Estado De Ebriedad
alejandro790918 de Septiembre de 2014
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ESTADO DE EMBRIAGUEZ O BRIEDAD EN EL DERECHO COMPARADO
Introducción
Toda ley que sea perfecta requiere de preceptos y sanciones, es decir, que debe señalar cuál es la conducta? que la ley prescribe o prohíbe y cuáles son las medidas coercitivas que la propia ley determina en caso de incumplimiento.
Cuando el Estado expide leyes que prevén la aplicación de las sanciones más severas, estamos en presencia de las leyes penales, aparece el “poder punitivo del estado”; ya que lo que distingue a las normas penales de las demás normas, es la severidad de la sanción coercitiva del Estado para corregir ese comportamiento en contra de la ley de los individuos pertenecientes a ese mismo estado.
Recordemos que el titular del derecho penal es el Estado, en virtud de ser el único que tiene la facultad para prescribir los delitos, las penas, las medidas de seguridad y la aplicación de estas.
de allí que realizar un derecho comparado frete al comportamiento irracional e imprudente de quienes manejan en estado embriaguez hace que un tren penal se desligue para imponer severidad y efectividad a la ley , teniendo en cuentea que esta el fin último en la imposición de medidas que sean efectivas y contundentes a mencionados comportamientos humanos.
LA EMBRIAGUEZ
En México manejar en estado de ebriedad es un delito muy grave y puede terminar en la cárcel. Las leyes y reglamentos por conducir en estado de ebriedad en Ciudad Obregón son regidas por el estado de Sonora.
El Alcohol puede afectar seriamente el juicio y él como usted pueda responder, así como también la habilidad de poder manejar correctamente. El límite legal en México es de 0.80% de alcohol en la sangre.
Aquí están algunos de los efectos a los que el alcohol conlleva al ir manejando un vehículo:
• Falso sentido de confianza
• Reduce la coordinación y alenta reacciones
• Cambio en su propio juicio de velocidad, distancia y riesgo.
• Reduce la habilidad de manejo del vehículo, aunque se encuentre por debajo del límite.
• El alcohol toma su tiempo para salir de su cuerpo, usted puede no estar apto para conducir por la noche después de beber a la hora del almuerzo, o en la mañana después de haber bebido la noche anterior.
Mitos acerca de la bebida y su recuperación
Existen algunos mitos, en los cuales la gente cree pueden ayudar a reducir el porcentaje de alcohol en su sistema, entre estos están el consumir una gran cantidad de café, dormir, tomar una ducha fría, entre otros.
Pero la verdad es, que el alcohol sale de su sistema de dos maneras. 10% sale a través del aliento, transpiración (sudor), y la orina. El 90% restante se va a través de su metabolismo.
Una regla general para que el alcohol pueda salir de su cuerpo es de 1 unidad de alcohol por hora, pero usted no debe contar con la primera hora que comenzó a consumirlo, ya que toma aproximadamente 1 hora para que este sea completamente digerido y entre en el torrente sanguíneo.
Por ejemplo:
|Si en la duración de 1 hora usted consumió 6 unidades de alcohol, le va a tomar 7 horas salir de su sistema por completo. No importa cuántas técnicas use para hacer que el alcohol salga más rápido, es imposible...
Derecho de los Policías en Ciudad Obregón
La policía puede pararlo en cualquier momento, y si tienen razones para creer que usted esta bajo la influencia del alcohol ellos tienen el derecho de llevarlo a una estación de policía y checar su nivel de alcohol, ya sea a través de la orina o el aliento.
Las penas máximas por conducir en estado de ebriedad en Ciudad Obregón
Si usted está acusado de conducir en estado de ebriedad o de que trato de conducir en dicho estado por arriba del límite permitido estas son las penalizaciones:
• 7 años en prisión (9 años por muerte accidental).
• Una multa de hasta 250 días del salario mínimo.
• Suspensión de la licencia por 10 años.
Por su propia seguridad y la de otros, si va a beber mientras visita Ciudad Obregón, le recomendamos ampliamente haga uso del transporte público.
El estado de embriaguez en el distrito federal de México depende en qué situación se pretenden aplicar, ya que en algunos casos existe el estado de ebriedad legal, es decir, por mandato de la ley. (O reglamento). Así por ejemplo en el Distrito Federal. El reglamento de tránsito provee que serán sancionados con arresto a los que conduzcan en estado de ebriedad o se les detecte en alcoholímetro un grado de alcohol en aire espirado superior a .4 miligramos por cada litro de sangre. Sin embargo esto puede variar de acuerdo a la entidad federativa, y a supuesto que lo quiera usted aplicar.
Los alcoholímetros miden la concentración de alcohol en el aire espirado de los pulmones, no del estómago. La concentración de alcohol en el aire espirado es proporcional a la concentración de alcohol en la sangre; independientemente de cuántos litros de sangre tenga la persona. No obstante, cuando se habla de alcohol hay que tener en cuenta una serie de principios que explican el porqué algunas personas aprecian sus efectos con mayor intensidad que otras. Las mujeres metabolizan tres veces menos el alcohol.
DERECHO COMPARADO MEXICANO
La historia del Derecho Penal en México puede dividirse en tres grandes etapas: Precortesiana o prehispánica, Colonial y México independiente; a continuación veremos brevemente cada una de estas etapas
Etapa histórica en México
No puede hablarse de una legislación uniforme de los pueblos precortesianos “está formado por dos vocablos que son pre: que se refiere a antes de cartesiano: es referido al muy conocido Hernán Cortez. En conjunto significa antes de la llegada de Cortez.” En lo que actualmente es la república mexicana, pues predominaba un mosaico de pueblos, con diversas costumbres y leyes, entre los que pueden destacarse los mayas y Los Aztecas.
Aztecas:
Sus leyes en materia penal eran severas, desconocían la pena de prisión, por ello las penas que se imponían eran azotes, esclavitud y muerte; esta ultima pena se aplicaba ahogando al reo o privándolo de la vida a garrotazos o ahorcándolo, o quemándolo vivo, o sacrificándolo arrancándole el corazón. Algunas de sus leyes recuerdan la Ley del talión “El término Talión deriva del adjetivo latino talis-tale que significa igual o semejante. Por lo tanto dicha ley estableció el principio de proporcionalidad de la venganza, es decir que a cada agresión, se correspondería un castigo equivalente” , pero admitían la composición, o sea arreglos entre la víctima y parientes de la víctima o victimario.
Tuvieron lo que podríamos llamar un “Código Penal de Netzahualcóyotl (Rey chichimeca de Texcoco, llamado el Grande. Fomentó las obras públicas, las letras y las artes y edificó grandes templos)” que regía en Texcoco, de donde se desprende que se tenía amplia libertad para fijar las penas entre las que se encontraban principalmente las de muerte y las de esclavitud, con la confiscación, destierro, suspensión o destitución de empleo y hasta prisión de cárcel o en el propio domicilio.
Los adúlteros sorprendidos in fraganti delito eran lapidados o estrangulados; distinguieron entre delitos intencionales y culposos, castigándose con la muerte el homicidio intencional y con indemnización y esclavitud el culposo. Tenían como atenuante la embriaguez completa y como excusa absolutoria robar siendo menor de diez años y una excluyente, por estado de necesidad robar espigas de maíz por hambre.
Mayas:
Parecidas a los aztecas pero teniendo diversos delitos, como por ejemplo el abandono de hogar no estaba castigado; el adultero era entregado al ofendido quien podía perdonarlo o matarlo y en cuanto a la mujer su vergüenza e infamia se consideraban penas suficientes; el robo de cosa que no podía ser devuelta se castigaba con esclavitud.
El derecho precortesiano desapareció al establecerse la Colonia; el derecho Español desplazó al Derecho Indígena.
Etapa Colonial:
En la Nueva España representó el trasplante de las instituciones jurídicas españolas a territorio mexicano; la principal fue la “Recopilación de las Leyes de los Reinos de las Indias” de 1680 que constituyó el cuerpo principal de leyes de la Colonia. Dicha recopilación se compone de VIII libros divididos en títulos integrados por diversas leyes cada uno.
El libro I con 29 leyes se titulaba “De los pesquisidores y jueces de comisión”; los primeros estaban encargados de lo que hoy llamaríamos función investigadora del ministerio público, hasta la aprehensión del presunto responsable; los jueces de comisión eran designados por audiencias o gobernadores para casos extraordinarios y urgentes.
El libro II con 8 leyes se denominaba “De los juegos y jugadores”.
El libro III con 9 leyes se denominaba “De los casados y desposados en España e Indias, que están ausentes de sus mujeres y esposas”, materia solo incidentalmente penal, ya que podía sujetarse a prisión a los que habían de ser devueltos a la metrópoli en tanto se les embarcaba para reunirse con sus cónyuges.
El libro IV con 5 leyes se denominaba “De los vagabundos y gitanos” y disponía la expulsión de estos de la tierra.
El libro V con 29 leyes se denominaba “De los mulatos, negros, berberiscos e hijos de indios”, contiene un cruel sistema intimidatorio para estas castas: tributos al rey, prohibición de portar armas y de transitar por
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