00 hrs, por las Direcciones Regionales de ONEMI, a través del CAT, con el fin de registrar las novedades existentes, ocurrencia de eventos de las últimas 24 horas y entrega de Análisis de Riesgo generado por el CAT, Centro Nacional de Alerta Temprana de ONEMI.
1.4.1.- Alerta temprana preventiva (verde):
CONDICIONES | PROCEDIMIENTOS |
Ante una amenaza en particular y las respectivas condiciones de vulnerabilidad asociadas a esa amenaza, para actuar con la máxima oportunidad factible, en caso de derivar en un evento destructivo. | ∙ Difusión de la alerta a las autoridades al nivel que se ha declarado. ∙ Difusión a los organismos del sistema de protección civil. ∙ Difusión a la comunidad. ∙ Activación de los comités de operaciones de emergencia. ∙ Monitoreo de las zonas de vulnerabilidad. ∙ Implementación de medidas de prevención. ∙ Comunicación constante y reforzada con el organismo técnico asociado a la variable de riesgo, que permita dilucidar y tomar decisiones frente a la evolución de la amenaza versus las zonas de vulnerabilidad. ∙ Análisis de escenarios de riesgo, a partir de la detección de vulnerabilidades específicas. ∙ Diseño actualizado de catastros de recursos y de proveedores. ∙ Planificación y ejecución de obras de supresión, mitigación y preparación. ∙ Registro de observaciones visuales y/o técnicas de la amenaza. ∙ Diseño, actualización y ejercitación de Planes de Evacuación (cuando proceda). ∙ Coordinación con instancias de investigación pertenecientes al Comité Científico Técnico. |
1.4.2.- Alerta amarilla:
CONDICIONES | PROCEDIMIENTOS |
Cuando una amenaza crece en extensión y severidad, lo que lleva a suponer que no podrá ser controlada con los recursos locales habituales, debiendo alistarse los recursos necesarios para intervenir, de acuerdo a la evolución del evento destructivo | ∙ Difusión de la alerta a las autoridades, organismos del sistema de protección civil y a la comunidad. ∙ Alistamiento de los comités de operaciones de emergencia. ∙ Disposición de recursos humanos y materiales para acudir ante las emergencias que se pudiesen suscitar frente a la amenaza. ∙ Monitoreo y vigilancia reforzada de las zonas de vulnerabilidad. ∙ Habilitación de albergues en caso de ser necesario. ∙ Convocar al comité de operaciones de emergencia para evaluar los cursos y acciones frente a la amenaza. ∙ Puesta en operación de los planes de enlace y ubicación inmediata. ∙ Utilización escalonada del catastro de recursos y de proveedores. ∙ Monitoreo permanente de condiciones de vulnerabilidad. ∙ Monitoreo de la actividad del fenómeno y elaboración de pronósticos de evolución. ∙ Política comunicacional. ∙ Evaluación constante de la amenaza por Comité Científico Técnico. |
1.4.3.- Alerta roja:
CONDICIONES | PROCEDIMIENTOS |
Cuando una amenaza crece en extensión y severidad, y por tanto amenaza la vida, salud, bienes y ambiente, requiriéndose la movilización total de todos los recursos necesarios y disponibles, para la atención y control del evento destructivo. | ∙ Difusión de la alerta a las autoridades, organismos del sistema de protección civil y a la comunidad. ∙ Convocar al comité de operaciones de emergencia para evaluar los cursos y acciones frente a la amenaza. ∙ Entrega de recursos materiales frente a las personas damnificadas y afectadas. ∙ Apoyo de recursos a nivel nacional para el control de la amenaza o para reducir el riesgo ante la población, la infraestructura o el medio ambiente. ∙ Monitoreo, vigilancia y análisis reforzado de la variable de riesgo y las zonas de vulnerabilidad que afectada o pudiesen verse afectados. ∙ Evaluación de daños e impactos y necesidades. ∙ Los miembros del Comité de Operaciones de Emergencia integrados en el COE, deben centralizar la recolección de información, con el propósito de evaluar los peligros que afectan a la población y su sistema social, determinando los daños más significativos, identificando las necesidades y movilizando los recursos de respuesta. ∙ Movilización de recursos de los integrantes del Comité de Operaciones de Emergencia. ∙ Aplicación de los planes de enlace y ubicación inmediata. ∙ Aplicación de las herramientas del Sistema de Evaluación de Daños y Necesidades en Situaciones de Emergencia y Desastre, Plan DEDO$. ∙ Aplicación de procedimientos operativos en terreno: - Búsqueda y rescate de personas - Evacuación de zonas por derrumbes - Habilitación de albergues ∙ Habilitación de servicios básicos ∙ Constitución de mando conjunto en terreno ∙ Aplicación de la planificación de respuesta respectiva según Plan Específico ∙ Aplicación de Planes de Evacuación de las zonas de riesgo alto y moderado (cuando proceda). ∙ Activación de los protocolos médicos para evaluación de afectados. ∙ Evaluación de impacto ambiental. |
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