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Juicio Mercantil


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2014  •  3.660 Palabras (15 Páginas)  •  179 Visitas

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C. JUEZ SEGUNDO CIVIL DE PARTIDO Y DE

ORALIDAD FAMILIAR DE ESTE PARTIDO JUDICIAL.

P R E S E N T E:

Exp: 174/2014 - F.

LEONARDO ZARATE ALVAREZ, mexicano, mayor de edad, señalando como domicilio procesal para recibir todo tipo de notificaciones de mi parte, el Despacho Jurídico ubicado en la calle Concepción número: 619 – A de la zona centro de esta ciudad, autorizando para que en mi nombre y representación las reciba indistintamente aun las de carácter personal, así como para recoger todo tipo de documentos relacionados con el presente asunto, igualmente para que tengan acceso al expediente a los CC. Lics: RAÚL MARTÍNEZ CARRILLO y JORGE ARTURO GALVÁN RAMÍREZ, así como a la C. P. D. María Alejandra Camargo Saldaña, otorgando desde estos momentos Mandato Judicial en favor del primero de los profesionistas antes mencionados en los términos de los artículos 2099 y 2100 del Código Civil vigente en el estado, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito, estando en tiempo y forma, sirviéndome de fundamento legal lo señalado por los artículos 336, 338 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles en vigor en esta entidad federativa, acudo ante este H. Tribunal a dar contestación a la demanda entablada en mi contra por parte de la C. Graciela Nila Rocha, permitiéndome dar contestación a la misma en los términos y puntos a que alude la aquí demandante:

AL CAPITULO DE PRESTACIONES

A.- En cuanto a la prestación señalada bajo esta letra.- Niego en forma tajante que el suscrito haya desplegado conducta u omisión alguna que encuadre en la causal de divorcio que la parte actora invoca de su parte como fundamento legal para la reclamación judicial que me exige, lo anterior porque es falso que el suscrito haya en algún momento negado y dejado de aportar ayuda económica a la aquí actora para los alimentos de mi menor hijo de nombre: Leonardo Zarate Nila, ayuda monetaria que en todo momento he brindado y que a la actora de este juicio le consta, la cual ha sido atendiendo a las posibilidades económicas del aquí demandado, invocando como argumento legal a mi favor que los alimentos deben ser otorgados de acuerdo a las posibilidades monetarias del suscrito (Art. 365 del Código Civil vigente en el Estado), además de que la obligación de brindarlos es de ambos padres (Art. 356 y 357 del Código Civil vigente en el Estado), esto es tal obligación no es únicamente del aquí demandado, sino también de la actora quien también debe de contribuir en los gastos alimenticios de mis hijos, citando además que en la audiencia de juicio que se fije en este proceso y con los medios de convicción ideales para ello, demostrare que he cumplido con tal obligación a mi cargo.

EN CUANTO AL CAPITULO DE HECHOS

1.- En cuanto a este hecho, manifiesto que resulta ser cierto, lo argumentado por la actora de este juicio, señalando que efectivamente en tal fecha contraje matrimonio civil con la aquí demandada, lo cual queda acreditado con la documental pública que la actora acompaño a su escrito inicial de demanda y que obra en los autos de este juicio, la cual hago mía por así convenir a mis intereses legales.

2.- En cuanto a este hecho, expreso que resulta ser cierto, lo señalado por la aquí actora, señalando que efectivamente de tal vinculo marital aun existente nació mi menor hijo cuyo nombre ya queda plasmado en el hecho que aquí se contesta y que queda acreditado con la documental pública que la actora acompaño a su escrito inicial de demanda y que obra en los autos de este juicio, la cual hago mía por así convenir a mis intereses legales.

3.- En cuanto a este hecho, menciono que resulta ser cierto, lo indicado por la aquí actora, señalando que ciertamente el domicilio que cita la misma es en el cual vivíamos como pareja en compañía de nuestro menor hijo, haciendo la aclaración que dicho inmueble resulta ser el domicilio familiar de mis padres, los CC. J. Arturo Zarate Rodríguez y Catalina Álvarez León, esto es las partes de este juicio vivimos siempre en el mismo con la calidad de arrimados

4.- En cuanto a este hecho, lo niego completamente pues es del todo falso que la actora de este juicio haya abandonado el domicilio en que vivía con el suscrito en la fecha que cita, negando además que el de la voz haya agredido de forma reiterada tanto física y verbalmente a la aquí actora, siendo una total mentira el que haya inclusive destruido su ropa, así como haberla hostigado en su lugar de trabajo, inclusive haberla violentado física y verbalmente en el mismo, citando que la actora es omisa en precisar circunstancias de tiempo, modo y lugar en que según su unilateral manifestación acontecieron los hechos que me imputa, siendo vaga, imprecisa y poco clara la narrativa que hace de tal imputación hecha a mi cargo, reconociendo únicamente que a la fecha, la parte actora y el aquí demandado no vivimos juntos en el domicilio citado por esta en el hecho 03 de su demanda inicial, separación que se dio debido a las diferencias irreconciliable que había entre ambos, las cuales hacían difícil nuestra vida marital, reseñando que efectivamente la parte actora a la fecha vive en la dirección que refiere en el hecho que aquí se contesta.

05.- En cuanto a este hecho, lo niego en forma total, pues es del todo falso el que el aquí demandado, no esté cumpliendo con mi obligación de aportar ayuda económica a esta para los gastos alimenticios de mi menor hijo procreado con ella, pues en todo momento, he brindado ayuda ininterrumpida para sufragar los gastos de mi descendiente procreado con la misma, aludiendo que en relación a mi menor hijo, siempre he aportado ayuda económica a esta para sus gastos alimenticios, tal como lo acredito con los __ recibos que acompaño de mi parte a esta demanda (anexo 01) a fin de acreditar plenamente el apoyo que semanalmente, he brindado a la misma para los alimentos de mi menor hijo, precisando que cada semana aporto a esta, la suma de: $ 300.00 trescientos pesos, entregando dicha suma personalmente a la misma, ante lo cual es falso lo argumentado por esta en el sentido de que no apoyo a la misma para tal erogación, señalando que en lo que se refiere a sus gastos alimenticios, la misma reconoce y acepta que actualmente tiene un trabajo del cual percibe un ingreso monetario que le permite sufragar sus gastos personales.

Así mismo y en relación a este hecho, niego en total forma que el suscrito haya procreado más de 01 un hijo con la aquí actora pues en el hecho que aquí se contesta, la promovente de este juicio hace alusión en dos ocasiones a “sus menores hijos” cuando esto es falso pues el de la voz únicamente engendro con la aquí actora, 01 hijo menor de edad de nombre: Leonardo Zarate Lina.

En relación a los anexos indicados bajo los números 03 y 04 que se citan en el segundo párrafo del hecho que aquí se contesta, reconozco la validez de los mismos, documentos que hago míos por así convenir a mis intereses.

6.- En cuanto a este hecho, reconozco únicamente que a la fecha, el aquí demandado convivo con mi menor hijo en las horas que indica la parte actora, horario que de manera unilateral y sin motivo alguno me impuso la aquí demandada, esto sin tomar en cuenta mi opinión, siendo este uno de los conflictos que he tenido con ella, pues no obstante los múltiples requerimientos que de manera personal, le he solicitado a fin de que me permita convivir más tiempo con mi menor hijo, la misma se niega injustificadamente a ello, lo antepuesto no obstante que el aquí reo tengo la intención y voluntad de ello, contando además con la capacidad física y mental para ello, además de mi voluntad manifiesta de estar el mayor tiempo posible con mi hijo a fin de estar al pendiente de su desarrollo, lo cual no ha sido posible debido a la negativa de la actora a permitir estar más tiempo con mi menor hijo.

Al par y en relación a la manifestación que hace la actora de que no me exige pensión alimenticia por que el de la voz no tengo un trabajo, ni bienes para cubrir las necesidades de mis hijos, quiero mencionar en primer término que esto resulta ser falos pues el de la voz si tengo un trabajo que me permite obtener un ingreso y de este aporto una parte a los gastos de mi menor hijo y el resto de tal salario, lo utilizo para sufragar gastos personales de sobrevivencia, en segundo término quiere resaltar la contradicción en que incurre la actora en su escrito de demanda pues en el hecho 05 de la misma, menciona expresamente que el aquí demandado tengo la capacidad económica para aportar ayuda económica para los gastos de mi menor hijo y en este hecho refiere que el suscrito no trabajo, ni tengo bienes para cubrir las necesidades de mi descendiente, lo cual es totalmente contrapuesto.

Igualmente y en cuanto a la última parte del parra hecho que aquí se refuta, he de mencionar que es falso totalmente que el domicilio CONYUGAL en que viví con la actora, sea de su propiedad y que este haya sido adquirido a través de un crédito, del cual inclusive dice que arrenda y lo percibe de ello, lo utilice para los gastos alimenticios de mi menor hijo, pues tal inmueble es de la legal pertenencia de mis padres (J. Arturo Zarate Rodríguez y Catalina Álvarez León), tal como lo acredito con la copia certificada de la Escritura Publica número: _______ (anexo 02).

Así mismo quiero manifestar que existe la voluntad del aquí demandado de disolver el vínculo matrimonial que a la fecha me une a la aquí demandada, sin que tal manifestación sea con el fin de reconocer la procedencia de las causal invocada como causa de divorcio en este juicio, ni de aceptar los hechos que falsamente se me imputan, pues tal intención expresada de mi parte es con el ánimo de dar por concluido mi matrimonio celebrado con la aquí actora, petición aquí aludida que ruego se ponga a consideración de la actora de este juicio en la fase previa de conciliación que desde estos momentos solicito se decrete en este juicio (art. 784 del código de procedimientos civiles vigente en estado).

EN CUANTO A LAS PRUEBAS

En este punto únicamente he de manifestar que en la audiencia preliminar su señoría se pronunciara sobre la admisión de tales medios de convicción ofertados por la parte actora.

EN CUANTO AL CAPITULO DE DERECHO

En cuanto al derecho, a que alude la demandada principal en su escrito de demanda, manifiesto que a su Señoría corresponde determinara la aplicabilidad o no de tales preceptos legales.

EXCEPCIONES Y DEFENSAS:

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 338 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, opongo como excepciones y defensas de mi parte, las siguientes:

1.- LA FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA DEL REO.- Esto derivado de que el que suscribe no incurre en los supuestos legales que indebidamente invoca la actora en su infundada demanda, en razón a lo argumentado en la presente contestación de demanda.

2.- LA DEFENSA GENÉRICA SINE ACTIONE AGIS.- Para el efecto de arrojarle la carga de la prueba a la parte actora, misma que ya tiene como imperativo el artículo 84 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.

3.- LA DEFENSA QUE SE DERIVA de lo dispuesto por el artículo 357 del Código Civil vigente en el Estado.- Al estipular que LOS PADRES están obligados a dar alimentos a los hijos.

4.- LA DEFENSA QUE SE DERIVA de lo dispuesto por el artículo 365 del Código Civil vigente en el Estado.- Al estipular que los alimentos han de ser proporcionados a las posibilidades del que debe de darlos y a la necesidad del que deba recibirlos.

5.- Opongo como excepciones y defensas a mi favor todas aquellas que se desprendan implícitamente de la presente contestación y que resulten aplicables y favorables a mis intereses.

OFRECIMIENTO DE PAGO

Con el objetivo de seguir dando cumplimiento a mi obligación legal y moral que tengo para con mi menor hijo procreado con la aquí actora y con la finalidad de que quede constancia fehaciente de mi intención y voluntad de seguir aportando apoyo económico para los alimentos de este, de una forma voluntaria y en acorde a mis posibilidades monetarias (esto porque tengo otros gastos personales y de subsistencia que cubrir), es que me permito ofrecer la cantidad de: $ 1. 200, 00 (Mil Doscientos Pesos 00/100 M. N.) por concepto de pago de la pensión alimenticia ($ 300.00 trescientos pesos por semana) mensual (correspondiente al mes de Julio de esta anualidad), señalando que tal ofrecimiento se hace por tal suma de dinero atendiendo a que resulta ser la cantidad que el suscrito puedo aportar para los gastos de mi menor hijo, pues el de la voz tengo también que cubrir mis necesidades alimenticias, así como de sobrevivencia personal, esto además de que tal cantidad era la que otorgaba a la aquí actora, para lo que solicito por este medio a su Señoría se sirva expedir el certificado de depósito correspondiente a efecto de realizar dicho deposito.

Con fundamento legal en el artículo 824 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, ofrezco como PRUEBAS de mi parte, las siguientes:

I.- DOCUMENTAL PLICA y PRIVADA.- Consistente en los documentos a que hago referencia en la presente contestación cuyos datos ya han sido precisados en líneas que anteceden.

II.- LA TESTIMONIAL, a cargo de los CC. Juan Arturo Zarate Álvarez y María Adriana Nava Ramírez, testigos que presentare en la fecha que este H. Tribunal tenga a bien señalar para el desahogo de la audiencia de Juicio.

III.- LA CONFESIONAL, por posiciones a cargo de la C. GRACIELA NILA ROCHA, quien en su momento deberá de comparecer en forma personalísima y no por conducto de apoderado legal o mandatario judicial alguno, a responder (absolver) las posiciones que en la audiencia de Juicio le sean formuladas a la misma.

Así mismo, siendo el momento procesal oportuno y con fundamento legal en él artículo 342 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, interpongo RECONVENCION en contra de la C. GRACIELA NILA ROCHA quien tiene como domicilio procesal para recibir notificaciones el ubicado en Blvd Josefa Ortiz de Domínguez numero: 427, local 03 de la zona centro de esta ciudad, persona de la cual demando en la VIA ORDINARIA CIVIL el cumplimiento de la siguiente Prestación:

A.- La CONVIVENCIA con mi menor hijo de nombre: LEONARDO ZARATE LINA, en el siguiente horario:

Los días Viernes de cada semana a partir de las 12:00 P.M. al domingo a las 12:00 P. M. de cada semana, pasando a recoger a dicho menor al preescolar “Estefanía Castañeda” y entregarlo en el domicilio actual de la aquí demandada (calle Octubre numero: 808 de la colonia Purísima Concepción de esta ciudad).

Lo anterior con fundamento en los hechos y consideraciones de derecho que a continuación se narran:

H E C H O S

a.- Que tal como ya quedó demostrado con el acta de matrimonio aportada a este ajuicio por la parte actora, el de la voz y la misma actualmente nos encontramos casado civilmente.

b.- Igualmente de dicho vínculo marital, las partes de este juicio, procreamos 01 un hijo a la fecha menor de edad mismo que lleva por nombre: Leonardo Zarate Lina, lo anterior quedó demostrado con el acta de nacimiento aportada a este ajuicio por la parte actora de este proceso.

c.- En este orden de ideas, quiero citar que desde la fecha en que mi menor hijo procreado con la actora principal estaba en gestación y luego de nacido este y hasta la presente fecha, el de la voz siempre he apoyados económicamente a la actora original de este juicio con los gastos alimenticios de mi menor hijo, esto de acuerdo a mis posibilidades monetarias, (tal como quedara acreditado en este juicio), citando además que el aquí promovente he estado al pendiente de cubrir las necesidades fiscas y afectivas que el mismo requiere.

d.- Es el caso que la aquí demandada: GRACIELA NILA ROCHA, actualmente me permite convivir con mi menor hijo únicamente cada 15 días en un horario comprendido de las 12:00 P. M. del día Viernes al día Domingo de dicha semana, horario que de manera unilateral y sin motivo alguno fue impuesto por la aquí demandada reconvencional, lo antepuesto sin tomar en cuenta mi opinión, señalando que el aquí promovente en múltiples requerimientos personales que he hecho a la misma, le he solicitado a fin de que me permita convivir más tiempo con mi menor hijo, la misma se niega injustificadamente a ello, lo antepuesto no obstante que el aquí reo tengo la intención y voluntad de ello, contando además con la capacidad física para ello, para lo cual agrego a esta demanda 01 certificado médico en el cual se hace constar cual resulta ser mi estado de salud actual, (anexo 03) además de 02 dos cartas de recomendación expedidas a mi favor en las que se hace constar cual es la opinión que tiene de mi persona quienes las expide (anexos 04 y 05), señalando que es mi voluntad manifiesta el estar el mayor tiempo posible con mi hijo menor de edad a fin de estar al pendiente de su desarrollo, lo cual no ha sido posible debido a la negativa de la actora a permitir estar más tiempo con mi menor hijo, refiriendo que el aquí actor reconvencional no tengo vicio alguno que pudiese poner en peligro la integridad de mi hijo cuando conviva con este, comprometiéndome a hacerme responsable de su integridad física y mental cuando el mismo conviva con el aquí promovente.

e.- Es el caso que el aumento en los horarios de convivencia que reclamo de la aquí demandada para con mi menor hijo resulta ser un derecho tanto de este último como del que suscribe de convivir de manera continua y permanente con el mismo en virtud de que dicha convivencia es indispensable y favorable para el desarrollo de dicho menor, pues considero que la circunstancia de que el suscrito tenga mayor convivencia con el lejos de afectarlos los beneficia y ayudaría a lograr un adecuado desarrollo emocional, así mismo quiero mencionar que las cuestiones de carácter familiar no pueden dejarse a voluntad de las partes o de una de ellas por ser esta del orden público, apoyándome en lo señalado en el artículo 24 de la ley para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes refiere que se tendrá como prioritaria la necesidad de que niñas, niños y adolescentes, cuyos padres estén separados, tengan derecho a convivir o mantener relaciones personales y trato directo con ambos, salvo que de conformidad con la ley, la autoridad determine que ello es contrario al interés superior del niño.

f.- Razón jurídica suficiente por la cual demando de la reo la prestación a que aludo en líneas que anteceden, misma a que tengo derecho reclamar en atención a lo argumentado y que se encuentra en apego a la norma legal.

Por último y por así convenir a los interés de mi menor hijo procreado con la aquí reo, es que en este proceso legal me apego a la suplencia de la queja por defecto, omisión o error esta pudiere tener, ello igualmente en beneficio de su interés superior.

Situación que se ve robustecida con los siguientes criterios jurisprudenciales, mismos que cuenta con los siguientes datos de identificación.

Tesis: 1a./J. 191/2005, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Publicada en el Tomo XXIII, de Mayo del año 2006 (página 167) del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época que indica: MENORES DE EDAD O INCAPACES. PROCEDE LA SUPLENCIA DE LA QUEJA, EN TODA SU AMPLITUD, SIN QUE OBSTE LA NATURALEZA DE LOS DERECHOS CUESTIONADOS NI EL CARÁCTER DEL PROMOVENTE.

Tesis sustentada por el Quinto Tribunal Colegiado en materia civil del Primer Circuito, Publicada en el Tomo XXXII, de Agosto del año 2010 (página 2299) del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época que indica: INTERES SUPERIOR DEL MENOR. ALCANCES DE ESTE PRINCIPIO.

Tesis sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Publicada en el Tomo XXXIII, de Febrero del año 2011 (página 616) del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época que indica: INTERES SUPERIOR DEL NIÑO. FUNCION EN EL AMBITO JURISDICCIONAL.

Por lo anteriormente expuesto, motivado y fundado a Usted C. Juez de los Autos, atentamente solicito:

Primero: Se me tenga por dando contestación a la demanda entablada en mí contra, lo anterior para los efectos legales a que haya lugar con ello.

Segundo: Se me tenga por interponiendo reconvención en contra de la parte actora original, lo anterior para los efectos legales correspondientes.

PROTESTO LO NECESARIO

San Francisco del Rincón, Guanajuato, a la fecha de su presentación.

LEONARDO ZARATE ALVAREZ.

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